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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (18/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 18 de octubre de 2018 El Peruano / VISTO: El O fi cio Nº 1236-2018-GG-PJ cursado por el Gerente General (e) del Poder Judicial, remitiendo propuesta de creación de Juzgado de Paz. CONSIDERANDO:Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, en mérito al informe elaborado por la O fi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la mencionada Corte Superior; y a la solicitud del Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado San Juan de Tahuaco, Distrito y Provincia de Yunguyo, Región Puno, propone la creación de un juzgado de paz en la referida localidad. Segundo. Que, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz solicitado. Tercero. Que conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Cuarto. Que este Poder del Estado tiene dentro de sus objetivos principales eliminar las barreras que impidan acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país; así como brindar un servicio de justicia en forma oportuna y efi caz. Por lo que, encontrándose acreditado que la población de las referidas localidades requiere de un órgano jurisdiccional que reduzca las barreras de acceso a la justicia (económica, geográ fi ca, lingüística y cultural), permitiendo que los justiciables tengan una adecuada y accesible administración de justicia acorde a sus necesidades, que se enmarca dentro de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, a las cuales se adhirió el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 266-2010-CE-PJ, del 23 de octubre de 2010, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo que permita a dichas personas el acceso a los servicios del sistema judicial, y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones; resulta procedente las peticiones formuladas. En consecuencia, La Presidencia del Conejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el informe de la señora Consejera Janet Tello Gilardi; con cargo a dar cuenta al Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Crear en el Distrito Judicial de Puno el Juzgado de Paz del Centro Poblado San Juan de Tahuaco, con competencia territorial en los Sectores Capilla Circa (sede), Tahuaco, Pinazo, Machacmarca, Chicanima Alyo, Chicanima Bajo, Sanquira Nueva Bellavista y Wilamaya, Distrito y Provincia de Yunguyo, Región Puno. Artículo Segundo.- Los límites geográficos de los órganos jurisdiccionales materia de creación, son los que están descritos en el informe del Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno, O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes.Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1703045-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 173-2018-P-CE-PJ Lima, 10 de octubre de 2018VISTO:El Ofi cio Nº 1209-2018-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, remitiendo propuesta de creación de Juzgado de Paz. CONSIDERANDO:Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, en mérito al informe elaborado por la O fi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la mencionada Corte Superior; y a la solicitud del Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado Velasco Pucapampa, Distrito de Ccochaccasa, Provincia de Angaráes, Región Huancavelica, propone la creación de un juzgado de paz en la referida localidad. Segundo. Que, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz solicitado. Tercero. Que conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Cuarto. Que este Poder del Estado tiene dentro de sus objetivos principales eliminar las barreras que impidan acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país; así como brindar un servicio de justicia en forma oportuna y e fi caz. Por lo que, encontrándose acreditado que la población de las referidas localidades requiere de un órgano jurisdiccional que reduzca las barreras de acceso a la justicia (económica, geográ fi ca, lingüística y cultural), permitiendo que los justiciables tengan una adecuada y accesible administración de justicia acorde a sus necesidades, que se enmarca dentro de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, a las cuales se adhirió el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 266-2010-CE-PJ, del 23 de octubre de 2010, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo que permita a dichas personas el acceso a los servicios del sistema judicial, y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones; resulta procedente las peticiones formuladas. En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el informe de la señora Consejera Janet Tello Gilardi; con cargo a dar cuenta al Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. SE RESUELVE : Artículo Primero.- Crear en el Distrito Judicial de Huancavelica el Juzgado de Paz del Centro Poblado Velasco Pucapampa, con competencia territorial en los Centros Poblados Velasco Pucapampa (sede), Unión Nuevo Progreso, Tablapampa y Chumilla, .Distrito de Ccochaccasa, Provincia de Angaráes, Región Huancavelica. Artículo Segundo.- Los límites geográ fi cos de los órganos jurisdiccionales materia de creación, son los