Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2018 (15/09/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

38

NORMAS LEGALES

Sábado 15 de setiembre de 2018 /

El Peruano

Callao, de las funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Gerente Zonal Lima Callao; Que, a fin de garantizar la efectiva continuidad de las actividades del SENCICO, para el cumplimiento de sus fines, así como para el óptimo desempeño de las funciones y responsabilidades del cargo de confianza, de Gerente Zonal Lima Callao, resulta procedente efectuar la acción administrativa del encargo del citado puesto, el mismo que recaerá en el Ing. Darwin José Emilio Aquino Cavero, Supervisor de Gerencias Zonales; hasta que se designe al titular; sin perjuicio de continuar ejerciendo las funciones de su cargo de origen; De conformidad con lo establecido en la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO, Decreto Legislativo Nº 147, literal j) del artículo 33º de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA y Acuerdo Nº 1197.02, adoptado por el Consejo Directivo Nacional, en su Sesión Ordinaria N° 1197, de fecha 17 de julio de 2018; Con el visto del Jefe del Departamento de Recursos Humanos, del Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas, del Asesor Legal y de la Gerenta General ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluido, a partir del 15 de setiembre de 2018, el encargo efectuado a la Arquitecta Hella Mirtha Ruíz Sánchez, Coordinadora Académica, Categoría J3, de la Gerencia Zonal Lima Callao, de las funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Gerente Zonal Lima Callao, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO. Artículo 2°.- Encargar, a partir del 15 de setiembre de 2018, al Ing. Darwin José Emilio Aquino Cavero, Supervisor de Gerencias Zonales, las funciones y responsabilidades, del cargo de confianza, Categoría D2, de Gerente Zonal Lima Callao; hasta que se designe al titular; sin perjuicio de continuar ejerciendo las funciones de su cargo de origen, Artículo 3°.- La Arquitecta Hella Mirtha Ruíz Sánchez; está obligada a efectuar entrega de cargo mediante Acta de Entrega-Recepción del acervo documentario y los bienes patrimoniales a su cargo como Gerenta Zonal Lima Callao; al Ing. Darwin José Emilio Aquino Cavero; dentro del marco de lo dispuesto por el artículo 23º del Reglamento Interno de Servidores Civiles del SENCICO y de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva "Entrega de Cargo DI/PE/OAF/N° 003-2016", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 061-2016-02.00, del 6 de junio de 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL LUIS ESTRADA MENDOZA Presidente Ejecutivo 1691846-3

Visto, el Informe Técnico Nº 177-2018-SERVIR/ GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, con Decreto Legislativo N° 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la atribución normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, concordada con la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014PCM, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 137-2015-SERVIR/PE, establece que la Presidencia Ejecutiva de SERVIR emitirá una Resolución de "Inicio del Proceso de Implementación" cuando se cumplan dos condiciones: que la entidad interesada haya planteado su respectiva solicitud; y que la entidad solicitante demuestre un nivel de avance significativo en el cumplimiento de las fases previstas en los Lineamientos para el Tránsito de una entidad pública al Régimen del Servicio Civil; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, establece que para determinar el inicio de la implementación del proceso de tránsito al Régimen del Servicio Civil, se requerirá un informe favorable de SERVIR, recomendando las entidades que iniciarán la implementación; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Directiva Nº 003-2015-SERVIR/GPGSC, Directiva de "Inicio del Proceso de Implementación del Nuevo Régimen de Servicio Civil", se entiende que una entidad ha alcanzado un avance significativo cuando ha realizado; el mapeo de puestos, el mapeo de procesos y ha elaborado un informe que contenga el listado de las mejoras identificadas, el listado de las mejoras priorizadas y otras mejoras según los lineamientos generales que disponga SERVIR; documentos que deben ser remitidos a SERVIR para su revisión y no objeción, previa aprobación de la Comisión de Tránsito de la Entidad y contar con el aval del Titular de la Entidad; Que, la Biblioteca Nacional del Perú - BNP, ha presentado a SERVIR el informe de Mapeo de Puestos, el informe de Mapeo de Procesos y el informe de Plan de Mejoras que contiene el listado de las mejoras identificadas y el listado de las mejoras priorizadas, con la finalidad de obtener la Resolución de "Inicio de Proceso de Implementación"; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, órgano encargado de la implementación y supervisión de las políticas y normas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, informa que la Biblioteca Nacional del Perú ­ BNP ha cumplido con lo establecido en los artículos 2, 3 y 4 de la Directiva Nº 003-2015-SERVIR/ GPGSC, por lo que procede emitir la correspondiente Resolución de "Inicio de Proceso de Implementación"; Con el visto de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declárese iniciado el Proceso de Implementación del Nuevo Régimen del Servicio Civil en la Biblioteca Nacional del Perú ­ BNP.

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Declaran iniciado el Proceso de Implementación del Nuevo Régimen del Servicio Civil en la Biblioteca Nacional del Perú
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 186-2018-SERVIR/PE Lima, 13 de setiembre de 2018

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.