Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2019 (19/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Jueves 19 de diciembre de 2019
NTP-ISO 14044/COR 1:2013

NORMAS LEGALES

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GESTIÓN AMBIENTAL. Análisis del ciclo de vida. Requisitos y directrices. 1ª Edición GUÍAS DE TURISMO. Terminología general y especializada. 1ª Edición TURISMO. Seguridad en turismo de aventura. 1a Edición TECNOLOGÍA PECUARIA. Buenas prácticas de esquila y manejo del vellón de la fibra de alpaca. 2ª Edición

NTP 500.003:2008

NTP 500.009:2011 (revisada el 2016)

NTP 231.370:2014

Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO Directora Dirección de Normalización 1837831-1

Oficializan la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020-2022 del Instituto del Mar del Perú
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA Nº 272 -2019-IMARPE/DEC Callao, 16 de diciembre de 2019 VISTOS: El Memorándum Nº 601-2019-IMARPE/OGPP de fecha 11 de diciembre de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 538-2019-IMARPE/OGAJ de fecha 13 de diciembre de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Acuerdo Nº 091-2019-CD/O adoptado en la Duodécima Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del IMARPE, celebrada el 16 de diciembre de 2019; CONSIDERANDO: Que, el acápite ii) del numeral 7.2 del artículo 7 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que el Titular de la Entidad es responsable de lograr que los objetivos y las metas establecidos en el Plan Operativo Institucional y Presupuesto Institucional se reflejen en las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo; Que, de conformidad con el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) y el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN); Que, el numeral 71.3 del artículo 71º de la norma citada, establece que los Planes Operativos Institucionales reflejan las metas presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las metas presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, en la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", donde se estable los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional ­ PEDN, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua. Que mediante Resolución Ministerial Nº 354-2017PRODUCE, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial

Multianual (PESEM) 2017-2021 del Sector Producción, el cual constituye el instrumento de planeamiento estratégico de mediano plazo, que contiene el marco estratégico sectorial, objetivos estratégicos, acciones estratégicas priorizadas, con sus respectivas metas e indicadores; Que, en el artículo 3º de la referida resolución se señala que el Ministerio de la Producción y sus organismos públicos adscritos efectúen la elaboración y/o adecuación de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales y Planes Operativos Institucionales al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 ­ 2021 del Sector Producción; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0053- 2018/CEPLAN/PCD, aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno. Asimismo, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo No 00016- 2019/ CEPLAN/PCD, del 26 de marzo de 2019, modifican la Guía para el Planeamiento Institucional. Que, mediante Memorándum Nº 601-2019-IMARPE/ OGPP de fecha 11 de diciembre de 2019, la Oficina General de Planeamiento y presupuesto alcanza a la Secretaria General el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020-2022 del Imarpe, señala que ha sido formulado y revisado considerando los Objetivos Estratégicos del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) y los Objetivos Estratégicos Institucionales del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 -2022. Asimismo, señala que su formulación ha sido de forma consensuada con las Unidades Orgánicas y Áreas Funcionales de la entidad, en donde las Acciones Estratégicas del PEI se desagregan en actividades vinculadas con el sistema de Presupuesto Público y orientadas al desarrollo de tareas para cumplir con las metas establecidas para los próximos tres años; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 538-2019-IMARPE/OGAJ de fecha 13 de diciembre de 2019, opina que resulta jurídicamente viable aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020-2022, en cumplimiento con lo establecido en los numerales 71.1 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 3042012-EF y la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional"; Que, el Consejo Directivo del IMARPE, en su Duodécima Sesión Ordinaria celebrada el 16 de diciembre de 2019, mediante Acuerdo Nº 091-2019-CD/O, aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020-2022 del Instituto del Mar del Perú; Que, el literal o) del artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE aprobado por Resolución Ministerial Nº 345-2012- PRODUCE señala que sus funciones de la Dirección Ejecutiva Científica expedir resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos, de las funciones delegadas por el Consejo Directivo y de otros dispositivos que por normas legal se establezcan; Que, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del IMARPE, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 3042012-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico del Desarrollo Nacional", Resolución Ministerial Nº 354-2017-PRODUCE, Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2021 del Sector Producción; Con la visación de la Secretaría General, de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020-2022 del

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