Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2019 (19/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 19 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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AGRO RURAL, quien ejerció dicho cargo en adición a sus funciones contractuales, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Abogado OSWALDO MANUEL GONZALES SOTO como Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL en el marco de lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modificatorias, quien ejercerá dicho cargo en adición a sus funciones de Asesor de la Dirección Ejecutiva. Artículo 3.- DISPONER la notificación de la presente Resolución a los servidores mencionados en los artículos precedentes, a la Oficina de Administración y al Órgano de Control Institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL para su conocimiento y fines correspondientes. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publiquese. JODIE O. LUDEÑA DELGADO Directora Ejecutiva Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1838499-1

DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar del Ejército del Perú a Colombia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1927-2019 DE/EP Jesús María, 17 de diciembre de 2019 VISTOS: La Hoja Informativa N° 215/DRIE/SECC RESOL del 05 de diciembre de 2019, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 3079-2019/OAJE/L-1, del 05 de diciembre de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, debido a la realización de los juegos Panamericanos en Lima durante el presente año, el Servicio de Veterinaria y Remonta del Ejército, recibirá una moderna Clínica Veterinaria equipada con tecnología de última generación para la atención medica quirúrgica de equinos, por lo que resulta necesario capacitar al personal de Oficiales médicos veterinarios en el manejo de estos equipos, mediante cursos de especialización para el tratamiento de équidos; Que, mediante Carta de presentación del 05 de setiembre de 2019, la empresa de Servicios y Inversiones Fenix MJ E.I.R.L., ofrece al Ejército del Perú, la Estancia Médico Veterinario en Animales Grandes (Équidos), por el espacio de cinco (05) meses, que inicia el 20 de diciembre de 2019 y termina el 20 de mayo de 2020; en el Centro Hospitalario EQUIMEDIC, ubicado en la ciudad de Tunja, Villa de Leiva Boyacá, Bogotá, República de Colombia; el costo por persona para dicha estancia es de S/. 16.500 incluye IGV; el costo incluye hospedaje, pasajes aéreos internacionales, alimentación y traslados; Que, con Hoja de Recomendación N° 138/U-4.b.3/05.00 del 20 de noviembre de 2019, el Comandante General del Ejército propone autorizar la participación del Teniente EP

Victor Alonzo REQUEJO BRAVO y al Teniente EP Ronald ANDIA CAMPOS, en la Estancia Médico Veterinario en Animales Grandes (Équidos) en el Centro Hospitalario EQUIMEDIC, ciudad de Tunja, Villa de Leiva Boyacá, Bogotá ­ República de Colombia; Que, según a lo indicado en la Exposición de Motivos, suscrito por el Jefe de Educación del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar designado; por cuanto, permitirá dar cumplimiento al Objetivo Estratégico Institucional N° 1, dentro de los objetivos del Plan Estratégico Institucional 2017-2019, el cual establece "Mejorar la Capacidad Operativa del Componente Terrestre y Acciones Estratégicas" 1.6 Componente Terrestre con personal educado eficazmente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de prever la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de acuerdo a lo especificado en la Carta de presentación de la empresa de Servicios y Inversiones Fénix MJ E.I.R.L. del 05 de setiembre de 2019, los gastos de hospedaje, pasajes aéreos internacionales, alimentación y traslados del personal designado estarán a cargo de la empresa; en consecuencia se debe otorgar viáticos diarios hasta por un veinte por ciento (20%) del que corresponde, con la finalidad de solventar gastos de transporte interno y otros gastos adicionales como consecuencia de la misión de estudios, conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 3 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, donde se establece que en el caso que las invitaciones de viajes al exterior incluyan financiamiento parcial, se otorgarán menores asignaciones por concepto de Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero por Misión de Estudios, por lo tanto corresponde al personal militar se le otorgue el pago del 20% de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos, del Jefe de Educación del Ejército del 29 de noviembre de 2019, los gastos por concepto de Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero (20%), se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el inciso c) del artículo 07 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, Teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 20 al 31 de diciembre de 2019, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, para completar el periodo de duración de la Misión de Estudios a partir del 01 de enero al 20 de mayo de 2020; será con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos N° 010-2010-DE y N° 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que

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