Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2019 (19/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Jueves 19 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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AGRICULTURA Y RIEGO
Autorizan Transferencia Financiera a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0452-2019-MINAGRI Lima, 18 de diciembre de 2019 VISTOS: El Memorandum N° 2136-2019-MINAGRI-SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre autorización para una transferencia financiera a favor del Pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática; el Informe N° 552-2019-MINAGRI-SG-OGPP/ OPRES de la Oficina de Presupuesto; y, el Informe Legal N° 1344-2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 76 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público establece que las transferencias financieras se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público; Que, mediante Ley N° 30879, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. El literal d) del numeral 16.1 del artículo 16 de dicha Ley, autoriza la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras entre entidades, cuando se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la acotada ley, establece que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 mencionado precedentemente, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 1.1 del Decreto Supremo N° 306-2014EF, modificado por Decreto Supremo N° 0152-2015-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 15 000 000,00 (Quince Millones y 00/100 Dólares Americanos) destinada a financiar parcialmente el proyecto "Mejoramiento del Sistema de Información Estadística Agraria y del Servicio de Información Agraria para el Desarrollo Rural del Perú" (PIADER); asimismo, conforme al artículo 3 de dicho Decreto, el referido proyecto es ejecutado por el Ministerio de Agricultura y Riego, a través de la Unidad Ejecutora "Gestión de Proyectos Sectoriales"; Que, de acuerdo lo estipulado en el Contrato de Préstamo N° 3272-/OC-PE suscrito entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, el proyecto "Mejoramiento del Sistema de Información Estadística Agraria y del Servicio de Información Agraria para el Desarrollo Rural del Perú" se organiza en dos componentes: (i) Mejoramiento del sistema de información estadística agraria, y (ii) Provisión de Información a productores utilizando TIC a través de participación del Sector Privado. El componente I tiene como objetivo mejorar la calidad de la información estadística utilizada por los diseñadores de la políticas públicas para el sector y por inversionistas en general, utilizando como base el marco muestral provisto del IV CENAGRO; y el Componente II busca atraer emprendimientos que provean información a productores pequeños y medianos vinculados con los mercados para mejorar sus decisiones de producción y comercialización, vía mecanismos que involucren la participación del sector privado; Que, para el desarrollo del componente I del referido proyecto se plantea el logro de los productos: i) la

implementación de la Encuesta Nacional Agraria, ii) el mejoramiento del Sistema Estadística Mensual de la Dinámica Agropecuaria - EMDA y iii) el fortalecimiento de capacidades de las entidades y agentes del Sistema Integrado de Estadística Agraria; Que, con fecha 5 de diciembre de 2019, se suscribió el Convenio N° 0028-2019-MINAGRI-DM denominado "Convenio Específico de Colaboración Interinstitucional entre el Ministerio de Agricultura y Riego y el Instituto Nacional de Estadística e Informática para la ejecución de la Encuesta Nacional Agraria" (en adelante el Convenio) con el objeto de viabilizar la implementación y ejecución de la Encuesta Nacional Agraria - ENA, con la finalidad de mejorar la calidad de las estadísticas agropecuarias generadas por el Sistema Integrado de Estadística Agraria - SIEA; Que, de acuerdo al numeral 5.1.1 del numeral 5.1 de la cláusula quinta del acotado Convenio, es compromiso del MINAGRI gestionar, a través de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales que ejecuta el Proyecto PIADER, los recursos presupuestales y financieros que demande la ejecución y los gastos operativos de campo vinculados a la ejecución y los gastos operativos de campo vinculados a la Encuesta Nacional Agraria - ENA; asimismo, la cláusula Sétima estipula que el MINAGRI debe efectuar una transferencia financiera de S/ 9 210 702,50 (Nueve millones doscientos diez mil setecientos dos y 50/100 soles) destinados a: i) la ejecución de tres (3) pruebas piloto, y ii) el inicio de las actividades de la Encuesta Nacional Agraria; Que, con la Resolución Ministerial N° 0260-2015-MINAGRI se autorizó la formalización de la creación de la Unidad Ejecutora 001631: "Gestión de Proyectos Sectoriales" adscrita al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante los Oficios N° 1084 y N° 1086-2019-MINAGRI-DVDIAR-UEGPS-DE, ambos de fecha 11 de diciembre de 2019, el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales UEGPS, solicita a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MINAGRI una transferencia financiera a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) para el financiamiento de la Encuesta Nacional Agraria - ENA, en el marco del Convenio N° 0028-2019-MINAGRI-DM; pedido que se sustenta en los Informes N° 177-2019-MINAGRI-DVDIAR-UEGPS/ DPSA/JP de fecha 10 de diciembre de 2019 y N° 526-2019-MINAGRI-DVDIAR-UEGPS-JAJ de fecha 11 de diciembre de 2019, en los cuales se señala que el mecanismo para viabilizar el cumplimiento de los compromisos asumidos con la suscripción del mencionado Convenio en lo referente a la ejecución de la Encuesta Nacional Agraria, es la transferencia financiera de recursos a favor del Pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, hasta por la suma de S/ 9 210 702,50 (Nueve Millones Doscientos Diez Mil Setecientos Dos y 50/100 Soles), de los cuales, la suma de S/ 4 329 030,17 corresponde a la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios y la suma de S/ 4 881 672,33 (Cuatro Millones Ochocientos Ochenta y Un Mil Seiscientos Setenta y Dos y 33/100 Soles) corresponde a la Fuente de Financiamiento 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; Que, de conformidad con el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MINAGRI, mediante Informe N° 552-2019-MINAGRI-SG-OGPP/OPRES de fecha 13 de diciembre de 2019, opina que debe autorizarse una Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 035-1631: MINAGRI -Gestión de Proyectos Sectoriales del Pliego 013 Ministerio de Agricultura y Riego, en la Categoría Presupuestaria 9002: "Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos" del Producto 3999999 Sin Producto, de la Actividad 5001253: Transferencia de recursos para la ejecución de proyectos de inversión, hasta por la suma de S/ 9 210 702,50 (Nueve Millones Doscientos Diez Mil Setecientos Dos y 50/100 Soles), en las Fuentes de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios y 3.

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