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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (31/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 376

TEXTO PAGINA: 353

353 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 El Peruano / Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, aprobado por la Ordenanza Nº 348-2017-ML rati fi cado por Acuerdo de Concejo Nº 495/MML, publicados ambos en el diario Ofi cial El Peruano el 29.Diciembre.2017; y, CONSIDERANDO:Que el artículo 194º de la Constitución Política del Perú precisa que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía, económica y administrativas en los asuntos de su competencia, autonomía que según lo anotado por el articulo II del Título Preliminar de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en concordancia con el articulo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establecen que los Gobiernos Locales mediante ordenanzas crean, modi fi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley y se supedita, la puesta en vigencia de la norma a su rati fi cación por la Municipalidad provincial de su circunscripción; Que, el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la actualización de los valores de predios por las municipalidades, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anualmente, es más, en su cuarta disposición fi nal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4 % de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, con Ordenanza Municipal Nº 348-2017-ML se Establece los Montos del Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, para el 2018, rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 495/MML, publicados ambos en el diario O fi cial “El Peruano” el 29 de diciembre de 2017; Que, de conformidad con la Ordenanza Municipal Nº 2085/MML, en su Sétima Disposición Final, sobre Periodicidad en la Rati fi cación de Ordenanzas del servicio municipal sobre Emisión Mecanizada de Valores para el contribuyente, las Ordenanzas distritales que aprueben el servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser rati fi cadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo rati fi catorio, tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fi scales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la ratifi cación, en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT su decisión de aplicar dicha aplicación del Acuerdo de Concejo rati fi catorio para los citados ejercicios, mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de diciembre. Transcurrido dicho periodo, las municipalidades deberán dar inicio al procedimiento de rati fi cación respectivo, conforme el plazo previsto para tal efecto”; Que, mediante Informe Nº 3493-2019-SGRR-GR/ML de fecha 20 de noviembre de 2019, la Sub Gerencia de Registro y Recaudación eleva a la Gerencia de Rentas el Proyecto de Ordenanza que establece los montos de Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2020, señalando que, de la veri fi cación de los costos, estos serán similares a los que originaron para el ejercicio 2018 y 2019, proponiendo la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 346-2017/ML de fecha 27 de octubre de 2017; Que, con Memorándum Nº 1070-2019-GR/ML de fecha 20 de noviembre de 2019, la Gerencia de Rentas, precisa que, de la proyección de los Costos por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto y Vencimiento de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2020, no se reportan variaciones respecto de los aprobados con Ordenanza Municipal Nº348-2017-ML, recomendando por lo tanto la prórroga de la vigencia de ésta última; Que, con Informe Nº 861-2019-GAJ/ML de fecha 21 de noviembre de 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite Opinión Legal Favorable con la fi nalidad de Aprobar la Ordenanza Municipal que Prorroga para el año 2020 la vigencia de los montos del Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales aprobado por la Ordenanza Nº 348-2017/ML; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Permanentes de Rentas, Administración y Presupuesto, y de Asuntos Legales, en sus Dictámenes Nº 025-2019-CPRAP-REG/ML y 043-2019-CPAL-REG/ML, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad la siguiente Ordenanza con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL 2020 LA VIGENCIA DE LOS MONTOS DEL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES, APROBADO POR LA ORDENANZA Nº 348-2017-ML Artículo Primero.- PRORROGAR para el 2020, la vigencia de los montos del Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, fi jados por la Ordenanza Nº 348-2017-ML, rati fi cada por el Acuerdo de Concejo Nº 495/MML. Artículo Segundo.- FIJAR, en S/. 6.00 (Seis y 00/100 Soles) el monto por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de declaración jurada y determinación del Impuesto Predial, tal como lo establece la Ordenanza Municipal Nº 348-2017-ML, rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 495/MML. Y por cada predio adicional se abonará S/. 3.00 (Tres y 00/100 Soles), por el derecho mencionado. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, la distribución domiciliaria de los Cronogramas de Pagos, conteniendo los tributos mencionados. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el 01 de enero del 2020, previa publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. De la misma forma será publicada en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Lurín, de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Nº 2085/MML. Segunda.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Nº 384-2019/ML. Tercera.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Registro y Recaudación y a la Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente Ordenanza, y a la Secretaría General y Sub Gerencia de Informática, la divulgación, difusión y publicación oportuna de sus alcances. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase.J. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 1841385-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban el Programa de Incentivos para el Vecino Puntual de San Borja ORDENANZA Nº 636-MSB San Borja, 20 de noviembre del 2019. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA