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85 NORMAS LEGALES Viernes 11 de enero de 2019 El Peruano / Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1730448-1 Actualizan capital social mínimo de las empresas supervisadas correspondiente al trimestre enero - marzo de 2019 CIRCULAR Nº G-200-2019 Lima, 9 de enero de 2019 ----------------------------------------------- Ref.: Actualización del capital social mínimo correspondiente al trimestre enero - marzo de 2019 ------------------------------------------------ Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias, la Superintendencia dispone mediante la presente norma de carácter general, la actualización trimestral, correspondiente al período enero - marzo de 2019, de los capitales sociales mínimos de las empresas indicadas en los artículos 16º y 17º de la referida Ley General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha norma, según se indica a continuación, y sobre la base de las condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, dispone la publicación de la presente circular: Actualización del capital social mínimo de las empresas supervisadas correspondientes al trimestre enero - marzo de 2019 (en soles) CAPITAL SOCIAL MÍNIMO (* ) A. Empresas de Operaciones Múltiples 1. Empresas Bancarias. 27,498,321 2. Empresas Financieras. 13,828,443 3. Caja Municipal de Ahorro y Crédito. 13,828,4434. Caja Municipal de Crédito Popular. 7,375,170 5. Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa - EDPYME.1,250,091 6. Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar recursos del público.1,250,091 7. Caja Rural de Ahorro y Crédito. 1,250,091 B. Empresas Especializadas 1. Empresas de Capitalización Inmobiliaria. 7,375,1702. Empresas de Arrendamiento Financiero. 4,498,8543. Empresas de Factoring. 2,500,183 4. Empresas A fi anzadora y de Garantías. 2,500,183 5. Empresas de Servicios Fiduciarios. 2,500,1836. Empresas Administradoras Hipotecarias 4,513,336 CAPITAL SOCIAL MÍNIMO (*) C. Bancos de Inversión 27,498,321D. Empresas de Seguros 1. Empresas que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida).5,000,365 2. Empresas que opera en ambos ramos (de riesgos generales y de vida).6,873,658 3. Empresas de Seguros y Reaseguros. 17,499,434 4. Empresas de Reaseguros. 10,625,776 E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1. Almacén General de Depósito. 4,498,8542. Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario.18,437,925 3. Empresas Emisora de Tarjetas de Crédito y/o Débito.1,250,091 4. Empresas Emisoras de Dinero Electrónico 2,500,183 5. Empresas de Transferencia de Fondos. 1,250,091 (*) Para las empresas supervisadas consideradas en el cuadro anterior, salvo las Empresas Administradoras Hipotecarias y las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico, factor de actualización para el trimestre enero 2019 – marzo 2019 en base a la Variación IPM octubre 1996 – diciembre 2018: 1.84379246 Para las Empresas Administradoras Hipotecarias, factor de actualización para el trimestre enero 2019 – marzo 2019 en base a la Variación IPM marzo 2007 – diciembre 2018: 1.3274518 Para las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico factor de actualización para el trimestre enero 2019 – marzo 2019 en base a la Variación IPM diciembre 2012 – diciembre 2018: 1.1021211 Atentamente, SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1730449-1 Dictan disposiciones sobre la información solicitada a las empresas de seguros que comercialicen pólizas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), a través del aplicativo informático “Certificado del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo” CIRCULAR N° S-669-2019 Lima, 3 de enero de 2019--------------------------------------------------------- Ref.: Aplicativo del Certi fi cado del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR)--------------------------------------------------------- Señor Gerente General:Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modi fi catorias, en adelante Ley General; y en virtud de lo señalado en el artículo 40 del Decreto Supremo Nº 003-98-SA; y sobre la base de lo señalado en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, esta Superintendencia dispone la publicación de la presente Circular: 1. AlcanceLa presente Circular es aplicable a las empresas de seguros señaladas en el literal D del artículo 16 de la Ley General, que comercialicen pólizas del Seguro