Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2019 (15/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Martes 15 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

49

c. ORGANOS FUNCIONALES DEL PARTIDO 1) El Tribunal Nacional de Ética, Moral y Disciplina. 2) El Tribunal Electoral Nacional. 3) Los Personeros ante los organismos electorales. 4) El Consejo Nacional de Escalafón. d. ÓRGANOS DE BASE PARTIDARIA 1) El Comité Ejecutivo Regional. 2) El Comité Ejecutivo Provincial. 3) El Comité Ejecutivo Distrital. 4) El Comité Zonal. 9. De dicha estructura se advierte que no se ha considerado al Comité Electoral Provincial como parte de la estructura de cargos de la organización política, el cual tampoco ha sido mencionado en el resto de artículos del referido Estatuto, con lo cual la única referencia al órgano electoral sobre el cual deba verificarse la afiliación de sus miembros resulta ser el Tribunal Electoral Nacional. 10. Por consiguiente, en la medida que el Comité Electoral Provincial no constituye uno de los órganos reconocidos en la estructura partidaria de la organización política, y siendo que el requisito de afiliación partidaria se exige respecto de autoridades integrantes de tal estructura, no resulta razonable extender dicho requisito a los miembros del Comité Electoral Provincial, no resultando amparable realizar una interpretación extensiva de la normativa interna de la organización política que genere una limitación al ejercicio de su derecho de participación política. 11. Por lo demás, cabe resaltar el hecho de que la afiliación no constituye un requisito exigido legalmente para participar, sea como candidato o miembro de un órgano electoral descentralizado, en un proceso de elección interna de candidatos, por el contrario, debe recordarse que la propia LOP prevé la posibilidad de que los ciudadanos no afiliados participen como votantes en un proceso de elecciones internas (artículo 24, literal a, de la LOP), ello en aras de optimizar los principios de transparencia y consolidar la legitimidad democrática de los candidatos que participarán en representación de una organización política en el marco de una contienda electoral, así como facilitar el ejercicio del derecho a la participación política de los ciudadanos. 12. Por lo tanto, en el caso en concreto, en estricto respeto del principio de autonomía privada y de las atribuciones que le confiere la propia LOP a las organizaciones políticas, considero que la afiliación no puede constituir un requisito para ser integrante de un Comité Electoral Provincial cuando el Estatuto de la organización no lo contemple así, de manera clara e indubitable, por lo que, en mi opinión, corresponde declarar infundado el recurso de apelación, y, en consecuencia, revocar la decisión del JEE, disponiendo que dicho órgano electoral continúe con el trámite correspondiente En consecuencia, por los fundamentos expuestos, MI VOTO es por que se declare INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Tilber Ordóñez Tuanama, y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 00737-2018-JEE-MCAC/JNE, de fecha 24 de agosto de 2018, que declaró infundada la tacha formulada contra Antonio García Jiménez, candidato a alcalde para el Concejo Distrital de Piscoyacu, provincia de Huallaga, departamento de San Martín, por la organización política Vamos Perú, y, DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Mariscal Cáceres continúe con el trámite correspondiente. SS. RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1731428-11

MINISTERIO PUBLICO
Designan Jefes de las Oficinas Desconcentradas de Control Interno de los Distritos Fiscales de Ancash, Arequipa, Callao, Moquegua, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 006-2019-MP-FN-JFS Lima, 11 de enero de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio N° 3883-2018-MP-FN-FSCI, de fecha 26 de diciembre de 2018, la doctora Zoraida Ávalos Rivera, Fiscal Suprema Titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno, mediante el cual propone, entre otros, la designación de la abogada Aura Violeta Rodríguez Ormaeche, Fiscal Superior Titular, como Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Ancash. Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 167-2016-MP-FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2016, se designó a la abogada Azucena Miriam Mallqui García, Fiscal Superior Titular, como Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Ancash. Que, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo Nº 5411, adoptado por unanimidad, en Sesión Ordinaria de fecha 04 de enero de 2018, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobó la propuesta formulada por la Fiscal Suprema de la Fiscalía Suprema de Control Interno. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Azucena Miriam Mallqui García, Fiscal Superior Titular, como Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Ancash, materia de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 167-2016-MP-FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2016. Artículo Segundo.- Designar, a la abogada Aura Violeta Rodríguez Ormaeche, Fiscal Superior Titular, como Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Ancash. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Despacho de la Fiscalía de la Nación, a la Fiscalía Suprema de Control Interno, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ancash, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a las Fiscales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación (i) Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 1731499-1 RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 007-2019-MP-FN-JFS Lima, 11 de enero de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio N° 3883-2018-MP-FN-FSCI, de fecha 26 de diciembre de 2018, la doctora Zoraida Ávalos Rivera, Fiscal Suprema Titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno, mediante el cual propone, entre otros,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.