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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2019 (19/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Sábado 19 de enero de 2019 El Peruano / Desarrollo Económico local, los Memorandos N°s. 2972 y 2973-2018-GAF-MDI de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Memorando N° 555-2018-GDEL-MDI de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, el Memorando Nº 774-2018-GPPR/MDI, de la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, el Informe Legal N° 360-2018-GAL/MDI, de la Gerencia de Asesoría Legal, y el Informe Nº 144-2018-GAF/MDI, de la Gerencia de Administración y Finanzas, Memorando N° 2133-2018-GM-MDI de la Gerencia Municipal, referidos a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 36.1 del Artículo 36° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, modi fi cado mediante Decreto Legislativo N° 1272, establece que los procedimientos administrativos, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por la decisión del titular de los organismos constitucionalmente autónomos. Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad; en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de las tasas que sean aplicables. Que, el numeral 38.1 del Artículo 38º de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, modi fi cada mediante Decreto Legislativo N° 1452, señala que los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal; Que, asimismo, el numeral 38.3 del mismo artículo, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1452, establece que el TUPA y la disposición legal de aprobación o modi fi cación se publica obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal institucional. La publicación en los medios previstos en el presente numeral se realiza de forma gratuita; Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, aprueba los Lineamientos para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal; Que, los numerales 43.2 y 43.3 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario o fi cial El Peruano, y el TUPA así como la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal institucional; Que, la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – en su artículo 40º establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser rati fi cados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 2085-MML, la cual aprueba el procedimiento de rati fi cación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modi fi can o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones; Que, la Municipalidad Distrital de Independencia aprobó su TUPA vigente a través de la Ordenanza N° 000360-2017-MDI, contando con la rati fi cación del Concejo Metropolitano de Lima a través del Acuerdo de Concejo N° 381-2017-MML, ambas normas publicadas en el diario o fi cial El Peruano con fecha 15 de diciembre del 2017; Que, con fecha 23 de enero de 2018, se publicó en el Diario O fi cial El Peruano la Resolución Jefatural N° 016-2018-CENEPRED/J, que aprueba el Manual de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones y la Matriz de Riesgos, con lo cual se cumplieron los supuestos para la entrada en vigencia de las modi fi caciones a la Ley N° 28976 – Ley Marco de la Licencia de Funcionamiento, dadas a través de los Decretos Legislativos N° 1200 y N° 1271, así como del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, dispositivos legales que obligan a la adecuación del TUPA en materia de Licencia de Funcionamiento, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones y Autorizaciones para Eventos y/o Espectáculos Públicos No Deportivos; Que, mediante Memorando N° 568-2018-GDEL- MDI de fecha 22 de octubre del 2018, la Gerencia de Desarrollo Económico Local presenta el sustento sobre los procedimientos vinculados a Licencia de Funcionamiento, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones y Autorizaciones para Eventos y/o Espectáculos Públicos No Deportivos, que serán incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA; Que, mediante los Memorandos N°s. 2973 y 2974-2018-GAF-MDI de fecha 22 de octubre del 2018, la gerencia de Administración y Finanzas, remite la estructura de costos de los procedimientos vinculados a Licencia de Funcionamiento, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones y Autorizaciones para Espectáculos Públicos No Deportivos, y la Exclusión de los Costos Directos No Inidenti fi cables, de la Estructura de Costos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, mediante Informe Legal N° 360-2018-GAL-MDI de fecha 23 de octubre del 2018, la Gerencia de Asesoría Legal opina favorable sobre el proyecto de TUPA, presentado por la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, a través del cual se adecúan los procedimientos vinculados a Licencia de Funcionamiento, inspecciones técnicas de seguridad en edi fi caciones y autorizaciones para eventos y/o espectáculos no deportivos a la normatividad vigente en las referidas materias, debiendo cumplir con la aprobación del Concejo Municipal de Independencia, y ser presentada ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT, para dar inicio al procedimiento de rati fi cación, conforme a lo establecido en la Ordenanza N° 2085-MML; Que, mediante Informe N° 144-2018-GPPR- MDI de fecha 23 de octubre del 2018, la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, ha elaborado el Proyecto para la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Independencia, a través del cual se adecúan los procedimientos administrativos vinculados a Licencia de Funcionamiento, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones y Autorizaciones para Eventos y/o Espectáculos Públicos No Deportivos a la normativa señalada en el considerando precedente, contando para ello con las opiniones favorables de la Gerencia de Asesoría Legal y la Gerencia Municipal, por lo que corresponde ser aprobado por Concejo Municipal; Que, mediante Memorando N° 2133-2018-GM-MDI de fecha 23 de octubre del 2018, la Gerencia Municipal en consideración a las opiniones técnicas y legal de las áreas correspondientes, considera viable se prosiga con el trámite correspondiente elevándose al Concejo municipal, para su evaluación y aprobación; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º Numeral 8) Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA la siguiente: