Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2019 (25/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Viernes 25 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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Judiciales - REM@JU de este Distrito Judicial por el presente año 2019. Artículo Segundo.- DESIGNAR, en adición a sus funciones, a la abogada Katherine Stephanie Zárate Armas, como responsable suplente del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales - REM@JU de este Distrito Judicial por el presente año 2019. Articulo Tercero.- PÓNGASE la presente resolución a conocimiento de la Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Oficina de Personal, Oficina de Administración, Oficina de Servicios Judiciales y Oficina de Imagen del Distrito Judical de Ventanilla. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1734791-1

se proclamó al nuevo Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, para el periodo 2019-2020; por lo que resulta necesario reconformar el Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR al Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, el mismo que estará integrado de la siguiente manera: - Dr. CHRISTIAN ARTURO HERNÁNDEZ ALARCÓN, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, quien lo presidirá. - Dra. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA, Juez Superior Titular Presidenta de la Sala Laboral Permanente de Ventanilla, integrante. - Dra. NARDA KATHERINE POMA ALOSILLA, Juez Titular Especializada de Trabajo, integrante. - Dra. JUANA GREGORIA BRINGAS ENCISO, Juez Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado Especializado en lo Laboral de Ventanilla, integrante. - Coordinador (a) del Módulo Corporativo Laboral de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, quien actuará como Secretario Técnico. Articulo Segundo.- PRECISAR que el Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo tiene como funciones las señaladas en el artículo 21° de la Resolución Administrativa Nº 061-2013-CE-PJ de fecha 03 de abril de 2013. Articulo Tercero.- DERÓGUESE las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Articulo Cuarto.- PÓNGASE la presente resolución a conocimiento de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Ley Procesal de Trabajo, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, del Jefe de la Oficina de Administración de la Corte, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, y de los designados para sus fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase. CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1734791-2

Conforman el Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 028-2019-P-CSJV/PJ Ventanilla, veintidós de enero de dos mil diecinueve VISTO: La Resolución Administrativa Nº 0148-2015-CE-PJ de fecha 29 de abril de 2015, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y las Resoluciones Administrativas Nº 010-2017-P-CSJV/PJ y Nº 454-2018-P-CSJV/PJ de fecha 09 de enero de 2017 y 05 de noviembre de 2018, respectivamente; emitidas por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; CONSIDERANDO Primero: Que, es atribución del Presidente de Corte Superior de Justicia, dirigir la política interna en su Distrito Judicial, con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, en aplicación de lo establecido en los numerales 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Segundo: Que, la Ley 29497 ­ Nueva Ley Procesal de Trabajo señala en su Quinta Disposición Transitoria, que el Poder Judicial dispondrá la creación e instalación progresiva de Juzgados y Salas Laborales en los Distritos Judiciales de la República que lo requieran, para fortalecer la especialidad laboral a efectos de brindar un servicio de justicia célere y eficiente. Tercero: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 148-2015-CE-PJ de fecha 29 de abril de 2015, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó las nuevas estructuras organizacionales y funcionales de los Equipos Técnicos Institucionales de implementación del Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, aprobando la "Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo", en cuyo artículo 5° literal b) se establece que el Equipo Técnico mencionado debe estar integrado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia, quien lo preside; un Juez Superior, un Juez Especializado, un Juez de Paz Letrado que apliquen la Nueva Ley Procesal de Trabajo y un Secretario Técnico ­ Administrador del Módulo Laboral. Cuarto: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 518-2018-P-CSJV/PJ de fecha 06 de diciembre de 2018, se oficializó el Acuerdo de Sala Plena a través del cual

Conforman el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 30-2019-P-CSJV/PJ Ventanilla, veintitrés de enero de dos mil diecinueve VISTO: La Resolución Administrativa Nº 0148-2015-CE-PJ de fecha 29 de abril de 2015, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y la Resolución Administrativa Nº 011-2017-P-CSJV/PJ de fecha 10 de enero de 2017, emitida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; CONSIDERANDO Primero: Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia dirigir la política interna en su Distrito

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