Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2019 (25/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Viernes 25 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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autorización para realizar viaje al exterior del país, en razón, que ha obtenido una beca otorgado por el Programa de "Movilizaciones en CTI-PASANTÍASCONVOCATORIAS 2018-03", durante el periodo comprendido entre el 15 de enero al 15 de marzo 2019. Refiere que los gastos de alimentación, alojamiento y seguro de viaje serán financiados por el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica EL FONDECYT, a excepción de los gastos correspondientes a los pasajes aéreos, solicitando sean financiados por nuestra institución. Que, por Informe Legal Nº 0919-2018-UNAM-CO/ OAL del 26.09.2018, la Oficina de Asesoría Legal de la Universidad Nacional de Moquegua, es de opinión favorable para que autorice el viaje al exterior del Dr. Franz Zirena Vilca, Director de la Dirección de Coordinación de Institutos de Investigación de la Universidad Nacional de Moquegua, desde el 15 de Enero al 15 Marzo del 2019, para realizar una Pasantía en la Universidad Industrial de Santander ­ Colombia. Que, mediante Informe Nº 1023-2018-OPD/UNAM del 28.12.2018, la Oficina de Planificación y Desarrollo, en referencia a la solicitud de asignación y la adquisición de pasajes aéreos nacionales e internacionales para la realización de la Pasantía en la Universidad Industrial de Santander ­ Colombia, emite certificación presupuestal según Nota Presupuestal Nº 5455. Que, por Oficio Nº 305-2018-VPI/UNAM de 31.12.2018, el Vicepresidente de Investigación, eleva la solicitud del Dr. Franz Zirena Vilca, Director de la Dirección de Coordinación de Institutos de Investigación de la Universidad Nacional de Moquegua sobre autorización de viaje y la adquisición de pasajes aéreos nacionales e internacionales al Presidente de la Comisión Organizadora, con la finalidad que sea aprobado mediante acto resolutivo, teniendo opinión legal favorable, disponibilidad presupuestal y autorización de viaje de la Vicepresidencia de Investigación. Que, en Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, de fecha 31 de Diciembre de 2018, por UNANIMIDAD se acordó: 1) APROBAR, la Pasantía en "Obtención de aceites esenciales y su análisis a través de técnicas cromatográficas y de espectrometría de masas (GCFID, GC-MS, GCxGC-MS)" solicitada por el Dr. Franz Zirena Vilca a realizarse en la Universidad Industrial de Santander ­ Colombia, 2) AUTORIZAR, el viaje al exterior al Dr. Franz Zirena Vilca del 15 de Enero al 15 de Marzo del 2019 para realizar la Pasantía en la Universidad Industrial de Santander ­ Colombia, 3) AUTORIZAR, la adquisición de los Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales: Tacna - Lima (Perú) ­ Bogotá ­ Santander (Colombia) y viceversa. Por las consideraciones precedentes y en uso de las atribuciones que le concede la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua y lo acordado en Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de fecha 31 de Diciembre de 2018. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la Pasantía en "Obtención de aceites esenciales y su análisis a través de técnicas cromatográficas y de espectrometría de masas (GC-FID, GC-MS, GCxGC-MS)" solicitada por el Dr. Franz Zirena Vilca a realizarse en la Universidad Industrial de Santander ­ Colombia. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, el viaje al exterior al Dr. Franz Zirena Vilca del 15 de Enero al 15 de Marzo del 2019 para realizar la Pasantía en la Universidad Industrial de Santander ­ Colombia. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, la adquisición de los Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales: Tacna ­ Lima (Perú) ­ Bogotá ­ Santander (Colombia) y viceversa. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Vicepresidencia de Investigación y a la Dirección General de Administración, adoptar las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese. WASHINGTON ZEBALLOS GÁMEZ Presidente GUILLERMO S. KUONG CORNEJO Secretario General 1734269-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman resolución que declaró fundada tacha formulada contra solicitud de inscripción de candidato a alcalde para la Municipalidad Provincial de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes
RESOLUCIÓN Nº 2386-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018026881 CONTRALMIRANTE VILLAR - TUMBES JEE TUMBES (ERM.2018022465) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintidós de agosto de dos mil dieciocho VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Ángel Palma Tapara, personero legal titular nacional de la organización política Movimiento Independiente Regional Faena, en contra de la Resolución Nº 00490-2018-JEE-TUMB/JNE, de fecha 6 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Tumbes, que declaró fundada la tacha formulada contra la solicitud de inscripción de Jaime Yacila Boulangger, candidato para la alcaldía de la Municipalidad Provincial de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTES El 19 de junio de 2018, Ángel Palma Tapara, personero legal titular nacional de la organización política Movimiento Independiente Regional Faena, presentó la solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Provincial de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes. Dicha solicitud fue admitida a trámite mediante la Resolución Nº 00270-2018-JEE-TUMB/JNE, del 11 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Tumbes (en adelante, JEE). Con fecha, 25 de julio de 2018, Dilber Oxander Olaya Davis (en adelante, tachante) formuló tacha contra Jaime Yacila Boulangger, candidato a alcalde de la referida organización política para la Municipalidad Provincial de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, bajo los siguientes términos: a. El candidato Jaime Yacila Boulangger, habría infringido las disposiciones normativas establecidas en el artículo 23 de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP), toda vez que omitió declarar los ingresos que obtuvo como proveedor del Estado, en el año 2017. b. Asimismo, no cumplió con declarar el total de sus renuncias efectuadas a otros partidos políticos. A efectos de acreditar lo mencionado, adjuntó impresión de la consulta RUC del candidato en mención; consulta del Registro Nacional de Proveedores, donde se verifica que el referido candidato se encuentra habilitado para

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