Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2019 (02/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 2 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, con el apoyo de la Oficina Comercial del Perú en el Exterior ­ OCEX Rotterdam y la Cámara de Comercio de Lima, los días 10 y 11 de febrero del 2019, en la ciudad de Ámsterdam, Reino de los Países Bajos, se realizarán citas comerciales, charlas con compradores sobre la oferta peruana, visita a mercados y tiendas especializadas de la ciudad, así como la participación de la Misión Super Foods Perú; Que, en tal razón, la Gerencia General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de la señorita Mónica Sofía Arias Guerrero, Especialista en Productos de Agronegocios II, de la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, y de los señores Juan Antonio Portugal Quinteros y Víctor German Sarabia Molina, quienes laboran en la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de PROMPERÚ, participen en las actividades que se señalan en los considerandos precedentes, para la promoción de las exportaciones y fortalecer la imagen país; Que, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar los viajes de la señorita Mónica Sofía Arias Guerrero, a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, del 02 al 10 de febrero de 2019, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la "FERIA FRUIT LOGISTICA 2019", del señor Juan Antonio Portugal Quinteros, a la ciudad Núremberg, República Federal de Alemania, del 10 al 17 de febrero del 2019, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la feria "BIOFACH 2019" y del señor Víctor German Sarabia Molina, a las ciudades de Berlín y Núremberg, República Federal de Alemania, y a la ciudad de Ámsterdam, Reino de los Países Bajos, del 03 al 15 de febrero de 2019, para que en representación de PROMPERÚ, participe en las ferias antes mencionadas, como se señala en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción de las exportaciones y fortalecer la imagen país. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Mónica Sofía Arias Guerrero Juan Antonio Portugal Quinteros Víctor German Sarabia Molina Pasajes Total Viáticos Nº aéreos Clase Continente viáticos día US$ días Económica US$ US$ 1 584,80 1 962,61 2 562,36 Europa 540,00 540,00 540,00 6 6 3 240,00 3 240,00

misión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1737350-1

CULTURA
Disponen el ingreso libre al Museo de Sitio Pachacamac el día 15 de febrero de 2019
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 032-2019-MC Lima, 30 de enero de 2019 VISTOS, el Informe N° 000007-2019/MSPAC/ DGM/VMPCIC/MC de la Directora del Museo de Sitio Pachacamac; y el Informe N° 000032-2019/DGM/ VMPCIC/MC de la Dirección General de Museos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del artículo 7 de la Ley antes citada, el Ministerio de Cultura tiene como función exclusiva, respecto a otros niveles de gobierno, propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, de acuerdo con el numeral 3.13 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 0052013-MC, corresponde al Ministerio de Cultura fomentar y promover las artes, las expresiones y creaciones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, promoviendo el acceso a estas manifestaciones culturales, las iniciativas privadas y propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 5592018-MC de fecha 28 de diciembre de 2018, se aprobó el Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2019, el cual contiene, entre otros, los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Museos de Sitio a nivel nacional; Que, el artículo 34 de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, establece que con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados períodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o al órgano regional competente para su difusión; Que, asimismo, el numeral 32.2 del artículo 32 del Reglamento de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, dispone que el Instituto Nacional de Cultura (actualmente, Ministerio de Cultura) y demás entidades públicas encargadas de la administración de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación vinculados a la

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Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria y la

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