Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2019 (02/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 2 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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3.1. Presentar un Plan de Trabajo que contenga las pautas generales que orienten a los sectores directamente relacionados con la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú para el diseño e implementación de iniciativas y/o actividades que conformen la agenda internacional del país. 3.2. Elaborar un programa de actividades dirigidas a la coordinación y seguimiento de la implementación, por parte de los sectores competentes, de la agenda internacional del Bicentenario de la Independencia del Perú en el Mundo. 3.3. Comunicar al Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, en forma semestral y al término de su vigencia, el resultado de la labor del grupo de trabajo y el cumplimiento de su objeto. 3.4. Otras que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto. Artículo 4.- De la colaboración, asesoramiento y apoyo El Grupo de Trabajo puede invitar a otras entidades del Estado, del sector privado y de la sociedad civil, para que participen y cooperen al cumplimiento de su objetivo. Artículo 5.- Acreditación Los/las representantes titulares y alternos del Grupo de Trabajo son designados/as mediante comunicación del titular de la entidad a la que pertenecen dirigida al Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- De la Instalación y Plan de Trabajo El Grupo de Trabajo se instalará en un plazo que no excederá de diez (10) días hábiles contados desde la publicación de la presente resolución y tendrá un plazo de sesenta (60) días hábiles para presentar el Plan de Trabajo que hayan acordado para el diseño e implementación de iniciativas y/o actividades que conformen la agenda internacional en el marco de la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú. Artículo 7.- Período de vigencia El plazo de vigencia del Grupo de Trabajo será hasta la culminación de la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú. Artículo 8.- De los Gastos del Grupo de Trabajo La implementación de lo dispuesto en la presente resolución se financia con cargo al presupuesto de cada Pliego, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Cada entidad asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes. Artículo 9.- De la Publicación Dispóngase la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www. gob.pe/cultura), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese y publíquese. ROGERS MARTIN VALENCIA ESPINOZA Ministro de Cultura 1737144-1

Vistos, la Carta de fecha 21 de setiembre de 2018 del Ex Comandante, Comando de Operaciones Especiales del Ejercito de los Estados Unidos y el Oficio NC-19EMAI-N° 023 de fecha 08 de enero de 2019 del Jefe de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta de fecha 21 de setiembre de 2018 el Ex Comandante, Comando de Operaciones Especiales del Ejercito de los Estados Unidos, invita al Teniente General FAP RAUL HOYOS DE VINATEA a la 18° Conferencia anual del International Military Helicopter, para que realice una presentación sobre el tema "El papel de los recursos rotatorios peruanos en la respuesta a catástrofes y crisis humanitarias", que se realizará en la ciudad de Londres ­ Reino Unido de Inglaterra e Irlanda del Norte, del 05 al 07 de febrero de 2019; Que, mediante el Oficio NC-19-EMAI-N° 023 de fecha 08 de enero de 2019, el Jefe de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice su viaje al exterior del Teniente General FAP RAUL HOYOS DE VINATEA, para que participe en la 18° Conferencia Internacional Anual sobre Helicópteros Militares, a realizarse en la ciudad de Londres ­ Reino Unido de Inglaterra e Irlanda del Norte, del 05 al 07 de febrero de 2019; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrito por el Director de Asuntos Internacionales de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al Oficio NC-19-EMAI-N° 023 de fecha 08 de enero de 2019, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior del Teniente General FAP RAUL HOYOS DE VINATEA, por cuanto, permitirá adquirir conocimientos que serán aplicados en las Unidades Operativas de la FAP y servirán como sustento para actualizar las doctrinas del empleo del poder aéreo; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como, su retorno dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme al documento HG-N° 0003 DGDFME/SIAF-SP de fecha 09 de enero de 2019 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos en Comisión de Servicio que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento pasajes aéreos internacionales y viáticos en Comisión de Servicio de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10° del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, el artículo 8° del Decreto Supremo N° 047-2002PCM de fecha 05 de junio de 2002, se establece que los viáticos que se otorguen conforme a la Escala citada en el articulo 5° serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un (01) día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos (02) días cuando el viaje se realice a otro continente; por lo que considerando que el viaje se realizará a la ciudad de Londres - Reino Unido de Inglaterra e Irlanda del Norte, se adicionará al presente viaje el equivalente a dos (02) días de viáticos por gastos de instalaciones y traslado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial FAP al Reino Unido de Inglaterra e Irlanda del Norte, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0109-2019 DE/FAPLima, 30 de enero de 2019

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