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30 NORMAS LEGALES Sábado 2 de febrero de 2019 / El Peruano ENERGIA Y MINAS Autorizan publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, y deroga los Decretos Supremos N°s. 025-2007-EM, 042-2011-EM y 033-2015-EM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 030-2019-MEM/DM Lima, 30 de enero de 2019VISTOS: Los Memorandos N° 0057-2019/MEM- DGER y N° 0040-2019/MEM-DGER; y el Informe N° 008-2019-MEM/DGER-JAL elaborados por la Dirección General de Electri fi cación Rural; y, el Informe N° 081- 2019-MEM/OGAJ elaborado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural se ha aprobado con el objeto de establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo e fi ciente y sostenible de la electri fi cación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país, el cual se procede a reglamentar a través del Decreto Supremo N° 025-2007-EM y su modi fi catoria; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1207, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 23 de septiembre de 2015, se modi fi ca la Ley General de Electri fi cación Rural, con la fi nalidad de garantizar la ampliación efectiva de la frontera eléctrica rural en el ámbito nacional y el abastecimiento del servicio público de electricidad con estándares de calidad, seguridad y sostenibilidad mediante la ampliación del destino de los recursos para la electri fi cación rural en bene fi cio de las poblaciones menos favorecidas del país; Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, prevé que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas generales que sean de su competencia en el Diario O fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, con el fi n de recibir comentarios de los interesados; Que, considerando lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo N° 1207, y revisados los documentos de Vistos, la Ofi cina de General de Asesoría Jurídica señala que se ha sustentado la publicación del proyecto de Decreto Supremo que, aprueba el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural y deroga los Decretos Supremos N°025-2007-EM, Nº 042-2011-EM y N° 033-2015-EM, con su Exposición de Motivos, a fi n que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Autorizar la publicación del proyecto de Decreto Supremo que, aprueba el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, y deroga los Decretos Supremos N°025-2007-EM, Nº 042-2011-EM y N° 033-2015-EM, con su Exposición de Motivos. Artículo 2 .- Establecer un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, a fi n que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Electri fi cación Rural, sito en Avenida De Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; o, vía electrónica a las siguientes direcciones de correo electrónico: ichirinos@minem.gob.pe y, jhinostroza@minem.gob.pe. Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, y del proyecto de Decreto Supremo que, aprueba el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, y deroga los Decretos Supremos N°025-2007-EM, Nº 042-2011-EM y N° 033-2015-EM, con su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el citado Diario Ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1737513-1 Aprueban el Programa Anual de Promociones 2019, que contiene los programas destinados a ampliar el acceso universal al suministro de energía y la energización rural RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 033-2019-MEM/DM Lima, 1 de febrero de 2019VISTOS: Los Informes Nºs. 134-2018-MEM/ DGEE/CEZ, 0002-2019/MEM-DGE, 281-2018-MEM/DGER/DPRO-JER y 003-2019-MEM/DGH-DGGN-DNH de la Dirección General de E fi ciencia Energética, Dirección General de Electricidad, Dirección General de Electri fi cación Rural y Dirección General de Hidrocarburos, respectivamente; y el Informe Nº 0098-2019-MEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29852, se crea el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), como un sistema de compensación energética que permita brindar seguridad al sistema, así como de un esquema de compensación social y mecanismos de acceso universal a la energía; Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29852, establece que el FISE tiene como fi nes: i) la masi fi cación del uso del gas natural mediante el fi nanciamiento parcial o total de las conexiones de consumidores regulados, sistemas o medios de distribución o transporte, y conversiones vehiculares, ii) la compensación para el desarrollo de nuevos suministros en la frontera energética, iii) la compensación social y promoción para el acceso al GLP de los sectores vulnerables, tanto urbanos como rurales, iv) la compensación a las empresas de distribución de electricidad por la aplicación del mecanismo de compensación de la tarifa eléctrica residencial, conforme a la ley de la materia, y v) la implementación del mecanismo de promoción contenido en el Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, dirigido a las poblaciones de menores recursos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2012- EM se aprueba el reglamento de la Ley Nº 29852, el cual establece que el Programa Anual de Promociones forma parte del Plan de Acceso Universal a la Energía y contiene los proyectos directamente vinculados a los fi nes del FISE. El Ministerio de Energía y Minas establece la cartera de proyectos del Programa Anual de Promociones a ejecutarse con recursos del FISE, considerando su disponibilidad fi nanciera; Que, la citada Ley y su reglamento establecen que el Ministerio de Energía y Minas aprueba el Plan de Acceso Universal a la Energía; y que los proyectos incluidos en dicho Plan serán priorizados de acuerdo a la disponibilidad