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24 NORMAS LEGALES Martes 12 de febrero de 2019 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, los artículos 5 y 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establecen que este Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional y tiene entre otras competencias exclusivas el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el literal d) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y su modi fi catoria aprobada por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, establece que la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento - DGPRCS, tiene entre sus funciones proponer actualizaciones del Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE, en coordinación con los sectores que se vinculen, en el marco de los Comités Técnicos de Normalización, según la normatividad vigente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA se aprueba el Índice y la Estructura del RNE, aplicable a las Habilitaciones Urbanas y a las Edi fi caciones que se ejecuten a nivel nacional, estableciéndose en los artículos 1 y 3 de la citada norma, que el MVCS aprueba, mediante Resolución Ministerial, las normas técnicas y sus modi fi caciones de acuerdo al mencionado índice; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA se aprueban 66 Normas Técnicas del RNE, entre las que se encuentra la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente, la misma que fue modi fi cada sucesivamente por Decretos Supremos Nº 002-2014-VIVIENDA y Nº 003-2016-VIVIENDA, y se crea la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edi fi caciones - CPARNE, encargada de analizar y formular las propuestas para la actualización de las Normas Técnicas del RNE; Que, por Resolución Ministerial Nº 355-2018-VIVIENDA se aprueba la modi fi cación de la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente del RNE, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 23 de octubre del 2018, y se dispone su publicación en el Portal Institucional del MVCS. Adicionalmente, el 7 de diciembre del 2018 fue publicada en el Diario O fi cial El Peruano el contenido de la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente del RNE; Que, a través del Informe Nº 2267-2018-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción, ratifi cado por la DGPRCS, se solicita la recti fi cación, a través de una Resolución Ministerial, de los artículos 11, 12, 16 y 27 de la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente del RNE, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 355-2018-VIVIENDA, por los errores materiales advertidos con posterioridad a su publicación; Que, conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Ley Nº 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, la solicitud de recti fi cación debe ser entregada al diario o fi cial dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la publicación original, a fi n que se publique en un plazo perentorio no mayor de los dos (2) días útiles siguientes, precisando que frente a errores materiales no subsanados dentro del plazo legal, la recti fi cación sólo procede mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior; Que, en ese sentido, corresponde la recti fi cación de los artículos 11, 12, 16 y 27 de la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente del RNE, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 355-2018-VIVIENDA, mediante la expedición de una Resolución Ministerial, norma de rango equivalente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley Nº 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Mo difi car los artículos 11, 12, 16 y 27 de la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 355-2018-VIVIENDA Modifícanse los artículos 11, 12, 16 y 27 de la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobada como Anexo de la Resolución Ministerial Nº 355-2018-VIVIENDA, en los siguientes términos: “Artículo 11.- Microzoni fi cación Sísmica y Estudios de Sitio 11.1. Microzoni fi cación Sísmica 11.1.1. (...)11.1.2. (...) Artículo 12.- Condiciones Geotécnicas 12.1. Per fi les de Suelo 12.1.1 Para los efectos de esta Norma, los per fi les de suelo se clasi fi can tomando en cuenta la velocidad promedio de propagación de las ondas de corte ( ܸത௦), alternativamente, para suelos granulares, el promedio ponderado de los ܰഥ obtenidos mediante un ensayo de penetración estándar (SPT), o el promedio ponderado de la resistencia al corte en condición no drenada ( ܵҧ௨) para suelos cohesivos. Estas propiedades se determinan para los 30 m superiores del per fi l de suelo medidos desde el nivel del fondo de cimentación, como se indica en el numeral 12.2. (...) 12.2. De fi nición de los Per fi les de Suelo (...)b) Promedio Ponderado del Ensayo Estándar de Penetración , ࡺഥ El valor ܰഥ se calcula considerando solamente los estratos con suelos granulares en los 30 m superiores del perfi l: (...)donde d i es el espesor de cada uno de los m estratos con suelo granular y ܰ es el correspondiente valor corregido del SPT. (...) Artículo 16.- Sistemas Estructurales (...) 16.3. Estructuras de Albañilería Edifi caciones cuyos elementos sismorresistentes son muros a base de unidades de albañilería de arcilla o concreto. Para efectos de esta Norma no se hace diferencia entre estructuras de albañilería con fi nada o de albañilería armada. (...) Artículo 27.- Procedimientos de Análisis Sísmico 27.1. Se utiliza uno de los procedimientos siguientes:(...)” Artículo 2.- Publicación y Difusión Encárguese a la O fi cina General de Estadística e Informática la publicación de la presente Resolución Ministerial y el Anexo que contiene la Norma Técnica con la modi fi cación a que se re fi ere el artículo precedente en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1740265-1