TEXTO PAGINA: 38
38 NORMAS LEGALES Martes 12 de febrero de 2019 / El Peruano denominado “Reconocimiento de mayoría de acciones de bien mueble – vehículo” suscrito por la señora Febe Nohemí Quispe Maque en el cual se consigna que la cantidad que cada copropietario aporto para el pago del vehículo, el referido documento no ha sido presentado en copia legalizada, conforme a lo regulado en el Reglamento, que dispone en su artículo 25 y numerales respectivos, que los documentos que se presenten y que sirvan para acreditar: licencia sin goce de haber, renuncia al cargo, relación laboral, el tiempo de domicilio requerido, entre otros aspectos, deben ser copias legalizadas o documentos con fecha cierta, ello también se condice con lo estipulado en el artículo 245 del Código Procesal Civil. Es decir, los citados documentos producirán eficacia jurídica como tal en el proceso cuando cumplan con los requisitos legales previamente establecidos para generar convicción. 12. Por lo cual, este hecho no lo exime de la obligación electoral, pues en su oportunidad debió ser diligente y consignar dicha información en su declaración jurada de hoja de vida, en tanto deber que tiene que cumplir todo ciudadano que busca acceder a un cargo público de elección popular. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Lourdes Chinchero Parisayla, personera legal titular de la organización política Movimiento Regional Tawantinsuyo, y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 00772-2018-JEE-CNCH/JNE, del 29 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Canchis, que dispone la exclusión del ciudadano Fredy Mendigure Quirita, candidato a la alcaldía para el Concejo Distrital de San Pablo, provincia de Canchis, departamento de Cusco, por la referida organización política, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1740072-3 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Islay, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN Nº 2692-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00762 ISLAY - AREQUIPACONVOCATORIA DE CANDIDATO NOPROCLAMADOLICENCIA Lima, cinco de setiembre de dos mil dieciocho. VISTO el O fi cio Nº 137-2018-MPI/SG, recibido el 27 de agosto de 2018, presentado por el secretario general de la Municipalidad Provincial de Islay, departamento de Arequipa, mediante el cual se comunica la licencia, sin goce de haber, que fue concedida al regidor José Alfredo Álvarez Sánchez. CONSIDERANDOS1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 10 de junio de 2018 (fojas 5), José Alfredo Álvarez Sánchez, regidor del Concejo Provincial de Islay, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 037-2018-MPI, del 31 de julio de dicho año (fojas 3 y 4), la que se hará efectiva a partir del 7 de setiembre del presente año. 6. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), para completar el número de miembros del citado concejo municipal, corresponde convocar a los regidores suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar sufi cientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. 7. En ese sentido, resulta procedente convocar a Elva María Aguilar Mamani, identi fi cada con DNI Nº 71414886, candidata no proclamada de la organización política Integración Islay, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a José Alfredo Álvarez Sánchez, regidor del Concejo Provincial de Islay, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Elva María Aguilar Mamani, identi fi cada con DNI Nº 71414886, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Islay, departamento de Arequipa,