Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2019 (27/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Jueves 27 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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del análisis para determinar las responsabilidades que correspondan contra los servidores que, por su conducta hubiesen originado la presencia o configuración de la causal de dicha Contratación Directa. Artículo 6º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo en el diario oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente acuerdo, y a la Gerencia Municipal remitir al Órgano el Control Institucional (OCI) de la Municipalidad Provincial de Barranca, copia del Acuerdo y del Informe técnico - legal, que dieron origen al presente Acuerdo. Artículo 7º.- PONER de conocimiento de la Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas, el presente acuerdo de concejo, para lo fines de Ley. Artículo 8º.- PUBLIQUESE, la presente norma local en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe. Dado en la Casa Municipal a los nueve días del mes de mayo del dos mil diecinueve. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICARDO R. ZENDER SANCHEZ Alcalde Provincial 1781870-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
Autorizan viaje de Regidores a China para participar en el "Carnaval del Patrimonio Cultural de la Humanidad de Guangdong Macau 2019"
ACUERDO MUNICIPAL Nº 044-2019-MPC Cusco, 17 de junio de 2019 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO. VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 17 de junio de 2019; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificatorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción; la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil y la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, mediante Directiva Nº 002­2011­OGA/MPC, aprobada por Resolución de Alcaldía 375 ­ 2011 ­ MPC, se estableció las normas para el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios de los funcionarios y

trabajadores de la Municipalidad del Cusco y la rendición de los gastos irrogados al erario público; Que, mediante documento con Exp. Nº 561 con fecha 5 de junio de 2019, Kuang Jikang, Alcalde de la ciudad de Kaiping, provincia de Guangdong, China, hace llegar la invitación al Dr. Víctor Germán Boluarte Medina ­ Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, a participar en el "Carnaval del Patrimonio Cultural de la Humanidad de Guangdong ­ Macau 2019", a desarrollarse en la ciudad de Kaiping, provincia de Guangdong, el 28 de junio de 2019 y a la vez para celebrar el 12º aniversario del nombramiento como Patrimonio de la Humanidad a "Torres Fortificadas y Villas de Kaiping"; Que, en la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 17 de junio de 2019, se dio cuenta de dicha invitación a participar en el "Carnaval del Patrimonio Cultural de la Humanidad de Guangdong ­ Macau 2019", a desarrollarse en la ciudad de Kaiping, provincia de Guangdong, el 28 de junio de 2019, para posteriormente pasar a debatir y aprobar la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en dicho evento y autorizar la participación de los señores Regidores de la Municipalidad Provincial del Cusco, Edson Julio Salas Fortón y Miguel Ángel Cabrera Quiñonez; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos específicos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por Mayoría; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en el "Carnaval del Patrimonio Cultural de la Humanidad de Guangdong ­ Macau 2019", a desarrollarse en la ciudad de Kaiping, provincia de Guangdong, China, el 28 de junio de 2019. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, el viaje al exterior de los señores Regidores de la Municipalidad Provincial del Cusco, Edson Julio Salas Fortón y Miguel Ángel Cabrera Quiñonez, para participar en el evento detallado en el artículo primero. Artículo Tercero.- PRECISAR, que los gastos de pasajes aéreos nacionales de los señores Regidores de la Municipalidad Provincial del Cusco, Edson Julio Salas Fortón y Miguel Ángel Cabrera Quiñonez, correrán por cuenta de la Municipalidad Provincial del Cusco. Los gastos de los pasajes aéreos internacionales, ruta Lima ­ Kaiping ­ Lima y demás gastos de estadía, serán cubiertos por la Municipalidad de Kaiping, provincia de Guangdong, China. Artículo Cuarto.- DISPONER, a Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan, para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Quinto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058­04­MC, de fecha 14 de junio de 2004, señores Regidores de la Municipalidad Provincial del Cusco, Edson Julio Salas Fortón y Miguel Ángel Cabrera Quiñonez, deberán emitir un informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos; debiendo además, efectuar la rendición de los gastos irrogados dentro del plazo establecido por Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR G. BOLUARTE MEDINA Alcalde 1781867-1

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