Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2019 (27/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Jueves 27 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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Sub Gerencia de Limpieza Pública y Maestranza, a fin de remitir el Proyecto de "Ordenanza que aprueba el Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Villa María del Triunfo ­ Programa EDUCCA 2019-2022"; Que, con Memorándum Nº 185-2019-SGLPYM/MVMT de fecha 16 de abril de 2019, la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Maestranza, solicita a la Sub Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, que el Proyecto de "Ordenanza que aprueba el Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Villa María del Triunfo ­ Programa EDUCCA 2019-2022 sea prepublicado en el portal institucional de la Municipalidad y aprobado posteriormente; Que, a través del Memorándum Nº 429-2019-SGSTIGAF/MVMT de fecha 20 de mayo de 2019, la Sub Gerencia de Sistemas y Tecnología de la Información, se dirige a la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Maestranza, a fin de comunicarle que la pre ­ publicación de la ordenanza se dio de alta en la página del portal de la municipalidad desde el día 24 de abril hasta esa fecha; asimismo, le informa que durante la pre ­ publicación no se presentó ninguna observación; Que, mediante Memorándum Nº 298-2019-SGLPYM/ MVMT de fecha 20 de mayo de 2019, la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Maestranza se dirige a la Sub Gerencia de Parques, Jardines y Ornato, a fin de solicitar la opinión técnica respecto del Proyecto de "Ordenanza que aprueba el Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Villa María del Triunfo ­ Programa EDUCCA 2019-2022"; Que, con Memorándum Nº 119-2019-SGPJO-GGA/ MVMT de fecha 22 de mayo de 2019, la Sub Gerencia de Parques, Jardines y Ornato, se dirige a la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Maestranza, a fin de emitir opinión técnica favorable respecto al Proyecto de "Ordenanza que aprueba el Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Villa María del Triunfo ­ Programa EDUCCA 2019-2022", señalando además que la ordenanza fortalecerá la educación ambiental en el distrito, mejorando la calidad de vida de la población, y precisando que se ha seguido los lineamientos normativos ambientales correspondientes; Que, a través del Informe Nº 145-2019-SGLPYM/ MVMT de fecha 22 de mayo de 2019, la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Maestranza se dirige a la Gerencia de Gestión Ambiental, a fin de que evalúe el Proyecto de "Ordenanza que aprueba el Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Villa María del Triunfo ­ Programa EDUCCA 2019-2022", añadiendo además que el Programa Municipal EDUCCA ha sido elaborado siguiendo los lineamientos establecidos en el instructivo aprobado por Resolución Ministerial Nº 456-2018-MINAM por lo que manifiesta su opinión favorable; Que, mediante el Informe Nº 066-2019-GGA/ MDVT de fecha 23 de mayo de 2019, La Gerencia de Gestión Ambiental se dirige a la Gerencia Municipal, a fin de remitir el Proyecto de "Ordenanza que aprueba el Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Villa María del Triunfo ­ Programa EDUCCA 2019-2022", para realizar la evaluación correspondiente, precisando que ante la problemática del distrito de Villa María del Triunfo, resulta necesario priorizar la promoción de buenas prácticas ambientales respecto al manejo de residuos sólidos y los demás componentes en el medio ambiente. Asimismo, precisa que se cuenta con una ley especial de publicación de proyectos, la cual está prevista en el art. 39º del Decreto Supremo Nº 002-MINAM, la cual señala que en los proyectos de normas en asuntos ambientales se publicará un aviso en el diario oficial El Peruano y el cuerpo completo en el portal institucional en un periodo de 10 días. Sin embargo, la citada Gerencia de Gestión Ambiental, precia también que el proyecto de Ordenanza Municipal se enmarca dentro de los supuestos de excepción previstos en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General establecida en el numeral 3.2 del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, por cuanto la problemática ambiental en el distrito de Villa

María del Triunfo ha generado como consecuencia que durante el mes de diciembre del año 2018, el distrito haya sido declarado en emergencia ambiental por el MINAM mediante Resolución Ministerial Nº 437-2018-MINAM; Que, con Memorándum Nº 843-2019-GM/MVMT de fecha 24 de mayo de 2019, la Gerencia Municipal, remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proyecto de "Ordenanza que aprueba el Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Villa María del Triunfo ­ Programa EDUCCA 2019-2022", a fin de emitir la opinión legal correspondiente; Que, a través del Informe Nº 271-2019-GAJ/MVMT de fecha 27 de mayo del 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica comunica a la Gerencia Municipal su opinión favorable sobre la aprobación de la "Ordenanza que aprueba el Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Villa María del Triunfo ­ Programa EDUCCA 2019-2022, señalando además que se requiere la celeridad de la aprobación de la ordenanza para obtener la satisfacción del interés público en el ámbito ambiental; Estando a lo expuesto, así como al Dictamen Nº 004-2019 de la Comisión de Servicios a la Ciudadanía, Gestión Ambiental, Seguridad Ciudadana y Tránsito, de conformidad a lo dispuesto en los numerales 7) y 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por unanimidad, y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANIA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO 2019-2022 Artículo Primero.- Aprobar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad de Villa María del Triunfo para el período 2019-2022, Programa Municipal EDUCCA-MVMT 20192022, cuyo contenido es parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Gestión Ambiental, Sub Gerencia de Limpieza Pública y Maestranza, la Sub Gerencia de Parques Jardines y Ornato, la implementación de la presente Ordenanza por parte de todas las instancias y dependencias de la municipalidad para lo cual aprobará Planes de Trabajo Anuales como Instrumento de priorización, contextualización y formalización de las actividades necesarias y posibles para asegurar cada año la implementación gradual del Programa Municipal de EDUCCA-MVMT 2019-2022. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, asignar anualmente recursos para la implementación del Plan de Trabajo correspondiente, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental, la convocatoria de la participación activa del conjunto de instituciones y organizaciones locales, identificadas vía el Sistema Local de Gestión Ambiental (Comisión Ambiental Municipal ­ CAM, Grupo Técnico), en la implementación del Programa Municipal EDUCCA-MVMT 2019-2022. Dicha participación comprende su intervención en las actividades y tareas, como también las capacidades y responsabilidades que puedan comprometer a cada Plan de Trabajo Anual. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental junto con la Subgerencia de Limpieza Pública y Maestranza la realización anual de una evaluación y reporte público de los resultados de cada Plan de Trabajo, como mecanismo para hacer ajustes de proceso y mejoras en el Plan de Trabajo del año siguiente. Al final de cada período de gobierno corresponde hacer una evaluación y reporte público de los resultados logrados con el Programa Municipal EDUCCA VMT 2019-2022, así como proceder a su actualización o reformulación; Artículo Sexto.- Comunícar al Ministerio del Ambiente la publicación de la presente Ordenanza para los fines de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local,

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