Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2019 (28/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Viernes 28 de junio de 2019

NORMAS LEGALES
DEBE DECIR:

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dietas procede por asistencia efectiva a dos (02) sesiones ordinarias convocadas y ejecutadas al término de cada mes, aun se programe un número mayor de sesiones, equivalente al 30% del sueldo del Alcalde; Que, el presente ha sido puesto en consideración del Concejo Municipal en sesión ordinaria de concejo Nº 062019 Realizada el 27 de marzo del 2019, en la que el pleno del concejo, en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto UNANIME de sus miembros; ACUERDA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 006-2019-MDVOCM de fecha 31 de enero del 2019, mismo que quedará redactado de la siguiente manera: DICE: Artículo Primero, FIJAR la remuneración del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital Veintiséis de Octubre en S/ 5,200.00 (Cinco mil doscientos y 00/100 soles) mensuales y las Dietas de los Regidores en S/ 1 560.00 (mil quinientos sesenta soles), correspondiente a dietas máximas por asistencia efectiva a 04 sesiones ordinarias, equivalente al 30% del sueldo del señor Alcalde;

Artículo Primero.- FIJAR la remuneración del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital Veintiséis de Octubre en S/ 5,200.00 (Cinco mil doscientos y 00/100 soles) mensuales y las Dietas de los Regidores en S/ 1 560.00 (mil quinientos sesenta soles); cuyo pago de dietas procede por asistencia efectiva a dos (02) sesiones ordinarias convocadas y ejecutadas al término de cada mes, aún se programe un número mayor de sesiones, equivalente al 30% del sueldo del Alcalde. Artículo Segundo.- DEJAR subsistente todo lo demás que contiene el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 006-2019-MDVO-CM de fecha 31 de enero del 2019. Artículo Tercero.- DISPONER a la Oficina de Secretaria General, la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, y su distribución a las unidades orgánicas de la municipalidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Planeamiento, Informática y Estadística, su publicación en la página Web http://muniveintiseisdeoctubre.gob.pe/ de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y notífiquese. DARWIN GARCIA MARCHENA Alcalde 1783137-1

PROYECTO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Proyecto de resolución que aprueba la Actualización del Plan Quinquenal de Inversiones 2018 - 2022, los factores de reajuste tarifario y el valor de la alícuota aplicable a las Tarifas Únicas de Distribución aprobadas para la concesión de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 122-2019-OS/CD Lima, 27 de junio de 2019 VISTOS: Los Informes Técnicos N° 315-2019-GRT y N° 3162019-GRT, elaborados por la División de Gas Natural y el Informe Legal N° 317-2019-GRT elaborado por la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante "Osinergmin"). CONSIDERANDO: Que, la función reguladora de Osinergmin se encuentra reconocida en el Artículo 3 de la Ley N° 27732, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. Dicha función, exclusiva del Consejo Directivo, comprende la facultad de fijar, mediante resoluciones, las tarifas de los servicios bajo su ámbito de competencia y en observancia de los principios previstos en las legislaciones sectoriales vigentes; Que, en el literal q) del Artículo 52 del Reglamento General de Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, se establece la obligación del Regulador de fijar, revisar y modificar las tarifas y compensaciones por el servicio de distribución de gas natural por red de ductos; Que, en el marco de lo dispuesto en el literal e) del Artículo 63c del Texto Único Ordenado (en adelante "TUO") del Reglamento de Distribución de Gas Natural por red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0402008-EM y sus modificatorias, la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. (en adelante "Cálidda") presentó al Ministerio de Energía y Minas y a Osinergmin su solicitud de Actualización de Plan Quinquenal de Inversiones para el periodo 2018 ­ 2022, el cual fue previamente aprobado mediante Resolución N° 055-2018-OS/CD, modificada con Resolución N° 098-2018-OS/CD; Que, la referida propuesta de actualización ha sido evaluada por este Organismo conforme a lo dispuesto en el Artículo 63c del mencionado reglamento, habiéndose verificado que la misma cumple con los requisitos, criterios y contenido mínimo previstos en el mencionado artículo; correspondiendo por tanto que la misma sea aprobada conforme a los requisitos y mecanismos de participación previstos en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; Que, adicionalmente, corresponde determinar los factores de reajuste tarifario respectivos, los cuales serán aplicados a las Tarifas Únicas de Distribución (TUD) vigentes a efectos de que las tarifas resultantes reconozcan las nuevas inversiones que deberá ejecutar la empresa Cálidda como resultado de la Actualización de su Plan Quinquenal de Inversiones 2018 - 2022; Que, asimismo, dado que la aplicación de los factores de reajuste tarifario mencionados impactará en el valor de la alícuota (porcentaje) de la TUD que se destina para el funcionamiento del Mecanismo de Promoción a través del cual se otorgan descuentos en los costos de conexión a los consumidores de determinados sectores vulnerables; corresponde que conjuntamente con los factores de ajuste se determine el nuevo valor de la alícuota aplicable a la TUD reajustada, a efectos de garantizar que se recauden

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