Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2019 (07/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Jueves 7 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
SUBCAPÍTULO V AUXILIARES DE SEGUROS

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documentado en lo referido a la experiencia laboral y/o conocimientos en seguros. El gerente general, quien actúa como representante legal en todos aquellos actos que guarden relación directa con la actividad de intermediación de reaseguros, debe reunir los siguientes requisitos: a) Ser residente legal domiciliado en el país; b) Contar con formación superior concluida (profesional o técnica), para lo cual, debe presentar el diploma o título correspondiente, cuando no sea posible validarla con información en línea, y c) Certificados de estudios, otorgados por centros de enseñanza, que acrediten formación en las especialidades de seguros y reaseguros, con un mínimo de cien (100) horas lectivas; y/o certificado que acredite experiencia laboral en seguros y/o reaseguros, no menor de tres (3) años, obtenida dentro de los cinco (5) años anteriores a la presentación de la solicitud de inscripción en el Registro. 4. Indicar el número del Documento Nacional de Identidad de los socios, accionistas, directores, y gerentes de la persona jurídica y, en caso sean extranjeros, deben presentar el Carné de Extranjería o copia del pasaporte extranjero, según corresponda. 5. Declaración jurada de los accionistas, socios, directores y gerentes de no encontrarse incursos en los impedimentos señalados en el artículo 12 del presente Reglamento. 15.3. Las empresas corredoras de reaseguros extranjeras deben presentar el formato al que se hace referencia en el párrafo 15.1 y la siguiente documentación: 1. Certificado expedido por la autoridad competente del país de origen, emitido dentro de los noventa (90) días anteriores a la presentación de la solicitud, que incorpore la siguiente información sobre la persona jurídica: a) Fecha de inicio de las actividades, la cual no puede ser menor a tres (3) años; b) Ramos de seguros en los que puede operar; y, c) Si cuenta con autorización para intermediar la colocación de riesgos cedidos desde el extranjero. 2. Memoria Anual más reciente, la cual debe contener información financiera auditada. 3. Copia del estatuto social o su equivalente, con la certificación de la vigencia expedida por la autoridad competente del país de origen. 4. Curriculum vitae del representante legal, documentado en lo que se refiere a la experiencia laboral y/o conocimientos en seguros. El representante legal debe reunir los siguientes requisitos: a) Ser residente legal domiciliado en el país; b) Contar con formación superior concluida (profesional o técnica), para lo cual debe presentar el diploma o título correspondiente, cuando no sea posible validarla con información en línea; y, c) Certificados de estudios, otorgados por centros de enseñanza, que acrediten formación en la especialidad de seguros y reaseguros, con un mínimo de cien (100) horas lectivas; o certificados que acrediten experiencia laboral en seguros y/o reaseguros, no menor de tres (3) años, obtenida dentro de los cinco (5) años anteriores a la presentación de la solicitud de inscripción en el Registro. 5. Indicar el número de ficha o partida registral y oficina registral del poder otorgado al representante legal para que ejerza la representación de la empresa. 6. Indicar el número del Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería del representante legal o copia del pasaporte extranjero, según corresponda. 7. Declaración jurada del representante legal de no encontrarse incurso en los impedimentos señalados en el artículo 12 del presente Reglamento.

Artículo 16. Requisitos para la inscripción de los auxiliares de seguros 16.1 Para la inscripción de auxiliares de seguros en el Registro se debe presentar una solicitud, en el formato proporcionado por la Superintendencia, indicando si van a operar en seguros generales y/o en seguros marítimos, adjuntando la documentación correspondiente. 16.2 Las personas naturales que hayan aprobado la evaluación de competencias deben presentar el formato al que se hace referencia en el párrafo 16.1 y la siguiente documentación: 1. Curriculum vitae actualizado. 2. Declaración jurada de no encontrarse incurso en los impedimentos señalados en el artículo 12 del presente Reglamento. 3. En el caso de ajustadores de siniestros, los Manuales de políticas y procedimientos para la Atención de Siniestros. En la elaboración de dichos manuales se debe considerar lo siguiente: a) El contenido debe ser proporcional al nivel de operaciones proyectado para los dos (2) primeros años. b) No son exigibles cuando el solicitante demuestre que una vez inscrito en el Registro será auxiliar exclusivo de una empresa auxiliar de seguros. Para ello, se debe presentar la constancia emitida por la empresa auxiliar de seguros que acredite su futura condición de auxiliar exclusivo. 16.3 Las personas jurídicas deben presentar el formato al que se hace referencia en el párrafo 16.1 y la siguiente documentación: 1. Proyecto de minuta de constitución social consignando como objeto social exclusivo la prestación de servicios de ajuste de siniestros y/o peritaje de seguros y otros relacionados con los servicios señalados, con un capital social íntegramente suscrito y pagado en efectivo no menor de cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de presentación de la solicitud. 2. Curriculum vitae actualizado del gerente general, quien debe estar inscrito y encontrarse hábil en el Registro como ajustador de siniestros y/o perito de seguros, en la actividad para la que se solicita autorización de inscripción. 3. En caso el accionista o socio de la persona jurídica que solicita la inscripción sea también una persona jurídica, debe presentar copia certificada del acuerdo del órgano social competente donde aprueba su participación como accionista o socio. 4. Declaración jurada de los accionistas, socios, directores, y gerentes, de no encontrarse incursos en los impedimentos señalados en el artículo 12 del presente Reglamento. 5. Indicar el número de Documento Nacional de Identidad de los socios, accionistas, directores y gerentes de la persona jurídica y cuando sean extranjeros, deben presentar el Carné de Extranjería o copia del pasaporte extranjero, según corresponda. 6. En el caso de ajustadores de siniestros, los Manuales de políticas y procedimientos para la atención de siniestros. 16.4 La empresa auxiliar de seguros puede solicitar la inscripción en actividades no autorizadas a su gerente general, si cuenta con un auxiliar exclusivo autorizado para realizar dichas actividades. SUBCAPÍTULO VI EMPRESAS DE REASEGUROS DEL EXTERIOR Artículo 17. Requisitos para la inscripción de empresas de reaseguros del exterior

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