Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2019 (07/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de marzo de 2019 /

El Peruano

14.1 Para la inscripción de corredores de seguros en el Registro se debe presentar una solicitud, en el formato proporcionado por la Superintendencia, indicando los ramos en que van a operar y con la documentación correspondiente. 14.2 Las personas naturales que hayan aprobado la evaluación de competencias deben presentar el formato al que se hace referencia en el párrafo 14.1 y la siguiente documentación: 1. Curriculum vitae actualizado. 2. Declaración jurada de no encontrarse incurso en los impedimentos señalados en el artículo 12 del presente Reglamento. 3. Un ejemplar del Código de Conducta o indicar la adhesión a uno gremial, el que debe estar basado en principios que observen el cumplimiento de las obligaciones con los contratantes y/o asegurados, así como las relaciones con otros corredores de seguros, ajustadores de seguros y las empresas de seguros. 4. Manuales de políticas y procedimientos referidos a los siguientes aspectos: a) La oferta de sus servicios a los potenciales contratantes de seguros. b) La asesoría, contratación y gestión del seguro en todas sus etapas. c) Prácticas de negocio en su relación con los contratantes y/o asegurados, respecto de la intermediación de productos de seguros, la transparencia de información y la gestión de reclamos y requerimientos. d) La gestión de siniestros. 5. Manuales de políticas y procedimientos relacionados con el sistema de atención al usuario. 6. Manuales de políticas y procedimientos relacionados con el cumplimiento del Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. 14.3 En el caso de la documentación señalada en los numerales 3, 4, 5 y 6 se debe considerar lo siguiente: 1. El contenido debe ser proporcional al nivel de operaciones proyectado para los dos (2) primeros años. 2. No son exigibles cuando el postulante demuestre que, una vez inscrito en el Registro, será corredor exclusivo de una empresa corredora de seguros. Para ello, debe presentar la constancia emitida por dicha empresa corredora de seguros que acredite su futura condición de corredor exclusivo. 14.4 Las personas jurídicas deben presentar el formato al que se hace referencia en el párrafo 14.1 y la siguiente documentación: 1. Proyecto de minuta de constitución social, consignando como objeto social la prestación de servicios de intermediación, asesoría en seguros y otros relacionados con los servicios señalados, así como aquellos otros servicios que les sean facultados normativamente. Asimismo, debe consignarse como capital social íntegramente suscrito y pagado en efectivo, un monto no menor de cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias vigentes al momento de la solicitud. 2. Curriculum vitae actualizado del gerente general, quien actúa como representante legal en todos aquellos actos que guarden relación directa con la actividad autorizada. El gerente general debe reunir los siguiente requisitos: a) Ser residente legal domiciliado en el país; b) Ser corredor de seguros autorizado en los ramos para los cuales la empresa corredora de seguros solicita autorización de inscripción; y , c) Tener tres (3) años de experiencia como corredor de seguros o contar con experiencia en el área técnica de una empresa de seguros o empresa corredora de seguros, en el ramo que solicita la inscripción la persona jurídica.

La experiencia en el área técnica no debe ser menor a tres (3) años, dentro de los cinco (5) años anteriores a la presentación de la solicitud de inscripción. 3. Curriculum vitae actualizado de los gerentes, el que debe contener la acreditación de la idoneidad técnica requerida en la normatividad vigente. 4. En caso el accionista o socio de la persona jurídica que solicita la inscripción sea también una persona jurídica, debe presentar copia certificada del acuerdo del órgano social competente donde aprueba su participación como accionista o socio, copia del Estatuto y memoria institucional correspondiente al último ejercicio. 5. Declaración Jurada de los accionistas, socios, directores y gerentes de no encontrarse incursos en los impedimentos señalados en el artículo 12 del presente Reglamento. 6. Relación de los gerentes de la empresa. 7. Indicar el número del Documento Nacional de Identidad de los socios, accionistas, directores, y gerentes de la persona jurídica y, en caso sean extranjeros, el Carné de Extranjería o copia del pasaporte extranjero, según corresponda. 8. Plan de negocios, indicando mercado objetivo y descripción de las principales operaciones y servicios a desarrollar en el país. 9. Un ejemplar del Código de Conducta o indicar la adhesión a uno gremial, el que debe estar basado en principios que observen el cumplimiento de las obligaciones con los contratantes y/o asegurados, así como las relaciones con otros corredores de seguros, ajustadores de seguros y las empresas de seguros. 10. Manuales de políticas y procedimientos referidos a los siguientes aspectos: a) La oferta de sus servicios a los potenciales contratantes de seguros. b) La asesoría, contratación y gestión del seguro en todas sus etapas. c) Prácticas de negocio en su relación con los contratantes y asegurados, respecto de la intermediación de productos de seguros, la transparencia de información y la gestión de reclamos y requerimientos. d) La gestión de siniestros. 11. Manuales de políticas y procedimientos relacionados con el sistema de atención al usuario. 12. Manuales de políticas y procedimientos relacionados con el cumplimiento del Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. SUBCAPÍTULO IV CORREDORES DE REASEGUROS Artículo 15. Requisitos para la inscripción de los corredores de reaseguros 15.1 Para la inscripción de corredores de reaseguros en el Registro se debe presentar una solicitud en el formato proporcionado por la Superintendencia, adjuntando la documentación correspondiente. 15.2 Las empresas corredoras de reaseguros nacionales deben presentar el formato al que se hace referencia en el párrafo 15.1 y la siguiente documentación: 1. Proyecto de minuta de constitución social, consignando como objeto social exclusivo la prestación de servicios de intermediación de reaseguros. Asimismo, debe consignarse como capital social, íntegramente suscrito y pagado en efectivo, un monto en soles no menor al equivalente de sesenta mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 60 000), vigente a la fecha de la presentación de la solicitud. 2. Estudio de Factibilidad, indicando mercado objetivo y descripción de las principales operaciones y servicios a desarrollar en el país. 3. Curriculum vitae del gerente general,

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