Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2019 (07/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Jueves 7 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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de Sangayaico, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Henrry Reyner Choque Araujo, identificado con DNI Nº 45601711, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Sangayaico, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándole la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Flor Ermelinda Miranda Arcos, identificada con DNI Nº 70557718, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Francisco de Sangayaico, provincia de Huaytará, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándole la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO

pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. Del término del periodo de la licencia sin goce de haber 4. El artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). Del caso concreto

ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General
ALCALDE

5. Mediante el Oficio Nº 0285-2018-MDO/A-VRAEM, del 12 de setiembre de 2018, Wilfredo Lizana Villanueva, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ongoy, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac, puso en conocimiento que dicha comuna otorgó las siguientes licencias sin goce de haber, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018:
SOLICITUD Licencia 30 días Fecha 8.06.2018 Fojas Ver nota1* ACUERDO DE CONCEJO N.° Fecha Fojas 022-2018-CM23.07.2018 2 a 4 MDO ACUERDO DE CONCEJO Fojas Ver nota* Ver nota* N.° Fecha Fojas 023-2018-CM23.07.2018 5 y 6 MDO 024-2018-CM23.07.2018 7 y 8 MDO

1747206-7

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de la Municipalidad Distrital de Ongoy, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac
RESOLUCIÓN Nº 3099-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00886 ONGOY - CHINCHEROS - APURÍMAC CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veinticuatro de setiembre de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 0285-2018-MDO/A-VRAEM, del 12 de setiembre de 2018, presentado por Wilfredo Lizana Villanueva, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ongoy, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac, mediante el cual comunicó las licencias sin goce de haber concedidas a su persona, así como a los regidores de dicha comuna Frudel Ricra Quispe y Valentín Ccenhua Elices, con motivo de su participación en el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. De las elecciones regionales y municipales 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no

Wilfredo Lizana Villanueva

REGIDORES Frudel Quispe Ricra

SOLICITUD Licencia Fecha

30 días 15.06.2018

Valentín Ccenhua 30 días 31.05.2018 Elices

De la licencia al alcalde 6. De los documentos que obran en autos, se aprecia que el alcalde, Wilfredo Lizana Villanueva, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el acuerdo de concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación del artículo 24, primer párrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al segundo regidor, Fredy Quispe Porras, identificado con DNI Nº 40726820, para que asuma inmediatamente, por encargatura, las funciones de alcalde, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre del presente año. De la licencia de los regidores 7. De la revisión de los documentos que obran en autos, se aprecia que los regidores Frudel Ricra Quispe y Valentín Ccenhua Elices presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la LOM, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a los siguientes candidatos no proclamados, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorporará a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. En ese sentido, resulta procedente convocar a:

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