Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2019 (07/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de marzo de 2019 /

El Peruano

7. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido por el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Vianne Lidia Ccaccro Velazque, identificada con DNI Nº 41449232, candidata no proclamada de la organización política Musuq Ñan, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huamanga, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Julio César Coz Torre, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tambo, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a David Cruz Carbajal, identificado con DNI Nº 28694739, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Tambo, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándole la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Vianne Lidia Ccaccro Velazque, identificada con DNI Nº 41449232, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Tambo, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándole la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1747206-6

CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. En tal orden de ideas, si bien es cierto no obra en los presentes autos la solicitud de licencia sin goce de haber, por treinta (30) días, presentada por el alcalde Wilmer Godofredo Cabrera Huamaní, no es menos cierto que de la información obrante en la Plataforma Electoral ERM 2018, del portal electrónico del Jurado Nacional de Elecciones, se aprecia que su candidatura ha sido inscrita mediante resolución de fecha 25 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaytará. Por tanto, en atención al derecho a la participación política, consagrado en el artículo 31 de nuestra Carta Magna y, además, a los plazos perentorios que establece la normativa que regula el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, no es necesario requerir la presentación de dicha solicitud. 6. Por lo demás, se aprecia que mediante Acuerdo de Concejo Nº 38-2018-MDSFS/A1, de fecha 4 de setiembre de 2018 (fojas 2 a 4), la licencia fue concedida al mencionado alcalde por el lapso de 30 días, comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 7. Por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 1 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al primer regidor Henrry Reyner Choque Araujo, identificado con DNI Nº 45601711, para que asuma por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 8. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido por el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Flor Ermelinda Miranda Arcos, identificada con DNI Nº 70557718, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional Ayni, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huaytará, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Wilmer Godofredo Cabrera Huamaní, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Francisco

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Sangayaico, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica
RESOLUCIÓN Nº 3096-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00830 SAN FRANCISCO DE SANGAYAICO - HUAYTARÁ HUANCAVELICA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veintiuno de setiembre de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 116-2018-.MDSS/alc., del 10 de setiembre de 2018, presentado por Wilmer Godofredo Cabrera Huamaní, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Sangayaico, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, mediante el cual comunica la solicitud de licencia por 30 días, sin goce de haber, que le fue concedida con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

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