Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2019 (08/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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NORMAS LEGALES

Viernes 8 de marzo de 2019 /

El Peruano

Que, mediante Informe N° 0012-2018-PPM/MDLP de fecha 24 de abril del 2018,el Procurador Público Municipal, hace de conocimiento a la Gerencia Municipal que en relación a la denuncia efectuada por la presunta comisión del delito contra el patrimonio-hurto- en agravio de la Municipalidad de la Perla, el ministerio público ha dispuesto el archivo de la denuncia toda vez que la declaración testimonial del Sub gerente de Ornato y Anuncios no ha sido corroborado con otro elemento de prueba que crea convicción sobre la comisión de los hechos denunciados; Que, mediante Memorándum N° 249-2018 GM-MDLP de fecha 27 de abril del 2018, la Gerencia Municipal deriva los actuados a la Sub Gerencia de Recurso Humanos a fin que se realice la investigación preliminar; y, a través del Memorándum N° 277-2018-SGRH-GAF/MDLP de fecha 22.05.2018, la Sub. Gerencia de Recurso Humanos remite a Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos, el expediente en mención. Que, mediante Informe N° 47-2018-ST-PAD/SGRH/ MDLP, de fecha 12 de julio del 2018, la Secretaria Técnica solicita información a la gerencia de Seguridad Ciudadana, a fin que proporcione información, de quienes se encontraban a cargo del resguardo de dicho local el día de los hechos y quiénes eran los jefes superiores inmediatos de dichos servidores y si los serenos David Daniel Estrada Ortega, Miguel Ángel Mantilla Becerra se encontraban laborando el día de los hechos; pese al tiempo transcurrido tampoco se obtuvo respuesta alguna; Que, mediante Informe N° 045-2018-ST-PAD/SGRH/ MDLP de fecha 12 de julio del 2018, la Secretaria Técnica solicita información al servidor Eduardo Manuel Piña Ponce, que en su calidad de ex Sub Gerente de Ornato y Anuncios informe sobre los hechos ocurridos el 18.12.2018, sin embargo, a la fecha no se obtuvo respuesta, pese al tiempo transcurrido; Que, mediante Memorándum N° 457-2018-SGRH/ GAF-MDLP de fecha 24 de julio del 2018, la Sub. Gerencia de Recurso Humanos, remite el informe escalafonario de los servidores Víctor Jesús Sánchez de los Ríos, Sub Gerente de Serenazgo, y de los serenos David Daniel Estrada Ortega y Miguel Ángel Mantilla Becerra al requerimiento de la Secretaria Técnica efectuado mediante Informe N° 049-2018-ST-PAD/SGRH/MDLP, de fecha 12 de julio del 2018; Que, mediante Informe N° 365-2018-SGDEYPIGDU/MDLP de fecha 18 de julio 2018, la Sub Gerencia

de Desarrollo Económico y Promoción de la Inversión, informa que el Sr. Eduardo Manuel Piña Ponce no efectuó entrega de cargo y que su antecesora niega haber recibido cargo alguno, adjunta acta de entrega de cargo de recepción, listado de expedientes, así como adjunta copia del informe N° 047-2017-SGDEYPIGDU-MDLP de fecha 25.01.2017, en la que indica que el referido servidor no efectuó entrega de cargo, no haciendo mayor aporte a la investigación que viene efectuando la Secretaría Técnica por el hurto de bienes municipales; Que, mediante Memorándum N° 065-2019-SGRH/ GAF-MDLP de fecha 21 de enero del 2019, la Sub Gerencia de Recursos Humanos emite el informe escalafonario del servidor Eduardo Manuel Piña Ponce, en la que aparece que al momento de los sucesos era el responsable de dicha Sub gerencia adjuntando la Resolución de Alcaldía N° 0028-2015ALC/MDLP de fecha 01.01.2015, en la que se le designa en el cargo de Sub. Gerente de Ornato y Anuncios de la Municipalidad y Resolución de Alcaldía N° 761-2015 de fecha 24.12.2015, en la que se le designa como Sub. Gerente de Ornato y Anuncios de la Municipalidad de la Perla; Que, el Informe Técnico N° 008-2019-STPAD/SGRHMDLP de fecha 22 de enero del 2019, de la Secretaría Técnica P.A.D. recomienda a la Sub. Gerencia de Recursos Humanos, se inicie el procedimiento administrativo disciplinario contra el ex servidor CAS - señor Eduardo Manuel Piña Ponce, en su condición de ex - Sub Gerente de Ornato y Anuncios de la Municipalidad de la Perla. Que, mediante Informe N° 099-2018-SGRH-GAF/ MDLP de fecha 23 de enero de 2019, de la Sub Gerencia de Recursos Humanos recomienda a la Gerencia de Desarrollo Urbano, inicie el procedimiento administrativo disciplinario contra el ex servidor CAS - señor Eduardo Manuel Piña Ponce, en su condición de ex - Sub Gerente de Ornato y Anuncios de la Municipalidad de la Perla. Asimismo, a fin de re direccionar el presente proceso, el mismo deberá pasar al órgano instructor - Gerencia de Desarrollo Urbano, a fin de que se emita la resolución de inicio del procedimiento administrativo disciplinario, debiendo de notificarse al ex servidor, otorgándole el plazo de 5 días hábiles para que efectúe su descargo correspondiente, debiendo el órgano instructor culminar con emitir y notificar el informe donde se pronuncie sobre la existencia o no de la falta;

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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