Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2019 (09/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Sábado 9 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
PACAIPAMPA - AYABACA - PIURA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA

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3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución N° 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Ahora bien, el 30 de mayo de 2018, Fernando Emilio Rivas Rosas, regidor de la Municipalidad Provincial de Camaná, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber ante la mencionada entidad edil. 6. Dicha licencia le fue concedida mediante Acuerdo de Concejo N° 058-2018-MPC-A, del 12 de junio de 2018 (fojas 2), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre del mismo año. 7. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Jhonattan Gerald Dávila López, identificado con DNI N° 45350913, candidato no proclamado de la organización política Juntos por el Desarrollo de Arequipa, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Camaná, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Fernando Emilio Rivas Rosas, regidor de la Municipalidad Provincial de Camaná, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Jhonattan Gerald Dávila López, identificado con DNI N° 45350913, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor de la Municipalidad Provincial de Camaná, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1748196-17

Lima, veintiocho de setiembre de dos mil dieciocho. VISTOS los Oficios Nº 394-2018-MDP-A y Nº 396-2018-MDP-A, presentados el 10 y 12 de setiembre de 2018 por Oscar Martín Ruiz Guevara y Rubén Darío Calle Calle, secretario general y alcalde encargado, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, mediante los cuales se comunicó la licencia, sin goce de haber que fue concedida a Juan Manuel García Carhuapoma, alcalde titular de la mencionada comuna. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución N° 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Mediante el Oficio N° 394-2018-MDP-A del 10 de setiembre de 2018 (fojas 1), presentado por Oscar Martín Ruiz Guevara, secretario general de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, se informó a este órgano colegiado que por Resolución de Alcaldía N° 250-2018-MDP-A, de fecha 14 de junio de 2018 (fojas 3 y 4), se otorgó licencia sin goce de haber por 30 días al burgomaestre de dicha comuna para participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, a cuyo efecto el Concejo Municipal, en la Sesión Extraordinaria de fecha 14 de agosto de 2018 (fojas 2), acordó encargar el despacho de la alcaldía al primer regidor Rubén Darío Calle Calle. 6. Al respecto, se verifica en el enlace "Consulta de expedientes y resoluciones jurisdiccionales" del Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes ERM 2018 del portal institucional de Jurado Nacional de Elecciones, que con fecha 7 de junio de 2018, Juan Manuel García Carhuapoma, alcalde titular de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, solicitó licencia sin goce de haber al concejo distrital para participar como candidato a alcalde de la Municipalidad Provincial de Ayabaca (Expediente N° ERM.2018009990). La licencia solicitada por el mencionado alcalde fue concedida por el Concejo Municipal de Pacaipampa a través de la sesión extraordinaria de fecha 14 de agosto de 2018, a cuyo efecto aprobaron también la encargatura del despacho de alcaldía al primer regidor Rubén Darío Calle Calle. 7. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada en sesión ordinaria, por lo que,

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidoras de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, provincia de Ayabaca, departamento de Piura
RESOLUCIÓN N° 3193-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00833

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