Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2019 (09/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de marzo de 2019 /

El Peruano

Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Provincial del Callao
RESOLUCIÓN N° 3166-2018-JNE Expediente N° J-2018-00168 CALLAO - CALLAO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veinticinco de setiembre de dos mil dieciocho. VISTOS el escrito del 24 de setiembre de 2018, presentado por Estelita Sonia Bustos Espinoza y el Oficio N° 1858-2018-MPC/SG, recepcionado el 25 de setiembre del presente año, remitido por el secretario general de la Municipalidad Provincial del Callao, que guardan relación con la solicitud de licencia de Juan Carlos Alvarado Gallardo, regidor del mencionado concejo provincial. ANTECEDENTES

que el mencionado ciudadano, a la fecha, no tiene la condición de candidato para estas Elecciones Regionales y Municipales 2018, conforme se aprecia en el enlace Plataforma Electoral ERM 2018, del portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Estelita Sonia Bustos Espinoza, identificada con DNI N° 10714036, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial del Callao. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Julio César Barrientos Sandoval, identificado con DNI N° 06265346, candidato no proclamado del movimiento regional Por Ti Callao, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial del Callao, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Este Supremo Tribunal Electoral, por Resolución N° 2568-2018-JNE, de fecha 29 de agosto de 2018, resolvió dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada a Julio César Barrientos Sandoval, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial del Callao y convocó a Estelita Sonia Bustos Espinoza, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del mencionado concejo, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándole la correspondiente credencial que la faculta como tal. Mediante escrito de fecha 24 de setiembre de 2018, Estelita Sonia Bustos Espinoza, señaló que en la actualidad es congresista de la República en ejercicio, por lo que no pude asumir el cargo de regidora dispuesto en la Resolución N° 2568-2018-JNE. El 25 de setiembre de 2018, el secretario general de la Municipalidad Provincial del Callao, informó que, con carta del 18 de setiembre del presente año, Julio César Barrientos Sandoval solicitó se reconsidere su nombramiento como regidor provincial, por haber sido excluido de la lista de candidatos a regidores por el movimiento regional Por Ti Callao, para las elecciones municipales del 7 de octubre del año en curso. CONSIDERANDOS 1. En el presente caso, este órgano electoral advierte que mediante la Resolución N° 2568-2018JNE, se convocó a Estelita Sonia Bustos Espinoza para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial del Callao, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 2. Sin embargo, al haberse acreditado que la mencionada ciudadana ha sido proclamada como congresista de la República para el periodo legislativo 2016-2021, conforme se observa en el artículo tercero de la Resolución N° 0660-2016-JNE, de fecha 30 de mayo de 2016, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada por este Supremo Tribunal Electoral, para que asuma el cargo de regidora. 3. En vista de lo expuesto, debe procederse conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, que establece que, para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales, se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. 4. En consecuencia, de conformidad con esta norma, corresponde convocar a Julio César Barrientos Sandoval, identificado con DNI N° 06265346, candidato no proclamado del movimiento regional Por Ti Callao, según el Acta de Proclamación de Resultados, de fecha 5 de noviembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Callao, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, teniendo en cuenta

SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1748196-9

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de José Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN N° 3175 2018-JNE Expediente N° J-2018-00244-C01 JOSÉ CRESPO Y CASTILLO - LEONCIO PRADO HUÁNUCO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiséis de setiembre de dos mil dieciocho. VISTO el Acuerdo de Concejo N° 056-2018-MDJCC-A, de fecha 3 de mayo de 2018, mediante el cual se declaró, por unanimidad, la suspensión de Javier Bardales Porta en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de José Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, por el tiempo que dure el mandato de detención, causal prevista en el artículo 25, numeral 3, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante los Oficios N° 207-2018-MDJCC-A y N° 277-2018-MDJCC-A, recibidos el 30 de mayo y 28 de junio de 2018 (fojas 1 y 12), Sandro Vásquez Tuesta, alcalde encargado de la Municipalidad Distrital de José Crespo y Castillo, remitió, entre otros documentos, una copia fedateada del Acuerdo de Concejo N° 056-2018-MDJCC-A, de fecha 3 de mayo del año en curso (fojas 3 y 4), con la cual se aprobó, por unanimidad,

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