Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2019 (09/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Jueves 9 de mayo de 2019 /

El Peruano

del SENASA de Costa Rica, para el mejoramiento de la calidad de insumos pecuarios y gestión de control de la calidad de parámetros de desempeño de medicamentos y productos veterinarios, con el propósito de prevenir, tratar y erradicar las enfermedades de los animales en la producción de alimentos, en beneficio de su población; Que, asimismo, en dicha actividad participarán las señoras Betsabé Rosa Saborio León y Lady Vanessa Pacheco Arrieta, ambas servidoras de nacionalidad costarricense del SENASA de la República de Costa Rica, a quienes se les brindará asistencia técnica y capacitación, en el marco del referido Proyecto; Que, los gastos por concepto de viáticos que irrogue el desplazamiento de las mencionadas servidoras de nacionalidad costarricense serán cubiertos con el presupuesto institucional de la APCI; Que, mediante Memorándum N° 0245-2019-APCI/ OGA, de 22 de marzo de 2019, la Oficina General de Administración de la APCI informa el importe de los viáticos a ser autorizados; asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante Memorándum N° 0127-2019-APCI/OPP, de 18 de marzo de 2019, otorgó la certificación de crédito presupuestario; Que, a través del Informe N° 0072-2019/APCI-OAJ, de 20 de marzo de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI, opinó que corresponde remitir la documentación para opinión del Ministerio de Relaciones Exteriores, a efectos de tramitar la aprobación de la autorización del gasto ascendente a S/ 3 840.00; Que, asimismo, mediante informe complementario N° 0048-2019-APCI/DGNI, de 8 de abril de 2019, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, informó que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de viáticos para las dos mencionadas servidoras de nacionalidad costarricense del SENASA de Costa Rica, a quienes se les brindará asistencia técnica y capacitación en Lima, Perú; Que, mediante los Memorándums (DCI) N° DCI00195/2019 y N° DCI00231/2019, de 26 de marzo y 11 de abril de 2019, respectivamente, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, indica que ha verificado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector, relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación, asimismo, ha remitido un informe técnico complementario y el plan anual de trabajo debidamente actualizado;

De conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010RE; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N.° 028-2007-RE, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, el gasto por concepto de viáticos para el desplazamiento al Perú de las señoras Betsabé Rosa Saborio León y Lady Vanessa Pacheco Arrieta, ambas servidoras de nacionalidad costarricense del Servicio Nacional de Salud Animal ­ SENASA de la República de Costa Rica, a quienes se les brindará asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la primera Actividad del Proyecto denominado "Cuantificación de los ingredientes activos de los medicamentos y productos veterinarios y gestión de calidad de los parámetros de desempeño, validación de ensayos e interlaboratoriales", a realizarse en la ciudad de Lima, República del Perú, del 12 al 16 de mayo de 2019, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Betsabé Rosa Saborio León Lady Vanessa Pacheco Arrieta Viáticos por día US$ 96.82 96.82 N° de días 5 5 Total US$ 484.10 484.10

Artículo 2°.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores, un informe detallado con posterioridad al cierre de la Actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización. Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1766722-1

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