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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2019 (28/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 28 de mayo de 2019 / El Peruano irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo la Unidad Ejecutora 01 del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES: Importe US$ Días Personas Total US$ Pasajes aéreos 1,821.22 X X 1 = 1,821.22 Viáticos 370.00 X 3 X 1 = 1,110.00 Artículo 3.- Disponer que el comisionado cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos y pasajes aéreos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1773374-2 Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 759-2019-IN Lima, 27 de mayo de 2019VISTOS, el O fi cio N° 591-2019-SUBCOMGEN PNP/ DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001337-2019/IN/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Circular 2019/74/OEC/CNET/ OC/RS/bl de fecha 21 de febrero de 2019, la Dirección de Delincuencia Organizada y Nuevas Tendencias Delictivas de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL), cursa invitación a la O fi cina Central Nacional INTERPOL Lima de la Policía Nacional del Perú, para participar en la “Conferencia Latinoamericana de INTERPOL sobre Delitos Relacionados con Vehículos”, organizada por la Unidad de Vehículos Motorizados Robados de INTERPOL (SMV) y la rama latinoamericana de IAATI (International Association of Auto Theft Investigators), a llevarse a cabo del 29 al 31 de mayo de 2019 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 140-2019-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, de fecha 08 de mayo de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Carlos Alberto Malaver Odias, del 28 de mayo al 01 de junio de 2019, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para que participe en la Conferencia antes citada, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que en dicho evento se tratarán temas como pautas más recientes para la investigación de delitos relacionados con vehículos, rutas mundiales consolidadas y nuevas de trá fi co de vehículos, problemas de cooperación en la cadena de suministro de vehículos, programa de INTERPOL de reducción del robo de vehículos y los delitos conexos y mejora de la cooperación entre los países miembros de INTERPOL para la repatriación de automóviles robados; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse como resultado de la participación en la mencionada Conferencia, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Ofi cio N° 1858-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE, de fecha 29 de abril de 2019, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN.