Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2019 (29/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de mayo de 2019 /

El Peruano

las provinciales en lo que concierne a los distritos del cercado, son responsables por promover e implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando la valorización de los residuos y asegurando una disposición final técnicamente adecuada; Que, el artículo 11 del Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, Reglamento de Gestión Integral de Residuos Sólidos, dispone que el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos es un instrumento técnico elaborado por las municipalidades, a través del cual se formulan estrategias para la segregación en fuente y el diseño de la recolección selectiva de los residuos sólidos generados en su jurisdicción, teniendo en consideración un enfoque que incluya la participación de las organizaciones de recicladores formalizados; Que, el artículo 1 de los "Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2019" aprobado por el Decreto Supremo Nº 296-2018-EF, establece que, el Ministerio del Ambiente, a través de sus órganos especializados, será responsable de dirigir, coordinar y evaluar la Meta 03 "Implementación de un sistema integrado de manejo de residuos sólidos municipales" la cual es de responsabilidad de la Subgerencia antes suscrita en concordancia con sus funciones organizacionales; Que, el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 005-2019-EF/50.01, aprueba los Cuadros de actividades para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2019, correspondientes a las metas 1 al 6, cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de diciembre del año 2019; Que, la Actividad 2 de la Meta 3 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2019, Implementación de un Sistema Integrado de Manejo de Residuos Sólidos Municipales, dispone para su cumplimiento, realizar un Plan Anual de Valorización

de Residuos Sólidos Orgánicos, aprobado mediante Resolución de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 131-2019-MPL-GDUA/ SGGA, del 03 de mayo del 2019, la Subgerencia de Gestión Ambiental eleva el Plan Anual de Valorización de Residuos Sólidos Orgánicos Municipales del Distrito de Pueblo Libre 2019 a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, la misma que, con Informe Nº 067-2019-MPL-GDUA, del 14 de mayo del 2019, lo remite a la Gerencia Municipal, para su aprobación por el titular de la entidad; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, con Informe Legal Nº 92-2019-MPL-GAJ, opina por la procedencia de la aprobación del Plan Anual de Valorización de Residuos Sólidos Orgánicos Municipales del Distrito de Pueblo Libre 2019. EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL INCISO 6 DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APRUÉBASE el Plan Anual de Valorización de Residuos Sólidos Orgánicos del Distrito de Pueblo Libre 2019, el mismo que en Anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la corporación edil: www.muniplibre.gob.pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 1773185-2

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Gerente de Publicaciones Oficiales y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.

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