Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2019 (29/05/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de mayo de 2019 /

El Peruano

pecuaria y a los sectores de industria, comercio, turismo, artesanía, pesquería, minería, energía e hidrocarburos. CAPÍTULO V: DE LA GERENCIA REGIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE Artículo 86 A°.- Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre Es el órgano de línea dependiente de la Gerencia General Regional, que se constituye en la Autoridad Regional Forestal, encargado de definir las políticas, organizar, dirigir, controlar, fiscalizar, regular y ejercer las funciones en materia de recursos forestales y de fauna silvestre, en el marco de la normatividad vigente dentro del ámbito del departamento de Ucayali. Depende jerárquicamente de la Gerencia General Regional y tiene como máximo nivel jerárquico al Gerente Regional de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre ­ GERFFS. Mantiene relaciones técnico-normativas con la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) a través del Organismo Supervisor de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR), y el Ministerio de Agricultura través del Servicio Nacional Forestal y Fauna Silvestre (SERFOR) como Autoridad Nacional Forestal y otras instancias públicas que contribuyan al cumplimiento de sus funciones y competencias. Artículo 86 B°.- Funciones de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre La Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, tiene las siguientes funciones: a. Planificar, promover, administrar, controlar y fiscalizar el uso sostenible, conservación y protección de flora y fauna silvestre, en el ámbito de su competencia territorial. b. Diseñar, formular, ejecutar, supervisar y evaluar los planes, estrategias, proyectos de inversión pública y políticas forestales y de fauna silvestre en al ámbito de su competencia en el marco de la implementación de la Política Nacional Forestal. c. Propiciar mecanismos permanentes de participación ciudadana para la gestión forestal y de fauna silvestre a nivel regional, en coordinación con los gobiernos locales. d) Promover la competitividad de los productores forestales en términos de asociatividad, producción, acceso al financiamiento, transformación y comercialización. e) Promover y coordinar el desarrollo de capacidades del sector productivo forestal en su jurisdicción para elevar los niveles de competitividad regional y el uso sostenible del patrimonio forestal y de fauna silvestre en el ámbito de su competencia territorial. f) Diseñar y ejecutar un plan de asistencia técnica y asesoramiento a los pequeños productores y comunidades nativas y campesinas en su jurisdicción. g) Ejercer la Gestión, Control y Fiscalización de los recursos forestales y de fauna silvestre, de las plantaciones forestales y los sistemas agroforestales, del manejo forestal comunitario y campesino, dentro del ámbito territorial de su competencia. h) Emitir resoluciones y suscribir contratos con personas naturales o jurídicas para el otorgamiento de títulos habilitantes para el aprovechamiento de los recursos forestales y de fauna silvestre en sus diferentes modalidades, de acuerdo a lo previsto en la legislación forestal y de fauna silvestre, así como toda documentación complementaria que corresponda, en el ámbito de su competencia territorial. i) Aprobar los planes de manejo forestal y de fauna silvestre de los títulos habilitantes y otros actos administrativos que no constituyen títulos habilitantes, en el ámbito de su competencia. j) Supervisar, verificar y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de los títulos habilitantes y de las distintas a modalidades de manejo y aprovechamiento forestal y de fauna silvestre. k) Autorizar el establecimiento, ampliación o traslado de plantas de transformación, establecimientos comerciales y depósitos de productos forestales y de fauna silvestre, en el ámbito territorial de su competencia.

l) Emitir y suscribir guías de transporte forestal y de fauna silvestre, así como designar mediante Resolución Gerencial al personal responsable de esta función. m) Ejercer la potestad sancionadora en materia forestal y de fauna silvestre. n) Transferir y custodiar los productos de flora y fauna silvestre decomisados. o) Clasificar, disponer, limitar el valor y/o destruir los productos forestales y de fauna silvestre decomisados, de acuerdo a la normatividad vigente. p) Emitir informes fundamentados conforme la normatividad vigente y en el ámbito de su competencia. q) Generar y participar en la gestión e integración de la información forestal y de fauna silvestre, en el ámbito de su competencia, para la implementación del IDER y del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre ­ SNIFFS. r) Elaborar, ejecutar y monitorear el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA), en materia forestal y de fauna silvestre, en el ámbito de su competencia. s) Proponer, crear y administrar las Unidades de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre ­ UGFFS, en el ámbito de su competencia. t) Promover e implementar acciones conjuntas y brindar acompañamiento a las Unidad Técnica de Manejo Forestal Comunitario (UTMFC) y los Comité de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (CGFFS). u) Elaborar y ejecutar las actividades dispuestas por el ente rector del Sistema Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SINAFOR - y de la Política Nacional Forestal, que deban desarrollarse en el ámbito de su competencia. v) Asumir las responsabilidades asignadas por el Sistema Nacional de Control y Vigilancia Forestal y de Fauna Silvestre (SNCVFFS), de acuerdo a las competencias transferidas. w) Delegar funciones a las sedes con carácter resolutivo de su jurisdicción, para una mejor operatividad institucional. x) Gestionar el fortalecimiento de capacidades de las sedes operativas y las subgerencias. y) Emitir resoluciones para extinción y plan de cierre de contratos de títulos habilitantes y otros actos administrativos. z) Liderar, conducir el proceso de zonificación y ordenamiento forestal en el Departamento de Ucayali aa. Coordinar acciones con las autoridades competentes ante la presunta comisión de un delito e infracciones en perjuicio de los recursos forestales y de fauna silvestre, en el Ámbito territorial de su competencia bb. Promover acciones de prevención y control de incendios, plagas forestales y especies invasoras, según las normas y planes establecidos por las autoridades del sector, en el ámbito de su competencia territorial forestal y de fauna silvestre. cc. Proponer, gestionar, ejecutar, evaluar y supervisar las acciones de cooperación relativas a recursos forestales y de fauna silvestre en el departamento de Ucayali. dd. Representar al Gobierno Regional en asuntos vinculados a la cooperación técnica y financiera en materia de recursos forestales y de fauna silvestre, remitiendo su recomendación a la Gerencia General Regional para la decisión respectiva. ee. Otras funciones que le asigne la gerencia general. Artículo 86C°.- Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre La Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, cuenta con dos (02) Unidades Orgánicas de línea, las mismas que se constituyen como Unidades de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre de Coronel Portillo. Así mismo deben coordinar con las sedes operativas en las medidas de sus necesidades funcionales. a). Sub Gerencia de Manejo y Aprovechamiento Forestal y de Fauna Silvestre. b) Sub Gerencia de Fiscalización, Supervisión, Control Forestal y de Fauna Silvestre. Asimismo, la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre contará con tres sedes operativas que son

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