Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2019 (29/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Miércoles 29 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Atalaya, Padre Abad y Purús, que se constituirán como Unidades de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre correspondientemente por sede operativa. Artículo 86D°.- De la Sub Gerencia de Manejo y Aprovechamiento Forestal y de Fauna Silvestre La Sub Gerencia de Manejo y Aprovechamiento Forestal y de Fauna Silvestre: es la unidad orgánica de línea de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, responsable de promover el desarrollo del sector forestal y de fauna silvestre en el departamento de Ucayali, bajo un enfoque de competitividad y manejo sostenible, depende jerárquicamente de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre. Artículo 86E°.- Funciones de la Sub Gerencia de Manejo y Aprovechamiento Forestal y de Fauna Silvestre La Sub Gerencia de Manejo y Aprovechamiento Forestal y Fauna Silvestre tiene las siguientes funciones: a) Evaluar solicitudes, y emitir opinión para el otorgamiento de títulos habilitantes, así como la aprobación de Planes de Manejo con fines de aprovechamiento de los recursos forestales y de fauna silvestre en sus diferentes modalidades, de acuerdo a lo previsto en la legislación forestal y de fauna silvestre. b) Realizar la verificación previa, durante y posterior, de la información contenida en los planes de manejo forestal y de fauna silvestre. c) Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de los títulos habilitantes y de las distintas modalidades de aprovechamiento forestal y de fauna silvestre. d) Brindar capacitación en aspectos técnicos relacionados al manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, en el ámbito de su competencia territorial. e) Participar en el proceso de Zonificación Forestal, en el ámbito de su competencia territorial. f) Evaluación de los expedientes técnicos de Desbosque y Cambio de Uso actual de las tierras con fines agropecuarios en predios privados y dominio público, así como otros actos administrativos, de acuerdo a las competencias transferidas. g) Analizar y proponer ajustes a la normativa que regula la gestión, manejo, aprovechamiento y conservación de los recursos de forestales y de fauna silvestre, de acuerdo a sus competencias. h) Impulsar la creación, conformación y reconocimiento de las Unidades de Gestión Forestal y Fauna Silvestre (UGFFS), las Unidades Técnicas de Manejo Forestal Comunitario (UTMFC) y los Comités de Gestión Forestal (CGFFS) y Fauna Silvestre, de acuerdo a la normatividad vigente. i) Evaluar las solicitudes de cesión de posición contractual, exclusiones, fraccionamiento de deuda, compensaciones y suspensión de obligaciones, en concesiones forestales y de fauna silvestre. j) Fortalecer las capacidades de los usuarios directos del bosque (comunidades nativas y poblaciones asentadas), en temas de negociación con terceros, para el manejo sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre. k) Participar en las mesas y/o plataformas de diálogo que la sociedad civil conforma para fomentar el manejo y el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre. l) Promover el manejo y aprovechamiento forestal y de fauna silvestre en territorios comunales y campesinos, plantaciones forestales y sistemas agroforestales, bosques residuales y remanentes dentro del ámbito territorial de su competencia. m) Generar, actualizar, procesar y consolidar la información cartográfica y satelital de los recursos forestales y de fauna silvestre, de acuerdo a los lineamientos de la Autoridad Nacional Forestal, en coordinación con el IDERGRU. n) Mantener actualizado la base de datos de autorizaciones, permisos, concesiones forestales y registros de plantación, maderables, no maderables y otros relacionados al manejo y aprovechamiento forestal y de fauna silvestre.

o) Registro y visado de libro de operaciones y guías de trasporte forestal de títulos habilitantes. p) Elaborar y proponer a la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre directivas, guías, protocolos para el cumplimiento adecuado de las funciones. q) Consolidar la información para el cumplimiento de las funciones de supervisión (OSINFOR) de los Títulos Habilitantes otorgados. r) Aplicar el Sistema Nacional de Información Forestal y Fauna Silvestre - SNIFFS, de acuerdo a las competencias regionales y acuerdos establecidos con la Autoridad Nacional Forestal. S) Otras funciones que le asigne la Gerencia. Artículo 86F°. ­ De la Sub Gerencia de Fiscalización, Supervisión, Control Forestal y de Fauna Silvestre La Sub Gerencia de Fiscalización, Supervisión, Control Forestal y de Fauna Silvestre es la unidad orgánica de línea de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, responsable de realizar el seguimiento, control, fiscalización y sanción de las actividades en materia forestal y de fauna silvestre en el departamento de Ucayali. Depende jerárquicamente de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre. Artículo 86G°. - Funciones de la Sub Gerencia de Fiscalización, Supervisión, Control Forestal y de Fauna Silvestre La Sub Gerencia de Fiscalización, Supervisión, Control Forestal y de Fauna Silvestre tiene las siguientes funciones: a) Realizar el Monitoreo, Fiscalización, Supervisión y Control del aprovechamiento, transformación, transporte, comercio captura y caza, de los recursos forestales y de fauna silvestre, conforme a la legislación vigente, en el ámbito de su competencia territorial. b) Realizar el monitoreo de las actividades y funciones a cargo de los puestos de control forestal y de fauna silvestre, en el Ámbito territorial de su competencia. c) Comunicar a la autoridad competente la presunta comisión de un delito en perjuicio de los recursos forestales y de fauna silvestre, en el ámbito territorial de su competencia d) Realizar actos de supervisión, así como evaluar las solicitudes de transferencia de productos de flora y fauna silvestre decomisados y su fiscalización. e) Generar e implementar, actualizar y conducir los registros de los PAS, transferencia de productos forestales y de fauna silvestre, autorización de centros de transformación primaria, en cumplimiento a los lineamientos aprobados por la autoridad nacional. f) Consolidar la información, la elaboración y monitoreo del Plan Anual de Fiscalización Ambiental sobre el recurso forestal y de fauna silvestre. g) Coordinar con las Sedes Operativas Descentralizadas la supervisión y control del aprovechamiento, transformación, transporte forestal y comercio de los recursos forestales y de fauna silvestre. h) Promover, organizar y ejecutar operativos inopinados de control forestal y de fauna silvestre en el ámbito territorial de su competencia y de ser el caso con las instancias especializadas y competentes. i) Participar en las acciones de prevención y control de incendios forestales, plagas y especies invasoras, según las normas y planes establecidos por las autoridades del sector, en el ámbito de su competencia territorial. J) Ejercer la autoridad instructora en marco de la potestad sancionadora. k) Registrar, evaluar, procesar y emitir guía de transporte forestal de acuerdo al SIF-AL. l) Realizar evaluación de solicitudes para la autorización de centro de transformación primaria, autorización de depósito, centros de comercialización. m) Generar el registro de aserraderos portátiles, tractores forestales, vehículos de transporte. n) Registro y visado de libro de operaciones de títulos habilitantes. o) Elaborar y proponer a la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre directivas, guías, protocolos para el cumplimiento adecuado de las funciones.

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