Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2019 (07/11/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, proyectos especiales, programas, unidades ejecutoras y organismos públicos adscritos, conforme a la Constitución Política del Perú y a las normas del Sistema de Defensa Jurídica del Estado. Artículo 17.- Funciones de la Procuraduría Pública La Procuraduría Pública tiene las funciones específicas siguientes: a. Representar y defender jurídicamente los derechos e intereses del Ministerio, sus proyectos especiales y programas, unidades ejecutoras y organismos públicos adscritos, ante la Policía Nacional, el Ministerio Público, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, los Organismos Públicos, el Tribunal Arbitral, Centros de Conciliación y otros de similar naturaleza en los que el Ministerio es parte; b. Coordinar con las autoridades del Sector Público Nacional los asuntos relacionados con la defensa de los derechos e intereses del Ministerio, sus proyectos especiales y programas, unidades ejecutoras y organismos públicos adscritos y solicitar los informes que estime conveniente; y, c. Las demás funciones señaladas en las normas del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, normas complementarias y conexas y otras que le asigne el(la) Ministro(a) de acuerdo al ámbito de su competencia. TITULO III ORGANOS DEL SEGUNDO NIVEL ORGANIZACIONAL 05. ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA: ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Artículo 18.- Órganos de Asesoramiento Constituyen órganos de asesoramiento del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo los siguientes: 05.1 Oficina General de Asesoría Jurídica 05.2 Oficina General de Planeamiento y Presupuesto 05.3 Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales Artículo 19.- Oficina General de Asesoría Jurídica La Oficina General de Asesoría Jurídica es el órgano de administración interna responsable de asesorar en materia legal a la Alta Dirección y órganos del Ministerio, emitiendo opinión jurídica, analizando y sistematizando la legislación sectorial y pronunciándose sobre la legalidad de los actos que sean remitidos para su revisión. Depende jerárquicamente de la Secretaría General. Artículo 20.- Funciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica La Oficina General de Asesoría Jurídica tiene las funciones específicas siguientes: a. Prestar asesoramiento jurídico-legal a la Alta Dirección y órganos que lo requieran; b. Coordinar con la Alta Dirección los asuntos legales requeridos; c. Elaborar proyectos de normas que disponga la Alta Dirección; d. Emitir las opiniones legales que le sean solicitadas por la Alta Dirección y órganos del Ministerio, en los casos que corresponda; e. Revisar y/o reformular los proyectos de Resolución que la Alta Dirección y órganos del Ministerio sometan a su consideración; f. Recopilar, concordar y sistematizar la legislación relacionada con los sectores Trabajo y Promoción del Empleo; y, g. Otras que le encargue la Alta Dirección. Artículo 21.- Oficina General de Planeamiento y Presupuesto La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de administración interna responsable

de asesorar a la Alta Dirección y Unidades Orgánicas del Ministerio en los ámbitos de su competencia. Gestiona los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Inversión Pública, Planeamiento Estratégico, y Endeudamiento Público, así como conduce e implementa las acciones del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio y coordina con los órganos competentes de los Gobiernos Regionales y Locales sobre aspectos relativos a la implementación de las Políticas Sectoriales. Depende jerárquicamente de la Secretaría General. Artículo 22.- Funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene las funciones específicas siguientes: a. Proponer a la Alta Dirección las políticas, planes, lineamientos, programas y proyectos sectoriales, presupuestos y acciones de organización y modernización de la gestión administrativa del Ministerio; b. Gestionar los Sistemas Administrativos de Presupuesto, Inversión Pública, Planeamiento Estratégico, y Endeudamiento Público; c. Conducir la formulación y evaluación de los planes y políticas del Ministerio en base a los lineamientos de política sectorial aprobados; d. Coordinar y supervisar la aplicación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en lo que respecta a las funciones establecidas en la normatividad vigente; e. Formular, monitorear y evaluar el Presupuesto del Pliego; f. Conducir e implementar el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Publica en el Ministerio; g. Coordinar la ejecución de las acciones sectoriales correspondientes al proceso de descentralización en coordinación con las diferentes dependencias del Ministerio, los órganos desconcentrados, Gobiernos Regionales y Locales; h. Orientar y promover la elaboración, actualización y difusión de los documentos de gestión institucional; i. Emitir opinión técnica previa en lo referente a políticas, planes, presupuesto, organización y otros temas vinculados al ámbito de su competencia; j. Coadyuvar y monitorear el desarrollo de las acciones de implementación y fortalecimiento del Sistema de Control Interno y de la Gestión de Riesgos, en el marco de la normatividad vigente; k. Otras funciones que le encargue la Secretaría General. Artículo 23.- Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales La Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales es el órgano de asesoramiento responsable de participar en los procesos de negociaciones internacionales laborales y conducir los procesos de cooperación internacional reembolsable y no reembolsable en materia de su competencia. Identifica, promueve, propone, programa, gestiona y evalúa las actividades en materia de cooperación internacional de conformidad con las normas vigentes. Asimismo, identifica, analiza y prioriza las demandas y ofertas de Cooperación Técnica Internacional (CTI) de su ámbito, en cumplimiento de la Política Nacional de CTI, y los documentos normativos y procesos técnicos en materia de CTI aprobados por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Depende jerárquicamente de la Secretaría General. Artículo 24.- Funciones de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales La Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales tiene las funciones específicas siguientes: a. Asesorar a la Alta Dirección en materia de cooperación internacional reembolsable y no reembolsable y en convenios y otros acuerdos laborales internacionales; b. Identificar, promover, programar, gestionar y evaluar las acciones de cooperación internacional reembolsable

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