Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2019 (19/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Martes 19 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Con la finalidad de contar con instrumentos de planificación para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos municipales Artículo Cuarto.RECOMENDAR municipalidades provinciales: a las

Con la finalidad de mejorar la segregación de residuos sólidos municipales para su valorización o disposición final Artículo Décimo.RECOMENDAR a las municipalidades provinciales, en lo que concierne a los distritos del cercado, y municipalidades distritales, que no vienen cumpliendo con esta obligación, en especial aquellas ubicadas en los departamentos de Lima, Piura, La Libertad, Arequipa, Lambayeque, Junín, Cusco, Loreto, Ancash, Ucayali, San Martín, Amazonas y la Provincia Constitucional del Callao, en coordinación con el Ministerio del Ambiente: REALIZAR acciones de sensibilización y capacitación destinadas a la adecuada segregación de residuos sólidos. Artículo Décimo Primero.- RECOMENDAR a las municipalidades provinciales, en lo que concierne al distrito del cercado, y distritales que no han cumplido con esta obligación, en especial a las ubicadas en los departamentos de Lima, Piura, La Libertad, Arequipa, Lambayeque, Junín, Cusco, Loreto, Ancash, Ucayali, San Martín, Amazonas y la Provincia Constitucional del Callao: IMPLEMENTAR progresivamente programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando la valorización de los residuos sólidos aprovechables y asegurando la adecuada disposición final de los residuos sólidos no aprovechables. Artículo Décimo Segundo.- RECOMENDAR a las municipalidades provinciales y distritales: ARTICULAR su correspondiente Plan Provincial de Gestión de Residuos Sólidos o Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales y los programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos que implementen, para alcanzar una ejecución adecuada de las operaciones de segregación y recolección selectiva. Artículo Décimo Tercero.Ministerio del Ambiente: RECOMENDAR al

a) APROBAR, en caso no cuenten, o contando con uno, éste no se encuentre vigente o, de lo contrario, ACTUALIZAR el Plan Provincial de Gestión de Residuos Sólidos Municipales, de acuerdo a la guía aprobada por el Ministerio del Ambiente, dentro del plazo establecido por el marco jurídico vigente. Para tal efecto, deben coordinar con sus respectivas municipalidades distritales y considerar lo previsto en el Plan Nacional de Acción Ambiental y el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos Sólidos. b) PRIORIZAR las acciones destinadas a dar cumplimiento de los compromisos contenidos en su respectivo Plan Provincial de Gestión de Residuos Sólidos Municipales. Artículo Quinto.RECOMENDAR municipalidades distritales: a las

a) APROBAR, en caso no cuenten, o contando con uno, éste no se encuentre vigente o, de lo contrario, ACTUALIZAR el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales, de acuerdo a la guía aprobada por el Ministerio del Ambiente, dentro del plazo establecido por el marco jurídico vigente. Para tal efecto, deben coordinar con sus respectivas municipalidades provinciales y considerar lo previsto en el Plan Nacional de Acción Ambiental y el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos Sólidos. b) PRIORIZAR las acciones destinadas a dar cumplimiento de los compromisos contenidos en su respectivo Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales. Artículo Sexto.- RECOMENDAR al Ministerio del Ambiente: INTENSIFICAR la labor de acompañamiento y asistencia técnica a las municipalidades provinciales y distritales para que éstas aprueben e implementen con éxito sus respectivos Planes Provinciales de Gestión de Residuos Sólidos Municipales y/o Planes Distritales de Manejo de Residuos Sólidos Municipales. Artículo Séptimo.- RECOMENDAR al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental: INTENSIFICAR las acciones de supervisión del cumplimiento de los compromisos asumidos por las municipalidades en sus respectivos Planes Provinciales de Gestión de Residuos Sólidos Municipales y/o Planes Distritales de Manejo de Residuos Sólidos Municipales. Con la finalidad de reducir la generación de residuos sólidos municipales en el país Artículo Octavo.- INVOCAR a la ciudadanía, a las empresas y otras instituciones públicas y privadas: MEJORAR sus hábitos de consumo, adoptando mejores prácticas destinadas a tal fin, como el reúso, la reducción y el reciclaje de los residuos sólidos municipales. Artículo Noveno.RECOMENDAR a las municipalidades provinciales y distritales, en especial aquellas ubicadas en los departamentos de Lima, Piura, La Libertad, Arequipa, Lambayeque, Junín, Cusco, Loreto, Ancash, Ucayali, San Martín, Amazonas y la Provincia Constitucional del Callao, en coordinación con el Ministerio del Ambiente: PRIORIZAR la adopción de acciones destinadas a fortalecer el componente de educación y cultura ambiental de la población, de tal manera que incorporen en sus decisiones de consumo consideraciones de orden ambiental y de sustentabilidad y se involucren activamente en la minimización de los residuos sólidos municipales.

a) FORTALECER las acciones de acompañamiento y asistencia técnica a las municipalidades provinciales, en lo que concierne a los distritos del cercado, y municipalidades distritales para la adecuada implementación de programas de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción. Para tal efecto, se considera necesario poner especial atención a las municipalidades de las provincias y distritos de los departamentos de Lima, Piura, Lambayeque, Cusco, Loreto, Ancash, La Libertad, Arequipa, Junín, Ucayali, San Martín, Amazonas y la Provincia Constitucional del Callao. b) CONTINUAR incorporando en los siguientes años, dentro de las metas, objetivos y actividades previstas en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, beneficios para promover mejoras en la gestión de las municipalidades en materia de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos, así como en la valorización de residuos sólidos orgánicos. Para tal efecto, se considera necesario poner especial atención a las municipalidades de las provincias, en lo que concierne al distrito del cercado, y distritos ubicados de los departamentos de Lima, Piura, La Libertad, Arequipa, Lambayeque, Junín, Cusco, Loreto, Ancash, Ucayali, San Martín, Amazonas y la Provincia Constitucional del Callao. c) INTENSIFICAR las acciones de acompañamiento y asistencia técnica a las municipalidades para el cumplimiento de las actividades previstas en el marco del "Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal", vinculadas a la mejora de la gestión estatal en materia de residuos sólidos. Con la finalidad de dar valor a los residuos sólidos orgánicos Artículo Décimo Cuarto.- INVOCAR a la ciudadanía, a las empresas y otras instituciones públicas y privadas:

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