Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2019 (19/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Martes 19 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES
OBRAS DE EDIFICACIÓN Edificación de 1 y 2 Pisos (Casco Vestido) Edificación de 3 y 4 Pisos (Terminada) Total M.O. Resto Elem. 1,0007 0,9997 1,0008 0,9994 0,9982 1,0005 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0005 1,0001 1,0008 0,9999 0,9992 1,0005 1,0005 1,0001 1,0008 0,9999 0,9992 1,0005 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Total M.O. Edificación de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) Resto Elem. 1,0005 0,9998 1,0008 0,9995 0,9987 1,0004

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ÁREAS GEOGRÁFICAS No.

Edificación de 1 y 2 Pisos (Terminada) M.O. Resto Elem. Total

M.O.

Resto Elem.

Total

1 2 3 4 5 6

1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000

1,0005 1,0005 1,0007 1,0000 0,9990 1,0005

1,0005 1,0005 1,0007 1,0000 0,9990 1,0005

1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000

1,0007 0,9997 1,0008 0,9994 0,9982 1,0005

1,0005 0,9998 1,0008 0,9995 0,9987 1,0004

Artículo 2.- Los Factores de Reajuste serán aplicados a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el período correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores serán aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiéndose del Calendario de Avance Acelerado, si lo hubiere. Artículo 3.- Los factores indicados no serán aplicados: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variación mencionada en el período correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales específicos. Artículo 4.- Los montos de obra a que se refiere el artículo 2 comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Artículo 5.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstos derivan de los aumentos de mano de obra. Artículo 6.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolución, serán acumulativos por

multiplicación en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato respectivo. Artículo 7.- Las Áreas Geográficas comprenden los departamentos siguientes: a) Área Geográfica 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. b) Área Geográfica 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Área Geográfica 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. d) Área Geográfica 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. e) Área Geográfica 5: Loreto. f) Área Geográfica 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios. Regístrese y comuníquese. JOSE GARCÍA ZANABRIA Jefe (e) 1828046-2

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Gerente de Operaciones y Soporte a Usuarios de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 240-2019/SUNAT DEJA SIN EFECTO ENCARGATURA Y DESIGNA EN CARGO DE CONFIANZA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Lima, 18 de noviembre de 2019 CONSIDERANDO: Que el artículo 3º de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 190-2017/SUNAT, se encargó al señor César Alberto

Hidalgo Díaz en el cargo de confianza de Gerente de Operaciones y Soporte a Usuarios de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la encargatura señalada en el considerando precedente y designar a la persona que asumirá dicho cargo de confianza en su reemplazo; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27594 y el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 1222014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la encargatura del señor CESAR ALBERTO HIDALGO DIAZ, en el cargo de confianza de Gerente de Operaciones y Soporte a Usuarios de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, dándosele las gracias por la labor realizada. Artículo 2.- Designar al señor FREDY ELMILGAR SILVA RIOS, en el cargo de confianza de Gerente de Operaciones y Soporte a Usuarios de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendenta Nacional 1827979-1

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