Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2019 (27/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de noviembre de 2019 /

El Peruano

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA MESA MULTISECTORIAL REGIONAL PARA EL DESARROLLO INCLUSIVO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LA REGIÓN MOQUEGUA Artículo Primero.- CREAR la Mesa Multisectorial Regional para el Desarrollo Inclusivo de Las Personas con Discapacidad en la Región Moquegua como una instancia de coordinación, articulación, facilitación, promoción, seguimiento y monitoreo de las políticas regionales vinculadas al desarrollo inclusivo de las personas con discapacidad, cuya gestión se encuentra a cargo de la Dirección Regional de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo Segundo.CONFORMAR la Mesa Multisectorial Regional para el Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad en la Región Moquegua, deberá ser integrada por las siguientes instituciones: - Un o una representante de la Gerencia General Regional, representado por la Dirección Regional de Desarrollo e Inclusión Social, quien la presidirá. - Un o una representante del CONADIS, representada por el CCR - MOQUEGUA. En la Secretaria Técnica - Un o una representante de la Oficina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad - OREDIS. - Un o una representante de la Oficina regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. - Un o una representante de la Gerencia Regional de Educación. - Un o una representante de la Gerencia Regional de Infraestructura. - Un o una representante de la Gerencia regional de Salud. - Un o una representante de la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. - Un o una representante de las Universidades Publicas y Privadas de la Región Moquegua. - Un o una representante de ESSALUD del ámbito de la Región Moquegua. - Un o una representante de las OMAPEDS Provinciales de la región Moquegua - Un o una representante de la Defensoría del Pueblo. - Un o una representante del Ministerio Publico - Un o Una representante de CARITAS del Perú Moquegua - Un o Una Representante de la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción Y Saneamiento - Un o Una representante de la Policía Nacional del Perú - Moquegua - Un o una representante del MIDIS - CEM, INABIF Artículo Tercero.- CONFORMAR el Equipo Técnico Coordinador de la Mesa Multisectorial Regional para el Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad de la región Moquegua, integrado por los/as siguientes representantes. - Oficina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad - OREDIS, quien lo presidirá. - Gerencia Regional de Infraestructura. - Caritas del Perú - Moquegua. - Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de la Región Moquegua. - Un/ a Coordinadora de las OMAPEDs de las tres Provincias de la Región Moquegua. - El Coordinador del CCR- CONADIS ­MOQUEGUA Encargar al Equipo Técnico Coordinador la Reglamentación de funcionamiento de la Mesa Multisectorial Regional para el desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad de la Región Moquegua, así como la presentación de Las propuestas del Plan de Trabajo Anual para su aprobación por la Mesa. Encargar al Equipo Técnico Coordinador desarrollar consultas permanentes a la comunidad de personas con discapacidad, como individuos, grupos u organizaciones,

en representación de estas y de la población en general en todas las etapas del proceso de desarrollo de políticas públicas para el Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad en la Región Moquegua, siendo portador de las propuestas de dichos colectivos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad de la región Moquegua, de la Dirección regional de Desarrollo e Inclusión Social la complementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 06-2014-CR/GRM, de fecha 04 de setiembre del 2014. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Oficina de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal WEB del Gobierno Regional en el portal WEB del estado Peruano. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario Oficial El Peruano. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación. POR TANTO: Regístrese. publíquese y cúmplase. YESNANY P. QUILCO FLORES Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se Publique y Cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Moquegua, a los doce días del mes de noviembre del dos mil dieciocho. JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA Gobernador Regional 1830288-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican derechos de trámite relacionados a 61 procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, aprobados en la Ordenanza N° 550-MPL por la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre
ACUERDO DE CONCEJO Nº 268 Lima, 14 de noviembre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO; El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: VISTO, el Oficio Nº 001-090-00009540 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima ­ SAT,

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