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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 (01/10/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Martes 1 de octubre de 2019 El Peruano / GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 5 305 359,00 =========== TOTAL EGRESOS 5 305 359,00 =========== Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en esta Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de este Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de este Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1812452-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Ministerio de Cultura DECRETO SUPREMO Nº 311-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante el Informe N° D000211-2019-OP/ MC, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura sustenta una demanda adicional de recursos, para fi nanciar el desarrollo de actividades e inversiones que promuevan y fomenten las industrias culturales, y la protección y puesta en valor del Patrimonio Cultural de la Nación; en virtud de ello, el Ministerio de Cultura mediante Ofi cio N° D000440-2019-SG/MC, solicita se autorice la citada transferencia de partidas; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de S/ 21 778 829,00 (VEINTIUN MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Ministerio de Cultura, para fi nanciar el desarrollo de actividades e inversiones que promuevan y fomenten las industrias culturales, y la protección y puesta en valor del Patrimonio Cultural de la Nación; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente Año Fiscal; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 21 778 829,00 (VEINTIUN MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Ministerio de Cultura, para fi nanciar el desarrollo de actividades e inversiones que promuevan y fomenten las industrias culturales, y la protección y puesta en valor del Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORIA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 4 431 025,00 GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 17 347 804,00 --------------------- TOTAL 21 778 829,00 ============ A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 003 : Ministerio de Cultura FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 4 431 025,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos No fi nancieros 17 347 804,00 --------------------- TOTAL 21 778 829,00 ============ 1.2 El pliego habilitado en el párrafo 1.1, y los montos de transferencia por pliego, unidad ejecutora, programa presupuestal, productos y actividades, así como las respectivas codi fi caciones, se detallan en el