Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 102

102 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de diciembre de 2020 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, conforme a lo estipulado en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, los Artículos 74º, 194º y los numerales 3) y 4) del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, reconocen a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas, estableciendo que mediante ordenanzas pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a ley. Que, lo establecido en el numeral 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, así como también en la norma IV de del Título Preliminar del TUO del Código Tributario, reconocen las mismas facultades y competencias, en concordancia con lo establecido en la Constitución. Que, el artículo 41º del texto único ordenado del código tributario, aprobado por DS Nº133-13-EF y sus modi fi catorias, establece que los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administra. Que, mediante Ordenanza Municipal N°005-2020/ MDPN, debidamente publicada en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 15 de Agosto de 2020, se estableció incentivos y bene fi cios tributarios por regularización voluntaria de obligaciones tributarias a favor de los contribuyentes, cuyo acreedor es la Municipalidad Distrital de Punta Negra mediante el cual se otorgó: condonación total de los intereses moratorios, reajustes, gastos y costas procesales por impuesto predial y arbitrios, condonación del 50% sobre el insoluto correspondiente a los Arbitrios Municipales de los años anteriores hasta el 2014, condonación del 25% sobre el insoluto correspondiente a los Arbitrios Municipales del año 2015 al 2017, condonación del 15% sobre el insoluto correspondiente a los Arbitrios Municipales del año 2018 al 2019. Que, el artículo 2° de la mencionada Ordenanza, señala que su plazo de vigencia será desde el día siguiente de su publicación, hasta el 31 de Agosto de 2020. Asimismo, la primera disposición fi nal, faculta al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación e implementación de la mencionada Ordenanza, así como para prorrogar la vigencia de la misma. Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 010-2020/AL/ MDPN, se prorrogó hasta el 30 de Noviembre del 2020, la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 005-2020/MDPN. Que, mediante documento de vistos, Informe N° 341-2020-SGRRFT-GAT/MDPN, de fecha 27 de Noviembre del 2020, emitido por la Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria e Informe N° 075-2020-GAT/MDPN, de fecha 28 de Noviembre del 2020, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, se propone prorrogar por el plazo de vigencia de la mencionada Ordenanza Municipal 005-2020/MDPN, hasta el 31 de Diciembre del presente ejercicio fi scal 2020. Ello a fi n de continuar promoviendo el sinceramiento y regularización de obligaciones tributarias de los vecinos del distrito que se encuentren omitiendo o subvaluando tributos. Que, mediante documento de vistos, Informe N° 0139- 2020-GAJ/MDPN, de fecha 21 de Diciembre del 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente tramitar la “Aprobación del Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia del Bene fi cio Tributario hasta el 31 de Diciembre del 2020, conforme a lo aprobado mediante Ordenanza N° 005-2020-MDPN. Estando a lo expuesto, contando con el Informe Nº 341-2020-SGRRFT-GAT/MDPN, de la Sub Gerencia de Recaudación Registro y Fiscalización Tributaria; el Informe N° 075-2020-GAT/MDPN, de la Gerencia de Administración Tributaria, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6°, 20° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972.SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de Diciembre del 2020, la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 005-2020/MDPN, de conformidad con las consideraciones expuestas. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Logística e Informática realizar la publicación del presente Acuerdo en el Portal de Transparencia. Artículo tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria, las unidades orgánicas que la conforman la ejecución del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de Administración y Finanzas el apoyo necesario y a la Secretaría General e Imagen Institucional, su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CLAUDIO MARCATOMA CCAHUANA Alcalde 1914422-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Ordenanza que prorroga para el 2021 la vigencia de los montos del derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, aprobado por la Ordenanza N° 283-2019-MDSB ORDENANZA MUNICIPAL Nº 301-2020/MDSB San Bartolo, 28 de octubre de 2020EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BARTOLO VISTO:El Acuerdo de Concejo Nº 044-2020/MDSB, el Informe Nº 198-2020-GATFAT/MDSB de Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización Administrativa y Tributaria, el Informe Nº 264-2020-GAJ/MDSB de Gerencia de Asesoría Jurídica, y demás documentos que sustentan el presente. CONSIDERANDO: Que, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que, corresponde al Concejo Municipal aprobar modi fi car o derogar las Ordenanzas. Asimismo, el artículo 40º de la misma norma, prescribe la formalidad que debe revestir la potestad legislativa de las Municipalidades Distritales, al emitir Ordenanzas en materia tributaria, disponiendo que, estas sean rati fi cadas por Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 283-2019/ MDSB, se establece el MONTO POR CONCEPTO DE DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA Y DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL AÑO 2020, rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 315/MML, publicados ambos en el Diario Ofi cial El Peruano, el 31 de diciembre de 2019. Que, la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización Administrativa y Tributaria, precisa que, RESPECTO A LA PROYECCIÓN DE LOS COSTOS POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO Y VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL PARA EL EJERCICIO 2020, NO SE REPORTAN VARIACIONES EN LAS CONDICIONES QUE ORIGINARON SU RATIFICACIÓN, recomendando la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº