TEXTO PAGINA: 101
101 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de diciembre de 2020 El Peruano / Decreto Supremo N° 031-2020-SA por un plazo igual de noventa (90) días calendario; Que, mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, precisado por los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM y 046-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), así como medidas para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito, por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19; habiéndose prorrogado dicho plazo mediante los Decretos Supremos N°s 051-2020-PCM, 064-2020-PCM, 075-2020-PCM, 083-2020-PCM, 094-2020-PCM, 116-2020-PCM, 135-2020-PCM, 139-2020-PCM, 146-2020-PCM, 151-2020-PCM, 156-2020-PCM, 162-2020-PCM, 165-2020-PCM, 170-2020-PCM, 177-2020-PCM, 178-2020-PCM, 180-2020-PCM y 184-2020-PCM respectivamente, hasta el 31 de diciembre de 2020; Que, mediante la Ordenanza Nº 541/MM, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 03 de mayo de 2020, se establecieron bene fi cios tributarios y bene fi cios para el pago de multas administrativas en el distrito de Mira fl ores, por el Estado de Emergencia Nacional por el brote del Coronavirus (COVID-19), a fi n de incentivar el pago voluntario de las deudas tributarias o administrativas ante la Municipalidad de Mira fl ores, como medida que bene fi cie a los deudores tributarios o administrados del distrito de Mira fl ores; Que, la citada Ordenanza N° 541/MM, en su Primera Disposición Complementaria Final, faculta al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y aplicación de la citada ordenanza, así como establecer prórrogas de la vigencia de la misma; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 005-2020/ MM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 29 de mayo de 2020, se estableció la prórroga de la fecha para pago de cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, así como el plazo para acogerse a los bene fi cios tributarios y bene fi cios para el pago de multas administrativas en el distrito de Mira fl ores; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 009-2020/ MM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 30 de junio de 2020, se establece prorrogar hasta la fi nalización o término del Estado de Emergencia Sanitaria Nacional por el brote del coronavirus (COVID-19), los bene fi cios establecidos en los numerales 3 y 4 del artículo cuarto de la Ordenanza N° 541/MM que establece bene fi cios tributarios y bene fi cios para el pago de multas administrativas en el distrito de Mira fl ores por el Estado de Emergencia Nacional por el brote del coronavirus (COVID 19); Que, a partir del mes de mayo de 2020 se han aprobado progresivamente la reanudación de actividades económicas de las 4 fases, dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria nacional, con el Decreto Supremo N° 080-2020-PCM (Fase 1), el Decreto Supremo N° 101-2020-PCM (Fase 2), el Decreto Supremo N° 117-2020-PCM (Fase 3), y el Decreto Supremo N° 157-2020-PCM (Fase 4), dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional; Que, mediante el Memorando N° 475-2020-GAT/ MM de fecha 15 de diciembre de 2020, la Gerencia de Administración Tributaria remitió a la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 72-2020-SGR-GAT/MM de fecha 15 de diciembre de 2020, de la Subgerencia de Recaudación señalando que considera necesario dejar sin efecto el plazo establecido en el Decreto de Alcaldía Nº 009-2020/MM publicado el 30 de junio de 2020 en el diario o fi cial El Peruano, por el cual se prorroga hasta la fi nalización o término del Estado de Emergencia Sanitaria Nacional por el Brote del Coronavirus (COVID-19), modi fi cando el plazo hasta el 31 de diciembre de 2020, para acogerse a los bene fi cios señalados en los numerales 3 y 4 del artículo cuarto de la Ordenanza N° 541/MM; Que, mediante el Informe Nº 276-2020-GAJ/MM de fecha 18 de diciembre de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que procede legalmente modi fi car el plazo establecido mediante el Decreto de Alcaldía N° 009-2020/MM publicado el 30 de junio de 2020 en el diario o fi cial El Peruano, por el cual se prorroga hasta la fi nalización o término del Estado de Emergencia Sanitaria Nacional por el brote del Coronavirus (COVID-19); modi fi cándolo hasta el 31 de diciembre de 2020, para acogerse a los bene fi cios señalados en los numerales 3 y 4 del artículo cuarto de la Ordenanza N° 541/MM; Estando a lo opinado por la Subgerencia de Recaudación, la Gerencia de Administración Tributaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y los artículos 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias; DECRETA:Artículo Primero.- MODIFICAR el plazo establecido mediante el Decreto de Alcaldía N° 009-2020/MM publicado el 30 de junio de 2020 en el diario o fi cial El Peruano, por el cual se prorroga hasta la fi nalización o término del Estado de Emergencia Sanitaria Nacional por el brote del Coronavirus (COVID-19); modi fi cándolo hasta el 31 de diciembre de 2020, para acogerse a los bene fi cios señalados en los numerales 3 y 4 del artículo cuarto de la Ordenanza N° 541/MM; Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Recaudación, a la Ejecutoría Coactiva, a la Gerencia de Participación Vecinal y los demás órganos o unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente decreto en el diario ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores (www.mira fl ores.gob.pe). Artículo Cuarto.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS MOLINA ARLES Alcalde 1914225-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal N° 005-2020/MDPN, que establece incentivos y beneficios tributarios por regularización voluntaria de obligaciones tributarias DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2020/AL/MDPN Punta Negra, 21 de Diciembre del 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTO: Informe N° 341-2020-SGRRFT-GAT/MDPN, de fecha 27 de Noviembre del 2020, emitido por la Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria; Informe N° 075-2020-GAT/MDPN, de fecha 28 de Noviembre del 2020, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; Memorandum N° 465-2020-GM/MDPN, de fecha 02 de Diciembre del 2020, emitido por la Gerencia Municipal; Informe N° 139-2020-GAJ/MDPN, de fecha 21 de Diciembre del 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Memorandum N° 492-2020-GM/MDPN, de fecha 21 de Diciembre del 2020, emitido por la Gerencia Municipal;