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71 NORMAS LEGALES Viernes 25 de diciembre de 2020 El Peruano / del total de cargos del CAP o CAPP de la entidad, más el número de servidores pertenecientes al régimen CAS al 10.11.2016 y la Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público: El número Máximo de Directivos Superiores equivale al 10% del total de cargos contenidos en el CAP Provisional; Que, el artículo 5-A de la ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la gestión Pública tiene por fi nalidad velar por la calidad de prestación de los bines y servicios, propiciar la Simpli fi cación Administrativa, promover y mejorar la calidad de regulaciones en el ámbito de competencia, el gobierno abierto la coordinación interinstitucional, la Racionalización de la estructura, Organización y funcionamiento del Estado y búsqueda de mejoras en la productividad, Gestión por Procesos, evaluación de Gestión de Riesgos y la Gestión del Conocimiento hacia la obtención de resultados; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.2 del anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, sobre la aprobación del CAP Provisional en las entidades se realiza con Ordenanza Regional en el Gobiernos Regionales, su programas, sus proyectos adscritos y empresas; para el cual en cumplimiento del numeral 3.1 del Anexo Nº 4 cuenta con informe con Opinión Favorable de la O fi cina de Recursos Humanos, Opinión Legal del Director de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del GORE Ayacucho, Planeamiento y Gestión Institucional, Informe Legal de la DIRESA; Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR mediante O fi cio Nº 000660-2020—SERVIR-P emite Opinión Técnica FAVORABLE del Cuadro Para Asignación de Personal - Provisional (CAP – P) para el presente año de las nueve (09) Unidades Ejecutoras: U.E. 400 Salud Ayacucho, U.E. 401-Hospital Huamanga, U.E. 402 Salud Sur Ayacucho, U.E. 403 Salud Centro Ayacucho, U.E. 404 Salud Sara Sara, U.E. Red de Salud Ayacucho Norte, U.E. 406 Red de Salud Huamanga, U.E. 407 Red de Salud San Miguel, U.E. 408 Red de Salud San Francisco; Que, las propuestas del CAP Provisional - 2020 de la DIRESA Ayacucho del GRA y sus UE se sustentan en el supuesto 1.2 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identi fi cados en el marco de la disposición complementaria fi nal nonagésima octava de la Ley 30693; y el Decreto Supremo Nº 025-2019-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identi fi cados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley Nº 30693. (Cuadros: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 6.1, 6.2, 6.3, 6.4, 6.5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13); Que, el petitorio se sustenta en el Decreto de Urgencia Nº 016-2020; numeral 14.1. del artículo 14, que autoriza la continuación del proceso de nombramiento de hasta el cuarenta por ciento (40%) durante el año 2020 de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud y el numeral 14.2 que aprueba hasta el 31 de marzo de 2020, mediante Resolución Ministerial, la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957 y que cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud; Que, cada propuesta de CAP Provisional ha sido elaborada tomando en cuenta la información sobre cargos estructurales, la clasi fi cación de estos, códigos, y respetando los límites porcentuales dispuestos en los dispositivos normativos vigentes documentos de gestión, la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAPP-2020 de la Dirección Regional de Salud 2020, incluyen 17 CAP-Ps (Sede DIRESA, HRA, Sede Redes y Hospitales de Apoyo de la Redes) con el Formato Nº 01 Anexo 4B, Formato Nº 02 Anexo 4C y el Formato Nº 03 Anexo 4D. Procedente técnica y legal en todo sus extremos; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo el artículo 38º del cuerpo legal acotado establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de sus competencias; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR y Ordenanza Regional Nº 003-2020-GRS/CR el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros, conforme consta en Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 21 de diciembre de 2020, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONALArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, la Ordenanza Regional Nº 023-2018-GRA/CR, de fecha 06 de diciembre de 2012, que aprueba el Cuadro para Asignación del Personal Provisional-C.A.P-P de la Dirección Regional de Salud Ayacucho DIRESA - 2018, Órganos Desconcentrados de Línea Sectorial del Gobierno Regional de Ayacucho de las Unidades Ejecutoras: 1. UE. 400 Red de Salud Ayacucho(Dirección Regional de Salud Ayacucho) 2. UE. 401 Hospital Regional de Ayacucho “Miguel Ángel Mariscal Llerena” 3. UE. 402 Red de Salud Puquio y Hospital de Apoyo Puquio 4. UE. 403 Red de Salud Centro Ayacucho y Hospital de Apoyo de Cangallo “Juan Fkunaga Soyama” 5. UE 404 Red de Salud Cora Cora y Hospital de Apoyo Cora Cora. 6. UE 405 Red Salud Ayacucho Norte y Hospital de Apoyo Huanta “ Daniel Alcides Carrión” 7. UE 406 Red Salud Huamanga y Hospital de Apoyo “Jesús Nazareno” 8. UE 407 Red de Salud San Miguel y Hospital de Apoyo San Miguel. 9. UE 408 Red de Salud San Francisco, Hospital de Apoyo San Francisco y Hospital de Apoyo Sivia. Cuadro para Asignación del Personal Provisional – C.A.P - P de la Dirección Regional de Salud Ayacucho – DIRESA – 2018, que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, enmarcado en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.2. del Anexo 4 de la precitada Directiva y en mérito a la Resolución Ministerial Nº 428-2018/MINSA de fecha 14 de mayo del 2018 que aprueba los “Lineamientos para el nombramiento de hasta el 20% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud - CLAS, en el marco de lo dispuesto en el literal g) del numeral 8.1. y numeral 8.4 del artículo 8 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2018” y Resolución Ministerial Nº 1016-2018/MINSA de fecha 01de octubre 2018. Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P 2020 de las 09 Unidades Ejecutoras de la Dirección Regional de Salud Ayacucho – DIRESA 2020. Artículo Tercero.- PRECISAR la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional