Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2020 (03/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 3 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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terminación de contrato por acuerdo mutuo de la Nómina de Especialistas del Senace. c) Suscribir o aceptar en representación del Senace, la resolución de contrato de personal sujeto al Régimen de Contratación Administrativa de Servicios ­ CAS, en aquellos en que exista mutuo acuerdo. d) Comunicar en representación del Senace, la decisión de extinguir los contratos del personal sujeto al Régimen de Contratación Administrativa de Servicios ­ CAS de la Entidad. e) Autorizar el otorgamiento de licencias, con goce o sin goce de haber, que solicite el personal del Senace. f) Aprobar el Programa de Bienestar Social y Desarrollo Humano dirigido al personal del Senace. g) Suscribir contratos y adendas con las sociedades de auditoría, conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República. h) Suscribir contratos de carácter administrativo en representación del Senace, lo que incluye la suscripción de contratos de concesión de servicios y de sus respectivas adendas, así como efectuar el cambio de titularidad en los suministros de servicios de agua, luz, telefonía fija y móvil e internet, con las respectivas entidades prestadoras de los citados servicios, de acuerdo a la normativa de la materia. i) Suscribir los contratos, órdenes de compra, órdenes de servicio, adendas, modificaciones contractuales y la resolución contractual en todos aquellos supuestos excluidos del ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, estén sujetos o no a la supervisión del OSCE. j) Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción vinculados al procedimiento de selección que deban realizarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Central de Compra Públicas - PERU COMPRAS o la Contraloría General de la República, ello sin perjuicio de las competencias exclusivas de la Procuraduría Pública para que proceda conforme a sus atribuciones. k) Representar al Senace ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, el Servicio de Administración Tributaria - SAT, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la Superintendencia Nacional de Salud SUSALUD, el Seguro Social de Salud - ESSALUD, las Administradoras de Fondo de Pensiones - AFP, las Empresas de Seguros, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, y/o todas aquellas entidades públicas o privadas vinculadas a las funciones y atribuciones de la Oficina de Administración. l) Suscribir en representación del Senace, los convenios de prácticas (preprofesionales, profesionales u otros) celebrados conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº0072005-TR, o norma legal que la sustituya. m) Aceptar en representación del Senace, donaciones, legados, transferencias y subvenciones que, por cualquier título, le otorguen personas naturales o jurídicas públicas o privadas, nacionales o extranjeras. n) Suscribir, resolver y modificar en representación del Senace los contratos bancarios y financieros que provienen de un servicio de naturaleza financiera; las contrataciones realizadas de acuerdo con las exigencias y procedimientos específicos de una organización internacional, estados o entidades cooperantes, que se deriven de donaciones efectuadas por éstos, siempre que dichas donaciones representen por lo menos el 25% del monto de las contrataciones involucradas en el convenio suscrito para tal efecto o provengan de organismos multilaterales financieros; las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el país cuando se sustente en la imposibilidad de realizar la contratación a través de los métodos de contratación previstos en la normativa de contrataciones del Estado.

Artículo 3.- Delegación de facultades en el/la Jefe/a de la Unidad de Logística Delegar en el/la Jefe/a de la Unidad de Logística del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace para el Año Fiscal 2020, las siguientes facultades: 3.1 En materia de Contrataciones del Estado a) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios y obras, cuando se trata de selección de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica. b) Aprobar los documentos de los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios y obras, cuando se trata de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica. c) Aprobar los expedientes de contratación para las contrataciones por Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. Artículo 4.- Delegación de facultades en el/la Jefe/a de Comunicaciones e Imagen Institucional Delegar en el/la Jefe/a de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional del Senace para el Año Fiscal 2020, las siguientes facultades: a) Suscribir y presentar al Jurado Electoral Especial el anexo 1 ­ Formato de solicitud de autorización de publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en periodo electoral), conteniendo los datos solicitados en el mismo. b) Suscribir y presentar al Jurado Electoral Especial el anexo 2 ­ Formato de reporte de publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en período electoral), que contenga los datos solicitados en el mismo. Artículo 5.- De la observancia de los requisitos legales La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva comprende igualmente las atribuciones de pronunciarse y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos, formalidades y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 6.- De la obligación de dar cuenta El/la Gerente/a General, el/la Jefe/a de la Oficina de Administración, el/la Jefe/a de la Unidad de Logística y el/la Jefe/a de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, deben informar trimestralmente a la Presidencia Ejecutiva del Senace sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva. Artículo 7.- Derogación Dejar sin efecto las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 00007 y 00021-2019-SENACE/PE. Artículo 8.- Notificación Notificar la presente resolución a los servidores/ras en quienes han sido delegadas las facultades descritas en la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva. Artículo 9.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace (www.senace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MARTIN BARANDIARÁN GÓMEZ Presidente Ejecutivo Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace 1842047-1

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