Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2020 (03/01/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Viernes 3 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

35

Aprueban el "Plan Operativo Institucional POI 2020 de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN"
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 121-2019 Lima, 31 de diciembre de 2019 VISTO, el Informe Nº 082-2019/OPP y el Informe Legal Nº 466-2019/OAJ; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones PúblicoPrivadas y Proyectos en Activos, PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el sub numeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 053-2018-CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, aprobó la "Guía para el Planeamiento Institucional" que orienta los planes institucionales de las entidades integrantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019, se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y con la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 119-2019, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 055 ­ Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PIA); Que, los Planes Operativos Institucionales se elaboran teniendo en cuenta el Plan Estratégico Institucional - PEI, el cual debe ser concordante, entre otros, con los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales; Que, el Plan Operativo Institucional es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identificación de la estrategia institucional, cuyo contenido principal son las actividades operativas en un periodo de un año en contexto multianual; Que, el literal p) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado con Decreto Supremo Nº 185-2017-EF, establece que la Dirección Ejecutiva tiene la función de aprobar el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 082-2019/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto concluye que la propuesta del Plan Operativo Institucional - POI 2020, ha sido elaborado de conformidad con la Guía para el Planeamiento Institucional y con la participación de los órganos de la entidad, el cual se encuentra articulado con el presupuesto asignado a las unidades orgánicas a través de las metas financieras, considerando las modificaciones presupuestarias a que se refiere la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 119-2019; Estando a lo propuesto por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 33-2017-CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº

53-2018-CEPLAN/PCD y Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 0016-2019/CEPALN/PCD, que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional; y, el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado con Decreto Supremo Nº 185-2017-EF. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan Operativo Institucional - POI 2020 de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN" consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto evalúe con periodicidad trimestral la ejecución del documento a que se refiere el artículo precedente de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto efectúe, de ser necesario, la reprogramación del Plan Operativo Institucional ­ POI 2020, que soliciten los órganos de PROINVERSIÓN para el cumplimiento de los objetivos institucionales, previa aprobación de la Dirección Ejecutiva. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN (www.proinversión.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL UGAZ VALLENAS Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 1842301-2

AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO
Designan Asesora I de la Gerencia General de la ATU
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 81-2019-ATU/PE Lima, 31 de diciembre de 2019 CONSIDERANDO Que, mediante la Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera; Que, el literal e) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por el Decreto Supremo N° 003-2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas de ser el caso; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a I de la Gerencia General de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ­ ATU, cargo considerado de confianza; Contando con la visación de la Gerencia General, de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.