Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2020 (03/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Viernes 3 de enero de 2020 /

El Peruano

c) Hacer de conocimiento del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado ­ OSCE los hechos producidos por proveedores, participantes, postores y contratistas que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones por infracciones a las normas de contrataciones del Estado. d) Expedir en favor de los contratistas de bienes, servicios u obras las constancias de prestación que se soliciten, referido a todos los procedimientos de selección dentro del marco de la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y sus modificatorias. Artículo 4.- De la observancia de los requisitos legales La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 5.- De la evaluación por la Oficina de Asesoría Jurídica Los actos resolutivos que por la presente delegación se expidan, deben ser evaluados por la Oficina de Asesoría Jurídica. Artículo 6.- De la Segregación de Funciones En todos los procesos de la presente delegación, debe observarse la segregación de funciones. Artículo 7.- Del plazo de las delegaciones Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolución tienen vigencia durante el año 2020, a partir del primer día hábil del mes de enero de 2020. Artículo 8.- Obligaciones de dar cuenta El/la funcionario/funcionaria a cargo de la Gerencia General, el/la funcionario/funcionaria a cargo de la Oficina de Administración y el/la funcionario/funcionaria a cargo de la Unidad de Logística, deben informar trimestralmente al Titular de la entidad, dentro de los 5 días hábiles siguientes de finalizado el trimestre, de las actuaciones derivadas producto de la presente delegación de facultades. Artículo 9.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", y en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HENRY LUNA CORDOVA Presidente Ejecutivo INGEMMET 1842101-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE para el año fiscal 2020
RESOLUCIÓN Nº 237-2019-OSCE/PRE Jesús María, 31 de diciembre de 2019 VISTO: El Informe Nº D000046-2019-OSCE-OPM, de fecha 30 de diciembre de 2019, de la Oficina de Planeamiento y Modernización; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado

por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el ámbito del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, asimismo, el acápite 3 del numeral 7.3 del artículo7 del referido Decreto Legislativo, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, mediante Resolución Nº 059-2019-OSCE-PRE de fecha 2 de abril de 2019, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ (OSCE), para el periodo 2019-2022; Que, de conformidad a la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/ PCD, y modificada con Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017/CEPLAN/PCD, Nº 000532018/CEPLAN/PCD y Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, el Plan Operativo Institucional comprende la programación multianual de las actividades operativas e inversiones necesarias para ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales definidas en el PEI, por un periodo no menor de tres años, además, establece los recursos financieros y las metas físicas mensuales para cada periodo anual (programación física, de costeo y financiera), en relación con los logros esperados de los objetivos del PEI; Que, en ese sentido, mediante Resolución Nº 155-2019-OSCE-PRE, se formalizó la aprobación del Plan Operativo Multianual 2020-2022 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­OSCE, el cual se encuentra directamente vinculado a las acciones estratégicas del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­OSCE, para el periodo 2019-2022; Que, en cumplimiento del Decreto de Urgencia Nº 0142019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 059: OSCE, el cual asciende a Noventa y siete millones diez mil doscientos ochenta y tres 00/100 soles (S/ 97,010,283.00), en las fuentes de financiamiento de Recursos Ordinarios, Recursos Directamente Recaudados y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, mediante Resolución Nº 234-2019-OSCE-PRE, del 27 de diciembre del 2019; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, para contar con el POI Anual, la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; Que, a través del Informe Nº D000046-2019-OSCEOPM, la Oficina de Planeamiento y Modernización, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 consistente con el PIA del Pliego 059 Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado; Con las visaciones del Secretario General, de la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Modernización, y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de

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