Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2020 (15/01/2020)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 15 de enero de 2020 /

El Peruano

condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente; Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y sus normas modificatorias; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 0382014-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la duodécima modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Piura Oeste ­ P-206 (L-2162), cuyo titular es la empresa Red de Energía del Perú S.A., así como la Duodécima Modificación al Contrato de Concesión N° 033-94, a fin de modificar los Anexos N° 2, N° 4 y N° 5, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la Duodécima Modificación al Contrato de Concesión N° 033-94 aprobada en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la Duodécima Modificación al Contrato de Concesión N° 033-94 en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Red de Energía del Perú S.A. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1842708-1

de Políticas y Análisis Regulatorio, el Informe N° 020-2020-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por Decreto Legislativo N° 1047, dispone que este sector es competente para regular las actividades industriales manufactureras, asignándole competencia exclusiva en materia de normalización industrial, y otorgándole funciones específicas para aprobar las disposiciones normativas que le correspondan; Que, los literales a), b) y c) del artículo 96 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, establecen como funciones de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Viceministerio de MYPE e Industria, las de proponer, aprobar, evaluar propuestas de políticas, normas, reglamentos, entre otros, en las materias de su competencia; Que, los literales a) y c) de la norma precitada en el párrafo anterior, establecen como funciones de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, la de elaborar normas y directivas en materia de micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME), industria, parques industriales, innovación productiva y transferencia tecnológica, cooperativas y comercio interno, así como de formular y actualizar los reglamentos técnicos en materia de sus competencias en coordinación con los sectores que se vinculen y otros niveles del gobierno, en el marco de los acuerdos internacionales y la normatividad vigente, según corresponda; Que, mediante Decreto Supremo N° 149-2005-EF y su modificatoria, se dictan disposiciones reglamentarias al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio en el ámbito de bienes y al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, en el ámbito de servicios, de la Organización Mundial del Comercio; disponiendo en el artículo 7 que mediante resolución ministerial del sector correspondiente, los proyectos de reglamentos técnicos y las medidas adoptadas que afecten el comercio de bienes y servicios deberán publicarse en el diario oficial El Peruano o en la página web del sector que los elabore. Tratándose de la publicación en la página web, la resolución ministerial deberá indicar obligatoriamente el vínculo electrónico correspondiente, debiendo permanecer por lo menos noventa días calendario el proyecto de reglamento técnico, contados desde la publicación de la resolución ministerial del sector correspondiente en el diario oficial El Peruano; Que, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 149-2005-EF, resulta pertinente disponer la publicación del proyecto de "Reglamento Técnico sobre Cilindros de Alta Presión para Almacenamiento de Gas Natural Comprimido (GNC) utilizado como combustible para Vehículos Automotores y Dispositivos de Sujeción de Cilindros para GNC", en el portal institucional del Ministerio de la Producción por un espacio de noventa días calendario; Con los vistos del Viceministro de MYPE e Industria, del Director General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 149-2005-EF, que dicta disposiciones reglamentarias al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio en el ámbito de bienes y al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la Organización Mundial del Comercio; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

PRODUCE
Disponen publicar proyecto de Decreto Supremo que aprueba el "Reglamento Técnico sobre Cilindros de Alta Presión para Almacenamiento de Gas Natural Comprimido (GNC) utilizado como combustible para Vehículos Automotores y Dispositivos de Sujeción de Cilindros para GNC"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2020-PRODUCE Lima, 13 de enero de 2020 VISTOS: El Memorando N° 1808-2019-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Memorando Nº 1514-2019-PRODUCE/ DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, el Memorando N° 648-2019-PRODUCE/ DN de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, el Informe N° 035-2019-PRODUCE/DN-jcanchucaja de la Dirección de Normatividad de la Dirección General

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