Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2020 (16/01/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Jueves 16 de enero de 2020

NORMAS LEGALES
1.3. Facultades en materia administrativa

49

y la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, determinadas funciones asignadas al Titular de la Entidad; Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Planificación y Presupuesto, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 0822019-EF; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificado por el Decreto Supremo N° 377-2019-EF; la Directiva N° 0012019-AGN/DDPA, "Normas para la elaboración del Plan Anual de Trabajo Archivístico de las Entidades Públicas", aprobada por Resolución Jefatural N° 021-2019-AGN/J; el Decreto Supremo N° 075-2008PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios; la Ley N° 29733, Ley de protección de datos personales; y, en uso de las atribuciones conferidas por los Literales a) y m) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar las siguientes facultades en la Gerencia General del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR durante el Año Fiscal 2020: 1.1. Facultades en materia presupuestal 1.1.1. Aprobar la formalización de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, de conformidad con el Artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, previo informe técnico favorable de la Oficina de Planificación y Presupuesto. 1.1.2. Emitir las directivas internas para la ejecución y racionalización del gasto que permita un manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecución presupuestaria del Año Fiscal 2020. 1.1.3. Aprobar las modificaciones del Plan Operativo Institucional del OSINFOR, siguiendo los procedimientos establecidos para dicho fin. 1.1.4. Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con la normativa sobre la materia. 1.2. Facultades en materia de Contrataciones del Estado 1.2.1. Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT, dentro del marco normativo que regula las contrataciones del Estado. 1.2.2. Aprobar los expedientes de contratación, las bases, la cancelación de los procedimientos de selección de consultorías de obras y ejecución de obras. 1.2.3. Aprobar el monto diferencial de las ofertas que superen el valor estimado y/o referencial de los procedimientos de selección para la contratación de consultorías de obras y ejecución de obras. 1.2.4. Resolver las solicitudes de ampliaciones del plazo contractual de consultorías de obras y ejecución de obras. 1.2.5. Aprobar las prestaciones adicionales y reducciones de los contratos de consultorías de obras y ejecución de obras, de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 205° y 206° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente.

1.3.1. Conformar comités, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad, así como -de ser el caso- disponer la modificación de su respectiva conformación, salvo aquellos vinculados a materia laboral, disciplinaria o ética pública. 1.3.2. Aprobar el Plan Anual de Bienestar Laboral y Social. 1.3.3. Aprobar el Plan de Comunicaciones y el Plan de Estrategia Publicitaria de la Entidad. 1.3.4. Aprobar el Manual de Identidad Visual de la Entidad. 1.3.5. Autorizar, el otorgamiento de licencias, con goce o sin goce de haber, para las capacitaciones que realicen los trabajadores del OSINFOR, en el extranjero. 1.3.6. Designar y dejar sin efecto la designación de los Fedatarios del OSINFOR. 1.3.7. Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001-1319: Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR. 1.3.8. Aprobar el Plan de Gobierno Digital de la Entidad y proceder a su respectiva evaluación y actualización. 1.3.9. Aprobar las Políticas específicas de Seguridad de la Información del OSINFOR vinculadas a la implementación de la Norma Técnica Peruana "NTP ISO/ IEC 27001:2014 Tecnología de la Información. Técnicas de Seguridad. Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información. Requisitos. 2ª Edición". 1.3.10. Aprobar la Política de Protección de Datos Personales y/o Políticas de Privacidad del OSINFOR vinculadas a la implementación de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales. 1.3.11. Aprobar las Políticas contables y su actualización, previo informe técnico favorable de la Oficina de Administración. 1.3.12. Aprobar el Plan Anual de Trabajo Archivístico de la Entidad y disponer su remisión al Archivo General de la Nación, así como del Informe Técnico de Evaluación de Actividades Archivísticas Ejecutadas (ITEA). Artículo 2.- Delegar las siguientes facultades en la Oficina de Administración del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre OSINFOR, durante el Año Fiscal 2020: 2.1. Facultades en materia de Contrataciones del Estado 2.1.1. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modificatorias, así como supervisar periódicamente su ejecución, en el marco de lo establecido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. 2.1.2. Aprobar los expedientes de contratación, los documentos de los procedimientos de selección (bases administrativas, solicitudes de expresión de interés y solicitudes de cotización) de bienes y servicios a ser convocados por el OSINFOR. 2.1.3. Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los Literales e), g), j), k), l) y m) del Numeral 27.1 del Artículo 27° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF. 2.1.4. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones en el caso de bienes o servicios hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria necesaria, de corresponder. Dicha autorización debe corresponder a la contratación de bienes y servicios provenientes de los procedimientos de selección. 2.1.5. Aprobar la estandarización de los bienes y servicios a ser contratados por la Entidad. 2.1.6. Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios derivados de procedimientos de selección. Dicha facultad no es aplicable para las contrataciones derivadas de los procedimientos de contratación directa. 2.1.7. Aprobar la subcontratación de prestaciones, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.