Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2020 (16/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Jueves 16 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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UNIDAD EJECUTORA "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LA SUNAT" ­ MSI - Coordinador Técnico FERNANDO MAURICIO GRIEBENOW MASSONE - Coordinador Administrativo y Financiero NESTOR LUIS LEON GALVEZ Artículo 5º.- Dejar sin efecto, a partir del 18 de enero de 2020, la designación del señor JOSE FERNANDO ARIAS CORDOVA en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas, dándosele las gracias por la labor realizada. Artículo 6º.- Dar por concluido el vínculo laboral con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT de la señora CARMEN LUCY SALARDI BRAMONT, a partir del 16 de enero de 2020, del señor JOSE FERNANDO ARIAS CORDOVA, a partir del 18 de enero de 2020 y del señor RODOLFO GIUSEPPE FIERRO NAQUICHE, a partir del 28 de enero de 2020. Artículo 7º.- Designar, a partir del 16 de enero de 2020, en los cargos de confianza dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas que se indican a continuación: INTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN - Intendente Nacional de Administración LUIS ENRIQUE DE LA FLOR SAENZ Gerencia Administrativa - Gerente Administrativa MAGALY ORDOÑEZ ENRIQUEZ INTENDENCIA PATRIMONIO NACIONAL DE FINANZAS Y

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Deniegan licencia institucional a la Universidad Privada Líder Peruana S.A.C. para ofrecer el servicio educativo superior universitario en el territorio nacional
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 003-2020-SUNEDU/CD Lima, 14 de enero de 2020 VISTOS: La Solicitud de Licenciamiento Institucional (en adelante, SLI) con Registro de Trámite Documentario (en adelante, RTD) N° 035728-2017-SUNEDU-TD del 6 de octubre de 2017 presentada por la Universidad Privada Líder Peruana S.A.C.1 (en adelante, la Universidad); el Informe Técnico de Licenciamiento N° 001-2020-SUNEDU-02-12 del 2 de enero de 2020, expedido por la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic) y el Informe N° 0012-2020-SUNEDU-03-06 del 7 de enero de 2020 de la Oficina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: I. Antecedentes normativos De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. Los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, respectivamente, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu), atribuida al Consejo Directivo, la de aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades. El artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu (en adelante, ROF), aprobado por Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU y modificado por Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU, establece que la Dilic es el órgano de línea encargado de dirigir, coordinar y ejecutar el proceso de creación y licenciamiento para el servicio educativo superior universitario; asimismo, en el marco del procedimiento de licenciamiento, es responsable de proponer la normativa aplicable para el proceso de cierre de las universidades, filiales u otros establecimientos, como facultades, escuelas y programas de estudio en los que se preste el servicio educativo superior universitario. El artículo 43 del ROF dispone que la Dirección de Supervisión (en adelante, Disup) es el órgano de línea encargado de dirigir, coordinar y ejecutar el proceso de supervisión de la autorización, cumplimiento de CBC, funcionamiento y cese de actividades de universidades, filiales y demás establecimientos; así como facultades, escuelas y programas de estudios conducentes a grado académico, cuando corresponda. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 006-2015-SUNEDU/CD, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 24 de noviembre de 2015, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el "Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano" (en

- Intendente Nacional de Finanzas y Patrimonio DANIEL ORLANDO TALLA PIMENTEL Gerencia Financiera - Gerente Financiero CEDILIA VICTORIA AKEMI KUROIWA PEREZ UNIDAD EJECUTORA "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LA SUNAT" ­ MSI - Coordinador Técnico CESAR AUGUSTO PALOMINO MONTEAGUDO - Coordinador Administrativo y Financiero NESTOR LUIS LEON GALVEZ Artículo 8º.- Designar, a partir del 18 de enero de 2020, a la señora ELENA MERCEDES TANAKA TORRES en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas. Artículo 9º.- Designar, a partir del 28 de enero de 2020, al señor ALBERTO CARLOS ARTEAGA SOLANO en el cargo de confianza de Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora "Mejoramiento del Sistema de Información de la SUNAT" - MSI. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendenta Nacional 1845593-1

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Inscrita en la partida electrónica N° 11897814 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral IX Sede Lima, Oficina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

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