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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2020 (25/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Sábado 25 de julio de 2020 / El Peruano ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia del Proyecto de Inversión Pública: “Puesta en valor del atractivo turístico del puerto de Tahuishco – Moyobamba, Provincia de Moyobamba – Región San Martín”, a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba; Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador Regional de San Martín disponer las acciones administrativas para la implementación del presente Acuerdo Regional, derivándosele el expediente administrativo correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el diario O fi cial Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria del Consejo Regional de san Martin realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS ALFREDO ALVÁN PEÑA Presidente del Consejo Regional de San Martín 1873203-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Disponen el embanderamiento general en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2020-MDB Breña, 24 de julio de 2020EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑAVISTO:El Memorando Nº 183-2020/MDB-GM de fecha 21 de julio de 2020 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 182-2020-GAJ-MDB de fecha 22 de julio de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 1012-2020-GM-MDB de fecha 23 de julio de 2020 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece en su artículo 194º, que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, siendo que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el día 28 de julio del presente año, se celebra el Centésimo Nonagésimo Noveno (199º) Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; Que, esta gestión municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación cívica de los vecinos, ha adoptado como política de Gobierno Local, promover en la comunidad Breñense los valores cívicos patrióticos, generando conciencia cívica y resaltando el respeto a los símbolos patrios; Que, los vecinos de Breña se han caracterizado por su preocupación en el cuidado del aspecto exterior de sus predios, coadyuvando al mejoramiento progresivo del ornato del distrito, en atención a lo cual corresponde el embanderamiento del distrito de Breña con motivo de las fi estas patrias; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER con carácter obligatorio el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Breña del 24 al 31 de Julio de 2020, con motivo de la celebración del Centésimo Nonagésimo Noveno Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- PRECISAR que de conformidad con el Decreto Ley Nº 11323 del 31 de Marzo de 1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional (de forma rectangular con los colores nacionales, sin escudo de armas), encontrándose reservado el Pabellón Nacional (con el Escudo Nacional al centro) para el uso de los edifi cios del Estado, asimismo las banderas a izar, deberán contar con sus respectivas astas y encontrarse en buen estado de conservación y limpieza. Artículo Tercero.- RECOMENDAR a los vecinos del Distrito de Breña, la limpieza y el embellecimiento de las fachadas de sus predios, como muestra de respeto a nuestro Aniversario Patrio. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Estadística e Informática la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde 1873394-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Aprueban Reglamento que regula el Procedimiento de la Notificación Electrónica de los Actos emitidos por la Administración Tributaria dirigida a los contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 015-2020-MDJM Jesús María, 23 de julio de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA: VISTOS: el Memorándum N.º 128-2020-MDJM-GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y; el Informe N° 250-2020-GAJRC/MDJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 559-2020-MDJM/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N.º 30305, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con