TEXTO PAGINA: 33
33 NORMAS LEGALES Sábado 25 de julio de 2020 El Peruano / Superintendencia aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018. RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Patricia Mabel Mosquera Goñi de Girón, con matrícula número N-4987, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1873166-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. el traslado de agencias ubicadas en el departamento de Arequipa RESOLUCION SBS Nº 01807-2020 Lima, 13 de julio de 2020EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i.) VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. para que se le autorice el traslado de 2 agencias ubicadas en el departamento de Arequipa; CONSIDERANDO:Que, mediante Resoluciones SBS Nº 968-2006 del 31/07/2006 y Nº 2397-2017 del 14/06/2017, se autorizaron la conversión y apertura, respectivamente de 2 agencias, ambas ubicadas en el departamento de Arequipa; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de las agencias solicitadas; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modi fi catorias, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1678-2018 y el Memorando Nº 200-2020-SABM; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. el traslado de las siguientes agencias ubicadas en: a) Calle Bolognesi Nº 101-115, Esquina Calle Comercio Mz. G-4. Lote 1, distrito de Mollendo, provincia de Islay y departamento de Arequipa, a su nuevo local temporal hasta el 30/09/2020, ubicado en la Calle Comercio Nº 340-344-348-352 (Mz. Z3, Lote 12), del mismo distrito, provincia y departamento. b) Asentamiento Poblacional Asociación de Vivienda Ciudad Municipal, Mz. A, Lote 2, Zona 1, distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa, a su nuevo local ubicado en Asentamiento Poblacional Asociación Urbanizadora Ciudad de Dios, Mz. S, Lote 1C, Zona 3, Sector A, del mismo distrito, provincia y departamento. Regístrese, comuníquese y publíquese.MYRIAM CARMEN CORDOVA LUNA Intendente General de Micro fi nanzas (a.i.) 1873388-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS Nº 1808-2020 Lima, 14 de julio de 2020EL SECRETARIO GENERALVISTA: La solicitud presentada por el señor Leonardo Iván Cardenas Ferreyra para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas: Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019 (en adelante, el Reglamento), se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 02 de julio de 2020, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Leonardo Iván Cardenas Ferreyra, postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S. Nº 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en el Reglamento y en el citado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Leonardo Iván Cardenas Ferreyra, con matrícula número N-4999, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1873096-1