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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (10/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de junio de 2020 El Peruano / solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, asimismo, el artículo 20 de la referida Ley establece que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del Pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; precisando que la resolución se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, con Resolución de Contraloría Nº 135-2020- CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que diversas entidades públicas deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con O fi cio N° 000785-2020-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita a la APCI efectúe la transferencia fi nanciera correspondiente al 100% de la retribución económica del periodo auditado 2019, para el inicio de la designación de la sociedad de auditoría; Que, con Memorándum N° 0300-2020-APCI/ OGA del 03 de junio de 2020, la O fi cina General de Administración remite los antecedentes a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) de la APCI, para su pronunciamiento; posteriormente, con Memorándum N° 0157-2020-APCI/OPP del 03 de junio de 2020, la OPP aprueba el Certi fi cado de Crédito Presupuestario Nº 098 por el importe de S/ 43,326.00 soles (Cuarenta y tres mil trescientos veintiséis con 00/100 soles), correspondiente al 100% de la retribución económica por el periodo 2019; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la transferencia fi nanciera de recursos con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 080: Agencia Peruana de Cooperación Internacional para el Año Fiscal 2020 a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, por la suma de S/ 43,326.00 (Cuarenta y tres mil trescientos veintiséis con 00/100 soles), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad auditoría para el periodo 2019; Con los vistos de la O fi cina General de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y sus modi fi catorias, y en uso de las atribuciones otorgadas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y sus normas modi fi catorias; y, en concordancia con la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2020 del Pliego 080: Agencia Peruana de Cooperación Internacional, hasta por la suma de S/ 43,326.00 (Cuarenta y tres mil trescientos veintiséis con 00/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para fi nanciar el 100% de la retribución económica de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo, por el período 2019, a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1° de la presente Resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 del Pliego 080: Agencia Peruana de Cooperación Internacional en la categoría presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1° de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Remitir la presente Resolución a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y a la O fi cina General de Administración para los fi nes correspondientes. Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI (www.apci.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ NORRIS Director EjecutivoAgencia Peruana de Cooperación Internacional 1867459-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para ser destinados a completar el financiamiento total de la contratación de sociedad de auditoría externa RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 0014-2020-PD-OSITRAN Lima, 6 de junio del 2020VISTOS:El O fi cio Nº 00912-2019-CG/SGE de la Contraloría General de la República; el Memorando Nº 00364-2020-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración; el Informe Nº 066-2020-GPP-OSITRAN de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 0189-2020-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 0168-2020-GG-OSITRAN de la Gerencia General; y CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera, encargado de regular, normar, supervisar y fi scalizar, dentro del ámbito de su competencia, el comportamiento de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadoras, así como el cumplimiento de los contratos de concesión, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y del usuario; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 061-2019-CD-OSITRAN, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año fi scal 2020 del Pliego 022: Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público-OSITRAN, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, a través del artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de