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14 NORMAS LEGALES Domingo 15 de marzo de 2020 / El Peruano TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican el numeral 3.5.1. “Estructura de numeración para Servicios Especiales Básicos” del Plan Técnico Fundamental de Numeración, a efectos de asignar el servicio “107 - Información sobre prestaciones de salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0231-2020 MTC/01.03 Lima, 14 de marzo de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 022- 2002-MTC se aprobó el Plan Técnico Fundamental de Numeración, el mismo que establece las bases para una adecuada administración, supervisión y uso de la numeración, considerada recurso escaso, a través de una efi ciente asignación, así como de fi ne las estructuras de numeración para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones; Que, el numeral 2.10.1 del Plan Técnico Fundamental de Numeración, establece que los Servicios Especiales Básicos son facilidades adicionales brindadas por los concesionarios de los servicios públicos de telecomunicaciones a la comunidad, que tienen por fi nalidad salvaguardar los bienes y la vida de las personas, así como, permitir a los usuarios acceder a servicios de reclamos e informaciones inherentes al servicio; asimismo, en el numeral 3.5.1 del Plan Técnico se defi nen los Servicios Especiales Básicos y su estructura de numeración; Que, además, la Disposición Complementaria establecida en el numeral 6 del Plan Técnico Fundamental de Numeración, dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolución Ministerial, podrá modi fi car, precisar y/o ampliar las de fi niciones, estructuras de numeración, procedimientos de marcación para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, así como establecer las disposiciones necesarias para el cumplimiento del referido Plan; Que, en atención a las disposiciones que establece el Plan Técnico Fundamental de Numeración, corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones administrar y supervisar el uso adecuado y e fi ciente de la numeración, por lo cual se encuentra facultado para incluir y modi fi car los Servicios Especiales Básicos, aun cuando hayan sido asignados, a efectos que estos cumplan con su fi nalidad de servicio a la comunidad; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 025-2020, se dictaron medidas urgentes y excepcionales destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID-19 en el territorio nacional, a efectos de establecer mecanismos inmediatos para la protección de la salud de la población y minimizar el impacto sanitario de situaciones de afectación a ésta; Que, en la misma línea, se emitió el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, a través del cual se declaró en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas de prevención y control del Coronavirus (COVID-19); Que, mediante la Carta N° 03-GCAA-ESSALUD-2020, el Seguro Social de Salud–ESSALUD, solicita la asignación de numeración de tres dígitos para atender telefónicamente requerimientos de información, considerando el contexto de emergencia sanitaria nacional; Que, habiéndose detectado casos con fi rmados de la enfermedad por el Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional y existiendo el riesgo de su alta propagación, resulta necesario establecer medidas que permitan adoptar las acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el menor impacto sanitario de la enfermedad por el Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, con la fi nalidad de reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria, las mismas que de no ejecutarse pondrán en grave peligro la salud de la población; Que, en esa medida y a fi n de garantizar el fortalecimiento del Sistema Nacional de Salud, es necesario modi fi car el numeral 3.5.1 Estructura de numeración para los Servicios Especiales Básicos del Plan Técnico Fundamental de Numeración, a efectos que el servicio “107–Información sobre prestaciones de salud” sea brindado por el Seguro Social de Salud–ESSALUD, con la fi nalidad que cumpla con sus objetivos, a través de una línea gratuita; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y la Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC, que aprueba el Plan Técnico Fundamental de Numeración; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modi fi cación del Plan Técnico Fundamental de Numeración aprobado mediante Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC Modi fi case el numeral 3.5.1. “Estructura de numeración para Servicios Especiales Básicos” del Plan Técnico Fundamental de Numeración, aprobado mediante Resolución Suprema N° 022-2002-MTC, a efectos de asignar el servicio “107–Información sobre prestaciones de salud”, de acuerdo a lo siguiente “(…) 107 INFORMACIÓN SOBRE PRESTACIONES DE SALUD Los concesionarios de servicios públicos locales brindan obligatoriamente a sus usuarios, el acceso a este servicio. No son tari fi cados al usuario. Servicio prestado por el Seguro Social de Salud (ESSALUD).” Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1864940-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 475-2020-MTC/20 Mediante O fi cio Nº 368-2020-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral Nº 475-2020-MTC/20, publicada en la edición del día 10 de marzo de 2020. DICE: RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 474-2020-MTC/20 DEBE DECIR: RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 475-2020-MTC/20 1864512-1