Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2020 (15/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Domingo 15 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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ANEXO II Lineamientos para que el concesionario de la Línea 1 del Metro de Lima elabore un procedimiento de actuación frente al coronavirus (COVID -19) 1. Actuación frente a casos de infección de pasajeros, trabajadores y proveedores 2. Acciones de prevención frente a la exposición al Coronavirus, las cuales deben incluir cuando menos: · Plan de difusión y comunicación en estaciones y trenes (personas de alto riesgo y/o con síntomas) eviten el uso de sistemas de transporte masivo. · Limpieza y desinfección de la infraestructura, trenes y/o equipamiento utilizado por los usuarios y personal. · Frecuencia en que deben realizarse las labores de limpieza de infraestructura, trenes y/o equipamiento. · Detalle de los productos a utilizar para la desinfección de los trenes y estaciones, lo cual debe ser previamente coordinado con el MINSA. · Fumigación de trenes y/o estaciones de ser el caso. · Detalle de los equipos de protección que debe usar el personal para evitar riesgos laborales. · Conformar un comité de coordinación con responsabilidades y funciones. En el caso de los coches de los trenes deberá ponerse mayor énfasis en la limpieza y desinfección de los pasamanos, puertas y piso. En las estaciones deberá ponerse énfasis en la limpieza y desinfección de los puntos de contacto con las manos: · Máquinas TVM. · Torniquetes. · Zona de atención de boletería. · Pasamanos de escaleras convencionales. · Ascensores. · Servicios higiénicos

Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados el mes de febrero de 2020. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Público de Minería, actualmente INGEMMET, publicará mensualmente en el Diario Oficial "El Peruano", por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, de fecha 05 de julio de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, y con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Oficial "El Peruano" las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de febrero de 2020, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (www. ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese. HENRY LUNA CORDOVA Presidente Ejecutivo 1864854-1

mecánicas

y

En los casos en los que se detecte a una persona con síntomas que sugieran la posibilidad de encontrarse infectado con el coronavirus, el personal a cargo deberá reportarlo a la línea 113 del MINSA, e iniciar el protocolo de coordinación y/o atención en los tópicos de las estaciones como primer filtro de detección. Adoptar las acciones necesarias a efectos de que el personal del tópico de la Línea 1 del Metro de Lima cuente con capacitación con respecto a la detección de posibles síntomas del coronavirus (COVID -19). Los trabajadores de la Línea 1 deben recibir capacitación sobre las recomendaciones para la prevención de contagio y medidas a accionar ante los casos de detección de pasajeros o trabajares con síntomas de coronavirus. En caso de haber casos confirmados de usuarios contagiados con el virus en el servicio de transporte de la Línea 1 del Metro de Lima, el Concesionario deberá reportarlo al Concedente para conocimiento. 1864939-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan fedatarios administrativos titulares de la Intendencia Regional La Libertad
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 041-2020-SUNAT/800000 DESIGNA FEDATARIOS ADMINISTRATIVOS TITULARES DE LA INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD Lima, 13 de marzo de 2020

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de febrero de 2020
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 023-2020-INGEMMET/PE Lima, 13 de marzo de 2020 VISTO, el Informe N° 008-2020-INGEMMET/DCM, de fecha 10 de marzo de 2020, emitido por la Dirección de

CONSIDERANDO: Que el numeral 1 del artículo 138° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima, entre otros, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la

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